Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 119

Fecha del Boletín 
20-05-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100520-104

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 1

EDICTO

104
Verbal desahucio falta pago 955 de 2009

El secretario del Juzgado de primera instancia número 1 de Madrid.

Hago saber que en los autos que a continuación se dirán, se ha dictado que es del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 16 de marzo de 2010.—En nombre de Su Majestad el Rey, la ilustrísima señora doña Elena O’Connor Oliveros, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancias número de Madrid, vistos los autos de juicio verbal sobre acción de desahucio por falta de pago y reclamación de rentas, tramitados con el número 955 de 2009 y seguidos a instancia de don Arturo García Tizón, representado por el procurador señor don Rodríguez Muñoz, y asistido de letrado, contra doña Susana Asensio Ciudad, declarada en rebeldía.

Fallo

Estimando la demanda interpuesta por el procurador señor Rodríguez Muñoz, en nombre y representación de don Arturo García Tizón, contra doña Susana Ascensión Ciudad, declaro haber a la misma, y en su virtud, declaro resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre ambos, en relación a la vivienda sita en la calle Julio Palacios, número 2, piso 10 1, de Madrid, condenando a la demandada a estar y pasar por esta resolución, y a desalojar la referida vivienda dejándola libre y a disposición del actor, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo hace en plazo, condenándola, asimismo, a pagar al actor la cantidad de 22.650,41 euros, más las rentas que se devenguen hasta el momento del desalojo y, con expresa condena en costas a la demandada.

Contra la presente resolución cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días, debiendo consignar la cantidad de 50 euros en la cuenta de “Banesto”, número 0030/1843/42 cuenta 0005001274.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Susana Asensio Ciudad, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 29 de abril de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(02/4.845/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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