Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 122

Fecha del Boletín 
24-05-2010

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100524-9

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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Orden 764/2010, de 22 de abril, por la que se deniegan subvenciones solicitadas al amparo de la convocatoria de ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para depósito de archivos históricos en el Archivo Regional de la Comunidad de Madrid en el ejercicio 2010.

Mediante Orden 603/2007, de 12 de abril, del Consejero de Cultura y Deportes (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de abril de 2007), modificada por Orden 409/2009/00, de 9 de marzo, del Consejero de Cultura, Deporte y Turismo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de abril de 2009) y con rectificación de errores del mismo órgano, efectuada por Orden 715/2009/00, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de mayo), se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a municipios de la Comunidad de Madrid en materia de archivos.

Por otra parte, mediante la Orden 2223/2009, de 21 de diciembre, de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de enero de 2010), se convocaron las ayudas destinadas al depósito de archivos históricos en el Archivo Regional de la Comunidad de Madrid correspondientes al ejercicio 2010.

A la vista de las solicitudes recibidas, previos los informes técnicos oportunos, y de su valoración por parte de la Comisión de Evaluación de las mismas, reunida en fecha 9 de marzo de 2010, se ha elevado propuesta de resolución por la Dirección General de Archivos, Museos y Bibliotecas.

Por todo ello, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y artículo 7.1.a) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Desestimar o excluir las solicitudes presentadas por los municipios que se citan en los Anexos I y II, respectivamente, de la presente Orden, por las causas que se detallan en los mismos.

Segundo

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante el Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero

Esta Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 22 de abril de 2010.—El Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz de Gobierno, PDF (Orden 494/2010, de 25 de marzo), La Viceconsejera de Cultura, Concepción Guerra Martínez.

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(03/19.768/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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