Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121

Fecha del Boletín 
22-05-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100522-38

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

38
Ejecución 62 de 2010

Doña María Dolores Gómez Collados, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 62 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Silvia Marco Gómez, contra “Emcodata, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de fecha 14 de abril de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se declara resuelto el contrato de trabajo con efectos de la presente resolución, fijando la indemnización total por despido improcedente que ha de satisfacer la demandada en la cantidad de 15.964,10 euros, y los salarios de tramitación desde el despido hasta la fecha en la cuantía de 7.832,91 euros, importes que sustituyen a los fijados en sentencia y que ha de abonar la empresa a la trabajadora.

Notifíquese a las partes.

Notifíquese, asimismo, al Servicio Público Estatal de Empleo a efectos de la regularización correspondiente.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Haciéndoles saber que deberá consignarse previamente, a la interposición del recurso indicado, el depósito de 25 euros, en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, con el número 2803, entidad 0030, agencia 1143, sita en calle Orense, número 19, de Madrid, y que no se admitirá recurso alguno sin dicho depósito, debiéndose acreditar el mismo con el escrito de interposición de recurso, siendo exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, o no tenga reconocido beneficio de justicia gratuita, quedando también exento de dicho depósito el Estado, las comunidades autónomas, las entidades Locales, y los organismos autónomos dependientes de todos ellos (Ley Orgánica 1/2009 de 3 de noviembre, “Boletín Oficial del Estado” de 4 de noviembre de 2009).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, José Ángel Folguera Crespo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Emcodata, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente edicto de notificación para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado e inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de abril de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.886/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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