Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 126

Fecha del Boletín 
28-05-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100528-257

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

257
Ejecución 330 de 2009

Doña María Dolores Gómez Collados, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 330 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Santa Elena Farias Arce, contra don Juan Antonio Felgueroso Viejo, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 26 de abril de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se acuerda:

a) El embargo del bien inmueble finca número 12.596, inscrita en el Registro de la Propiedad de Llanes, descrita como: urbana número 15, bloque número 2, módulo o portal 7, en término de Colombres, del Concejo de Ribadedeva, al sitio de la Eria de los Callejos o Las Callejas, actualmente denominada “Urbanización Bellavista”, como propiedad de don Juan Antonio Felgueroso Viejo y doña María Teresa de la Escosura Sanchidrián, para responder de la cantidad de 1.965,47 euros, más 320,34 euros para intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento seguido a instancias de doña Santa Elena Farias Arce, contra don Juan Antonio Felgueroso Viejo.

b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad de Llanes para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c) Requerir al ejecutado para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.

Notifíquese la presente resolución a las partes, notificándose a la parte demandada, mediante edicto que se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y a doña María Teresa de la Escosura Sanchidrián.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación. Haciéndoles saber que deberá consignarse previamente, a la interposición del recurso indicado, el depósito de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con número 2803, entidad 0030, agencia 1143, sita en la calle Orense, 19, de Madrid, y que no se admitirá recurso alguno sin dicho depósito, debiéndose acreditar el mismo con el escrito de interposición de recurso, siendo exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o no tenga reconocido beneficio de justicia gratuita, quedando también exento de dicho depósito el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, “Boletín Oficial del Estado” de 4 de noviembre de 2009).

Así por este auto, don José Ángel Folguera Crespo, magistrado-juez de lo social, lo pronuncia, manda y firma.—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Juan Antonio Felgueroso Viejo y a doña María Teresa de la Escosura Sanchidrián, en ignorado paradero, expido el presente edicto de notificación para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado e inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de abril de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.733/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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