Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 117

Fecha del Boletín 
18-05-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100518-138

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN

138
Ejecución 228 de 2009

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que por providencia dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de don Víctor José Lago Reyes y otros contra “Larey Siglo XXI, Sociedad Limitada”, en reclamación por despido, registrado con el número 948 de 2009, se ha acordado citar a “Larey Siglo XXI, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 25 de mayo de 2010, a las nueve y catorce horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 25, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Diligencia.—En Madrid, a 30 de abril de 2010.

La extiendo yo, la secretaria, para dar cuenta a su ilustrísima del estado de las presentes actuaciones, así como de la llegada del escrito de fecha 27 de abril de 2010, presentado por el graduado social don José Landin Zorrilla.—Doy fe.

Providencia

La ilustrísima señora magistrada-juez de lo social doña Soledad Fernández del Mazo.—En Madrid, a 30 de abril de 2010.

Dada cuenta; el anterior escrito presentado por el graduado social don José Landín Zorrilla, en nombre de los ejecutantes, únase a los autos de su razón, y dado su contenido, en aplicación del artículo 236 de la Ley de Procedimiento Laboral y artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, cítese a las partes y a la empresa “A tu Lado, Sociedad Anónima”, así como al Fondo de Garantía Salarial, a comparecencia, a celebrar en la Sala de audiencias de este Juzgado el día 25 de mayo de 2010, a las nueve y catorce horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sito en la calle Hernani, número 59, advirtiendo de que deben acudir con los medios de prueba de que intenten valerse.

Al primer otrosí: ha lugar a los medios propuestos, y cítese a la demandada “A tu Hora, Sociedad Anónima”, en las personas de sus representantes legales, para confesar en juicio, con el apercibimiento de que si no comparecen sin justa causa, rehusarán declarar, responder afirmativa y/o negativamente, podrán ser tenidas por confesas (artículo 91 de la Ley de Procedimiento Laboral); todo ello, sin perjuicio de las particularidades que se derivan del artículo 309 de la Ley de Enjuiciamiento Civil; y de las multas que se puedan imponer en caso de incomparecencia (artículos 292.4 y 304 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Con respecto a la documental, conforme se solicita: requiérase a la empresa para que aporte la documental con antelación al acto de la vista.

Con respecto a más documental: ofíciese a “Telepizza, Sociedad Anónima Unipersonal”.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles de que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente al de su notificación.—La secretaria judicial (firmado).—La ilustrísima señora magistrada-juez (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Larey Siglo XXI, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

Madrid, a 3 de mayo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.700/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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