Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 119

Fecha del Boletín 
20-05-2010

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100520-98

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO

RÉGIMEN ECONÓMICO

98
Impuesto sobre actividades económicas

De conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan las normas de gestión del impuesto sobre actividades económicas y se regula la delegación de competencias en materia de gestión censal de dicho impuesto, se expone al público la matrícula del impuesto sobre actividades económicas correspondiente al ejercicio 2009 del municipio de Villanueva del Pardillo, formada por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

La matrícula contiene los datos a que hace referencia el artículo 2 del Real Decreto 243/1995. Los sujetos pasivos interesados podrán consultar los datos contenidos en los documentos citados que están a disposición en el Ayuntamiento durante el plazo de quince días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de este edicto.

Contra la inclusión, exclusión o alteración de cualquiera de los datos contenidos en la misma los interesados podrán formular:

Recurso de reposición, ante la Delegación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de Pozuelo de Alarcón.

Reclamación económica-administrativa, ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid.

El plazo para la interposición del recurso de reposición o la reclamación económico-administrativa a que se hace referencia es de un mes, a contar desde el día inmediato siguiente al término del período de exposición pública de la matrícula.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Villanueva del Pardillo, a 29 de abril de 2010.—La alcaldesa en funciones, María del Carmen Michavila Núñez.

(02/4.655/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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