Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 128

Fecha del Boletín 
31-05-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100531-199

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

199
Demanda 614 de 2009

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 614 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Carolina López Domínguez, don Javier Sánchez Castro, don Ignacio García Alonso, doña Ana Lobo López, don Luis Miguel Fernández Palacios, doña Bethlem Boronat Clavijo, don Jorge Ramírez Orsikowsky, doña Susana Gómez Domínguez, doña Ruth Suárez Castro, don Roberto López Gómez, don José Luis García Guerrero, doña Mónica Lara de Vigo, doña Esther Bedía Alonso, don Enrique Rojas Royo, don Gonzalo Maldonado France, don Roberto Arnaz Fernández, doña Susana Gómez Vázquez, doña Neus Durán Santacana y doña Berta Blanch Vilageliu, contra la empresa “Metro News, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 503 de 2009

En Madrid, a 1 de diciembre de 2009.—Doña Susana García Santa Cecilia, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, tras haber visto los presentes autos número 614 de 2009, sobre reclamación de cantidad, en los que han sido partes: como demandantes, doña Carolina López Domínguez, don Javier Sánchez Castro, don Ignacio García Alonso, doña Ana Lobo López, don Luis Miguel Fernández Palacios, doña Bethlem Boronat Clavijo, don Jorge Ramírez Orsikowsky, doña Susana Gómez Domínguez, doña Ruth Suárez Castro, don Roberto López Gómez, don José Luis García Guerrero, doña Mónica Lara de Vigo, doña Esther Bedía Alonso, don Enrique Rojas Royo, don Gonzalo Maldonado France, don Roberto Arnaz Fernández, doña Susana Gómez Vázquez, doña Neus Durán Santacana y doña Berta Blanch Vilageliu, representados por don Luis Suárez Machota, y como demandada, “Metro News, Sociedad Limitada”, que citada en legal forma no comparece, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que desestimando la demanda interpuesta por doña Carolina López Domínguez, don Javier Sánchez Castro, don Ignacio García Alonso, doña Ana Lobo López, don Luis Miguel Fernández Palacios, doña Bethlem Boronat Clavijo, don Jorge Ramírez Orsikowsky, doña Susana Gómez Domínguez, doña Ruth Suárez Castro, don Roberto López Gómez, don José Luis García Guerrero, doña Mónica Lara de Vigo, doña Esther Bedía Alonso, don Enrique Rojas Royo, don Gonzalo Maldonado France, don Roberto Arnaz Fernández, doña Susana Gómez Vázquez, doña Neus Durán Santacana y doña Berta Blanch Vilageliu, contra “Metro News, Sociedad Limitada”, debo absolver y absuelvo a la empresa demandada de las pretensiones frente a ella dirigidas en la demanda.

Notifíquese esta sentencia a las partes y adviértase de que no es firme, ya que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo, en su caso, anunciar el propósito de hacerlo dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la misma por conducto de este Juzgado, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de la sentencia de su propósito de entablar el recurso, pudiendo también anunciarse el recurso por comparecencia o por escrito de las partes o de su abogado o representante ante este Juzgado y en el indicado plazo, si fuera la empresa demandada quien intentase interponer el recurso de suplicación deberá consignar el depósito de 150,25 euros en la cuenta corriente denominada “Recurso de suplicación” que con el número 2522 mantiene este Juzgado de lo social en la misma entidad bancaria, debiendo el recurrente entregar en la Secretaría del Juzgado el correspondiente resguardo al tiempo de interponer el recurso de suplicación.

Se advierte además a las partes que deberán hacer constar en los escritos de interposición del recurso y de impugnación un domicilio en la sede del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a efectos de notificación, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 195 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Metro News, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de abril de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.965/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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