Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 129

Fecha del Boletín 
01-06-2010

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100601-148

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección Décima

EDICTO

148
Recurso 227 de 2009

Por la Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, en rollo número 227 de 2009 dimanante de autos de juicio ordinario número 791 de 2003 del Juzgado de primera instancia número 34 de Madrid, se ha dictado sentencia de fecha 17 de julio de 2009, cuyo encabezamiento y parte dispositiva dice así:

Sentencia

Ilustrísimos señores magistrados: don José Manuel Arias Rodríguez, don Ángel Vicente Illescas Rus, doña María Josefa Ruiz Marín.—En Madrid, a 17 de junio de 2009.

La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los señores magistrados anteriormente expresados, ha visto en grado de apelación los autos número 791 de 2003, procedentes del Juzgado de primera instancia número 34 de Madrid, seguidos entre partes: de una, como demandantes-apelantes, doña Laura Gutiérrez Herrero, doña Asimoula Eley Makresia, doña María Victoria Herrero Mercado, don Ismael Gutiérrez Herrero, doña Raquel Sanz González y don Isidro Gutiérrez Díez, representados por el procurador don Antonio Martínez de la Casa Rodríguez y defendidos por letrado, y de otra, como demandados-apelados, don Melchor Miralles, don Fernando L. Quintela, don Pedro Jiménez, “Ente Público Radiotelevisión Madrid Canal Mundo Producciones Audiovisuales, Sociedad Anónima”, asistidos de letrado, y don Pedro Toro Torralbo, incomparecido en esta alzada, habiendo sido parte el ministerio fiscal, seguidos por el trámite de juicio ordinario.

Visto, siendo magistrado ponente don Ángel Vicente Illescas Rus.

Fallamos

En méritos de lo expuesto, con estimación del recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de doña Laura Gutiérrez Herrero, doña Asimoula Eley Makresia, doña María Victoria Herrero Mercado, don Ismael Gutiérrez Herrero, doña Raquel Sanz González y don Isidro Gutiérrez Díez frente a la sentencia dictada por la magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 34 de los de Madrid en fecha 22 de enero de 2007, en los autos de procedimiento ordinario seguidos ante dicho órgano con el número 791 de 2003, de los que dimana el presente rollo, procede:

Primero.—Revocar la expresada resolución y, en su lugar, dictar la siguiente:

Con estimación de la demanda interpuesta por la representación procesal de doña Laura Gutiérrez Herrero, doña Asimoula Eley Makresia, doña María Victoria Herrero Mercado, don Ismael Gutiérrez Herrero, doña Raquel Sanz González y don Isidro Gutiérrez Díez frente a don Pedro Toro Torralbo, procede:

1. Declarar que el expresado demandado ha vulnerado con su conducta los derechos fundamentales a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen de los demandantes.

2. Condenar al referido demandado a indemnizar a los actores con la cantidad de 6.000 euros para doña Laura Gutiérrez Herrero y de 6.000 euros para doña Asimoula Eley Makresia.

3. Condenar al referido demandado a indemnizar a doña María Victoria Herrero Mercado, don Ismael Gutiérrez Herrero, doña Raquel Sanz González y don Isidro Gutiérrez Díez frente a don Pedro Toro Torralbo con la cantidad de 1.000 euros para cada uno de ellos.

4. Las cantidades expresadas en los dos ordinales precedentes se verán incrementadas con los intereses de la mora procesal desde la fecha de la presente resolución.

5. Condenar al referido demandado al pago de las costas procesales ocasionadas.

Segundo.—No haber lugar a especial pronunciamiento respecto de las costas procesales ocasionadas en la sustanciación de esta alzada.

Notifíquese la presente resolución a las partes en forma legal, previniéndolas de que contra la misma no cabe interponer recurso alguno ordinario.

Así, por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al rollo de la Sala número 227 de 2009, lo pronunciamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación en forma a don Pedro Toro Torralbo, que tuvo su último domicilio en la calle Ramón Pérez de Ayala, número 106, segundo, B, de Madrid, expido el presente en Madrid, a 28 de abril de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(01/2.013/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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