Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121

Fecha del Boletín 
22-05-2010

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100522-2

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

2
RESOLUCIÓN de 23 de febrero de 2010, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre autorización administrativa de instalaciones eléctricas y aprobación del proyecto de ejecución de la remodelación de la parte de distribución de una subestación transformadora de 220/132/42/20-15 kV, denominada ST “Melancólicos”, sita en la calle Ruy González de Clavijo, número 1, en el término municipal de Madrid, solicitada por “Iberdora Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”.

2008P566

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Con fecha 23 de septiembre de 2004 tiene entrada en esta Dirección General escrito de “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”, en el que se solicita la autorización administrativa y la aprobación del anteproyecto de la instalación de la parte de distribución de una nueva subestación, en sustitución de la actual, denominada ST “Melancólicos”, 220/132/45/20-15 kV, de la que se acompaña el correspondiente anteproyecto, firmado por don Pablo D. Díez Anaya, visado número W/64/04, en fecha 10 de septiembre de 2004 en el Colegio Nacional de Ingenieros del ICAI.

Segundo

Con fecha 15 de marzo de 2005 se dio cumplimiento al trámite de información pública, publicándose en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 25 de junio de 2005, con número de expediente 04ISE010. Con fecha 11 de diciembre de 2006 se autoriza el anteproyecto, publicándose en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 35 el día 10 de febrero de 2007.

Tercero

Con fecha 28 de abril de 2008 tiene entrada en esta Dirección General escrito de “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”, en el que se solicita la aprobación del proyecto de la parte de distribución una nueva subestación, en sustitución de la actual, denominada ST “Melancólicos”, 220/132/45/20-15 kV, de la que se acompaña el correspondiente proyecto, firmado por don Pablo D. Díez Anaya, visado con el número W/16/08 en fecha 13 de marzo de 2008 en el Colegio Nacional de Ingenieros del ICAI.

Cuarto

Con fecha 2 de noviembre de 2009 presenta informe emitido por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid (SEA 9.246) de 30 de septiembre de 2008 en el que se resuelve la no necesidad de elaboración del Estudio de Impacto Ambiental al que se refiere la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de julio de 2002).

Quinto

Por parte de esta Dirección General se dió cumplimiento al trámite de información pública que figura en el Decreto 1955/2000 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 2000).

Sexto

En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas para resolver sobre la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio (“Boletín Oficial del Estado” de 19 de octubre de 1984), el Decreto 25/2009, de 18 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de marzo de 2009) en relación con la Ley 54/1997 del Sector Eléctrico de 27 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” de 28 de noviembre de 1997), el Real Decreto 1955/2000 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 2000), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación en las infraestructuras eléctricas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de octubre de 1997), la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía del suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de abril de 2007), el Reglamento de Líneas Aéreas de Alta Tensión, Decreto 3151/1968, de 29 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 1968) y el Reglamento sobre Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación, Real Decreto 3275/1982 (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de febrero de 1982) y sus instrucciones técnicas complementarias (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de agosto de 1984).

Segundo

Del examen de la documentación que obra en el expediente, se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos determinados en la normativa citada anteriormente en materia de instalaciones eléctricas.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas en uso de las atribuciones legalmente establecidas,

RESUELVE

Primero

Autorizar a “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”, la instalación de la parte de distribución de una subestación denominada ST “Melancólicos” (2008P566 - ISE98), de 220/132/45/20-15 kV, a instalar en calle Ruy González de Clavijo, número 1, en el término municipal de Madrid, cuyas características son las siguientes:

1. Transformación:

— Un autotransformador de potencia (AT-1) de 225 MVA, relación 220/132 kV y equipado con regulación de tensión en carga.

— Un transformador de potencia (T-1) de 50 MVA, relación 220/20 kV.

— Dos transformadores (T-2 y T-3) de 50 MVA y relación 220/20-15 kV.

— Un transformador (T-4) de 75 MVA y relación 220/15/15 kV.

Los cuatro transformadores (T-1, T-2, T-3 y T-4) estarán equipados con regulación de tensión en carga en el nivel de 220 kV. Conectadas en los secundarios de cada uno de los transformadores de potencia se instalarán reactancias trifásicas de puesta a tierra (TZ-1, TZ-2, TZ-3, TZ-4-1, TZ-4-2) de 1.000 A durante 10 s.

— Un transformador (T-5) de relación 45/15 kV, potencia 25 MVA y regulación en carga en 45 kV.

— Un transformador (T-6) de 30 MVA, relación 132/50 kV y regulación en carga en 50 kV.

