Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 111

Fecha del Boletín 
11-05-2010

Sección 3.10.40: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100511-156

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

LA RODA DE ANDALUCÍA

RÉGIMEN ECONÓMICO

156
Iniciación de expedientes sancionadores

Doña Milagros Prieto Prieto, alcaldesa-presidente del ilustrísimo Ayuntamiento de la Roda de Andalucía.

Hago saber: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por el Ayuntamiento de la Roda de Andalucía, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en la Jefatura de la Policía Local, ante la cual les asiste el derecho de examinar el expediente y alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el boletín oficial de la provincia.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar o propones pruebas, se dictarán las oportunas resoluciones.

Expediente: 22/09.

Denunciado: don Domingo Cuenca Arroyo.

DNI: 24.637.996.

Localidad: Madrid.

Fecha: 11 de abril de 2009.

Precepto: RGC.

Cuantía: 60 euros.

Artículo: 94-2-1G.

La Roda de Andalucía, a 26 de febrero de 2010.—La alcaldesa, Milagros Prieto Prieto.

(02/3.329/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.40: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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