Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 126

Fecha del Boletín 
28-05-2010

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100528-9

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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ORDEN 697/2010, de 15 de abril, por la que se deroga la Orden 713/1993, de 28 de junio, por la que se crea y regula el Censo de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud de la Comunidad de Madrid.

El 28 de diciembre de 2006 entró en vigor la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de diciembre de 2006 relativa a los servicios en el mercado interior, abriéndose a partir de esa fecha un período de transposición de tres años para que todos los Estados miembros adaptarán sus normativas internas a lo establecido en ella. El proceso de transposición supone, entre otras cosas, una oportunidad para reducir trabas injustificadas o desproporcionadas contribuyendo a la simplificación administrativa.

En este contexto se ha abordado la derogación del Censo de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud, teniendo en cuenta que estas, como cualquier otra que se encuentre dentro del ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, tienen que estar previamente inscritas en el Registro correspondiente.

En su virtud, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Artículo único

Derogación

Se deroga la Orden 713/1993, de 28 de junio, por la que se crea y regula el Censo de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud de la Comunidad de Madrid.

DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA

Las asociaciones juveniles inscritas en el Censo ahora derogado pasarán a formar parte de un fichero cuya titularidad corresponderá a la Dirección General de Juventud.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dada en Madrid, a 15 de abril de 2010.

El Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

(03/19.835/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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