Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 125

Fecha del Boletín 
27-05-2010

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100527-81

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA

URBANISMO

81
Modificación puntual no sustancial Normas Subsidiarias, Parque del Santo

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 28 de enero de 2010, acordó:

Primero.—Aprobar inicialmente la Modificación Puntual no sustancial de las Normas Subsidiarias de Becerril de la Sierra para la delimitación y definición del ámbito de suelo urbano denominado “Parque del Santo”, dando con ello cumplimiento a la sentencia dictada por la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el pasado mes de junio de 2009, en la que se estima parcialmente el recurso interpuesto por don Juan Antonio Gutiérrez García, con el fin de que este Ayuntamiento delimite un ámbito de actuación que estime oportuno y fije el sistema de ejecución en la zona en la que se sitúa la parcela de la calle Parque, número 5, de nuestro municipio, propuesta y tramitada a instancias del propio Ayuntamiento, conforme al Proyecto presentado, y proceder a su tramitación en la forma establecida en los artículos 18, 35, 47, 61, 62, 63, 67, 98, 100 y la disposición transitoria primera de la de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Segundo.—Solicitar aquellos informes preceptivos que sean precisos de forma previa a su aprobación definitiva, remitiéndose el expediente para su informe a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, remitiéndose un ejemplar completo de la Modificación Puntual no sustancial de las Normas Subsidiarias de Becerril de la Sierra para la delimitación y definición del ámbito de suelo urbano denominado “Parque del Santo”, con el fin de que este Ayuntamiento delimite un ámbito de actuación que estime oportuno y fije el sistema de ejecución en la zona en la que se sitúa la parcela de la calle Parque, número 5, de nuestro municipio, debidamente diligenciado en formato papel y digital.

Tercero.—Que al amparo de lo establecido en el artículo 57.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, se someta a información pública el acuerdo adoptado por plazo de un mes, publicándose en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, tablón de anuncios del Ayuntamiento y en un periódico de los de mayor circulación de la Comunidad, quedando el expediente a disposición de cualquier persona física o jurídica interesada o afectada que quiera examinarlo durante el plazo señalado en la Secretaría del Ayuntamiento, para deducir y formular por escrito cuantas alegaciones estimen oportunas a su derecho, que habrán de presentarse en el Registro General del Ayuntamiento.

Cuarto.—Que del presente acuerdo se dé traslado y se notifique individualmente a todos los propietarios afectados para su conocimiento y presentación de las alegaciones o reclamaciones que estimen oportunas y legalmente correspondan.

Dicho acuerdo se expone al público por plazo de un mes, contado a partir de la aparición de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los periódicos de mayor circulación, quedando el expediente a disposición de cualquier persona física o jurídica que quiera examinarlo durante el plazo señalado en la Secretaría del Ayuntamiento para deducir y formular por escrito alegaciones que estimen oportunas a su derecho, que habrán de presentarse en el Registro General del Ayuntamiento, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 57.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Becerril de la Sierra, a 26 de abril de 2010.—El alcalde, José Conesa López.

(02/4.715/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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