Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 118

Fecha del Boletín 
19-05-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100519-109

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

109
Procedimiento ordinario 661 de 2009

Doña Carmen Salgado Suárez, secretaria del Juzgado de primera instancia número 3 de Madrid.

Da fe y certifica: Que en los presentes autos se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 16 de abril de 2010.—Don Rafael Fluiters Casado, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de esta ciudad, vistos los autos de juicio ordinario sobre reclamación de cantidad tramitados con el número 661 de 2009 y seguidos a instancias de “Catalana Occidente, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros”, contra “Inversiones, Construcciones y Servicios, Sociedad Limitada” (INCOSER), declarada en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Estimo la demanda formulada por la procuradora doña Paloma Ortiz-Cañavate Levenfeld, en nombre y representación de “Catalana Occidente, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros”, contra “Inversiones, Construcciones y Servicios, Sociedad Limitada” (INCOSER), declaro haber lugar a la misma y, en su virtud, condeno a la demandada a pagar a la actora la cantidad de 23.424,80 euros, con más sus intereses legales, y con expresa imposición de costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid, el cual deberá prepararse ante este Juzgado en el término de cinco días, justificando al hacerlo haber depositado la suma de 50 euros en la “Cuenta de consignaciones del Juzgado”.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a “Inversiones, Construcciones y Servicios, Sociedad Limitada”.

En Madrid, a 19 de abril de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(02/4.773/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100519-109