Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 126

Fecha del Boletín 
28-05-2010

Sección 1.3.140.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100528-17

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER E INMIGRACIÓN

17
Orden 1577/2010, de 17 de mayo, por la que se modifica la Orden 387/2006, de 10 de febrero, de creación del Consejo Editorial de la Consejería de Empleo y Mujer.

Por Orden 387/2006, de 10 de febrero, se creó el Consejo Editorial de la Consejería de Empleo y Mujer como órgano colegiado y de carácter consultivo encargado de coordinar e impulsar la actividad divulgativa y editorial que se realiza dentro de la esfera de competencias propias de la Consejería.

Asimismo, mediante Decreto 15/2010, de 18 de marzo, del Consejo de Gobierno, se llevó a cabo la fusión de las Consejerías de Empleo y Mujer y de Inmigración, dando lugar a una nueva Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración.

En su virtud, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 11 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

DISPONGO

Primero

Modificar la denominación del Consejo Editorial, que pasará a ser Consejo Editorial de la Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración.

Segundo

Modificar el artículo 3 de la Orden 387/2006, de 10 de febrero, de creación del Consejo Editorial, que queda redactado de la siguiente manera:

“El Consejo Editorial de la Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración estará integrado por los siguientes miembros:

Presidenta: La Consejera de Empleo, Mujer e Inmigración.

Vicepresidentes: El Viceconsejero de Empleo y Mujer y el Viceconsejero de Inmigración y Cooperación.

Vocales:

— Un vocal perteneciente a la Secretaría General Técnica.

— Un vocal por cada una de las Direcciones Generales adscritas a la Consejería.

— Un vocal por cada uno de los organismos autónomos adscritos a la Consejería.

Secretaria: La Jefa de Área de Organización y Calidad de los Servicios.

A las reuniones del Consejo Editorial podrán asistir, a requerimiento de cualquiera de sus miembros y en calidad de asesores con voz, pero sin voto, especialistas en cualquiera de las materias atribuidas al Consejo.”

Madrid, a 17 de mayo de 2010.

La Consejera de Empleo, Mujer e Inmigración, MARÍA PALOMA ADRADOS GAUTIER

(03/20.843/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.140.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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