Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 118

Fecha del Boletín 
19-05-2010

Sección 4.130.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100519-141

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE MADRID NÚMERO 22

141
Procedimiento ordinario 173 de 2008

En el procedimiento ordinario 173 de 2008 se ha dictado el siguiente:

Auto

En Madrid, a 12 de abril de 2010.—Dada cuenta; dispone: Que debe acordar y acuerda planear cuestión de ilegalidad ante la Sala de lo contencioso­administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a la que se entiende competente para resolverla, respecto de los artículos 2.h) y 7.h) de la Ordenanza municipal número 6 de Boadilla del Monte, reguladora de la tasa por prestación de servicios urbanísticos, en los términos que resultan de los fundamentos jurídicos de esta resolución.

Emplácese a las partes para que en el plazo de quince días puedan comparecer y formular alegaciones ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, previniéndoles de que, transcurrido ese plazo, no se admitirá la personación.

Remítase urgentemente a la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid copia certificada de este auto y copia testimoniada de los autos principales y del expediente administrativo.

Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la parte dispositiva de este auto y, a tal efecto, líbrense los oficios y despachos necesarios.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que, contra la misma, no cabe recurso alguno.

Lo manda y firma el ilustrísimo magistrado titular del Juzgado de lo contencioso­-administrativo número 22 de Madrid, José Manuel Ruiz Fernández.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo ordenado; doy fe.

En Madrid, a 12 de abril de 2010.

(03/17.108/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.130.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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