Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110

Fecha del Boletín 
10-05-2010

Sección 3.10.20O: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100510-102

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ORUSCO DE TAJUÑA

RÉGIMEN ECONÓMICO

102
Modificación ordenanzas fiscales 2010

El Pleno del Ayuntamiento de Orusco, en sesión celebrada el día 30 de diciembre de 2009, acordó la aprobación inicial de la modificación e imposición de ordenanzas municipales (ordenanzas fiscales y ordenanzas reguladoras de gestión, recaudación e inspección) siguientes para el año 2010:

— Impuesto sobre bienes inmuebles.

— Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

— Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana.

— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

— Contribuciones especiales.

— Servicio de fotocopiadora y fax y expedición de documentos administrativos.

— Servicio de ludoteca y Casa de Niños.

— Aprovechamiento privativo de dominio público (parking).

— Tenencia de animales peligrosos.

— Recogida de basuras.

— Cementerios.

— Alcantarillado.

— Licencias urbanísticas.

— Escuela Municipal de Música.

— Tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.

— Ocupación del vuelo, subsuelo y suelo de la vía pública.

— Ocupación del dominio público con instalaciones con finalidad lucrativa.

— Ordenanza de protección del arbolado de interés local.

— Ocupación del dominio público con tendidos, tuberías y galerías.

— Ordenanza reguladora de convivencia en lugares públicos.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo, sin perjuicio de su íntegra publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Orusco de Tajuña, a 25 de marzo de 2010.—El alcalde (firmado).

(03/17.044/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20O: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100510-102