2. Sistema de 132 kV:

El sistema de 132 kV, instalado en interior, queda constituido por un conjunto de 6 celdas blindadas con aislamiento en SF6, con configuración eléctrica de doble barra:

— Dos celdas de línea (Antonio Leyva y Argüelles)

— Dos celdas de transformador (AT-1 y T-6)

— Una celda de enlace de barras.

— Una celda de medida.

3. Sistema de 50-45 kV:

El sistema de 50-45 kV, instalado en interior, queda constituido por dos conjuntos de 4 y 1 celdas blindadas con aislamiento en SF6.

El primer conjunto operará en 50 kV, con configuración eléctrica de doble barra y estará constituido por:

— Una celda de línea.

— Una celda de transformador (T-6).

— Una celda de enlace de barras.

— Una celda de medida y puesta a tierra de barras.

El segundo conjunto operará en 45 kV, con configuración eléctrica de doble barra y estará constituido por:

— Una celda de línea y transformador (T-5).

4. Sistema de 20-15 kV:

El sistema de 20-15 kV, instalado en interior, queda constituido por cuatro conjuntos de celdas blindadas con aislamiento en SF6, con configuración eléctrica de doble barra. El primer conjunto operará en 20 kV y está constituido por 16 celdas:

— Diez celdas de línea.

— Una celda de transformador.

— Una celda de banco de condensadores (BC-1).

— Una celda de enlace de barras.

— Una celda de medida y puesta a tierra de barras.

— Dos celdas de partición de barras.

El segundo conjunto operará en 15 kV y está constituido por diecinueve celdas:

— Diez celdas de línea.

— Una celda de transformador.

— Una celda de banco de condensadores (BC-2).

— Una celda de enlace de barras.

— Una celda de servicios auxiliares.

— Una celda de medida y puesta a tierra de barras.

— Dos celdas de partición de barras.

— Dos celdas de unión de barras con cable.

El tercer conjunto operará en 15 kV y está constituido por diecinueve celdas:

— Nueve celdas de línea.

— Dos celdas de transformador.

— Una celda de banco de condensadores (BC-3).

— Una celda de enlace de barras.

— Una celda de servicios auxiliares.

— Una celda de medida y puesta a tierra de barras.

— Dos celdas de partición (longitudinal) de barras.

— Dos celdas de unión de barras con cable.

El cuarto conjunto operará en 15 kV y está constituido por veintitrés (23) celdas:

— Diez celdas de línea.

— Dos celdas de transformador.

— Una celda de banco de condensadores (BC-4).

— Dos celdas de enlace de barras.

— Dos celdas de medida y puesta a tierra de barras.

— Dos celdas de partición de barras.

— Dos celdas de remonte de barras.

— Dos celdas de unión de barras con cable.

4. Transformadores de servicios auxiliares:

— Dos transformadores de 250 kVA y relación 20-15/0,420-0,242 kV.

5. Baterías de condensadores:

— Un banco de condensadores (BC-1) de 20 kV, formado por una batería de 3,6 MVAr, sumando el conjunto 10,8 MVAr.

— Tres bancos de condensadores (BC-2, BC-3 y BC-4) formado cada uno por una batería de 3,6 y otra de 7,2 MVAr, sumando el conjunto 10,8 MVAr.

6. Elementos auxiliares.

Completan la instalación todos los equipos de servicios auxiliares y equipos destinados a medida, control y protecciones. Todos estos equipos, por sus características, son de instalación interior y se centralizan en cuadros situados en la sala de control, cuadros situados en la sala de celdas de 220 kV y sala de celdas de 132 kV y cubículos destinados a tal fin en las celdas de alta tensión (45 kV) y media tensión (20 kV y 15 kV).

Segundo

Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el apartado anterior con arreglo a las siguientes condiciones:

1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los Reglamentos vigentes.

2. El plazo de ejecución de la instalación será de un año contado a partir de la fecha de la presente resolución, al término del cual se presentará la solicitud de acta de puesta en servicio acompañada de un certificado final de obra suscrito por técnico facultativo competente.

Tercero

La presente autorización administrativa se concede sin perjuicio de otras autorizaciones, licencias o concesiones que fuese necesario obtener de otros Organismos Oficiales competentes, así como de los propietarios de locales o terrenos.

Cuarto

En la ejecución de la instalación se deberán cumplir las condiciones expresadas en el informe emitido por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid de fecha 30 de septiembre de 2008.

Quinto

Una vez finalizada la remodelación de la subestación se procederá al desmantelamiento de la instalación actual.

Contra esta Resolución cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el excelentísimo señor Consejero de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid conforme determina el artículo 114 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999.

Madrid, a 23 de febrero de 2010.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

(02/2.239/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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