Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 125

Fecha del Boletín 
27-05-2010

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100527-71

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Medio Ambiente

Departamento de Gestión Administrativa

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Vehículos abandonados

Resolución de 23 de abril de 2010, de la Secretaría General Técnica del Área de Gobierno de Medio Ambiente, por la que se dispone la inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de edicto relativo a abandono de vehículos.

Habiendo sido intentada en dos ocasiones la notificación individual a los interesados que se expresan a continuación sin que haya sido posible practicarla, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5, 60.2 y 61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJAPAC), se procede a notificar mediante edicto el extracto del contenido de los actos que a continuación se especifican.

El Ayuntamiento de Madrid ha comenzado la incoación de expediente sobre abandono de vehículo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71.1 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y en el artículo 47 de la Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y de Gestión de Residuos (en adelante OLGR).

Para que no se continúe con la tramitación del expediente, deberá aportar en el plazo de diez días fotocopia de los siguientes documentos: permiso de circulación, tarjeta de inspección técnica con última ITV pasada, seguro obligatorio al corriente de pago y último recibo puesto al cobro del impuesto de vehículos de tracción mecánica, en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la LRJAPAC.

De no aportar dicha documentación en plazo, se continuará la tramitación del expediente, informando que el abandono en vías y espacios públicos de vehículos declarados residuo urbano es sancionable con multa de 602 a 31.000 euros, de conformidad con los artículos 87.2.o) y 89.2 de la OLGR.

Los expedientes obran en las dependencias municipales del Área de Gobierno de Medio Ambiente (calle Bustamante, número 16, cuarta planta).

EDICTO NÚMERO 27/2010 SOBRE VEHÍCULOS ABANDONADOS

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Los datos personales recogidos han sido incorporados y tratados en el fichero “Sistema Integral de Gestión y Seguimiento Administrativo” (SIGSA), cuya finalidad es la identificación de los interesados en los expedientes que se gestionan, y podrán ser cedidos de conformidad con la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal.

El órgano responsable del fichero es la Dirección General de Gestión Ambiental Urbana del Área de Gobierno de Medio Ambiente, ante la que el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en la calle Bustamante, número 16, planta cuarta, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Madrid, a 23 de abril de 2010.—La secretaria general técnica del Área de Gobierno de Medio Ambiente, Adoración Muñoz Merchante.

(02/4.426/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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