Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110

Fecha del Boletín 
10-05-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100510-172

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

172
Demanda 323 de 2010

Doña Ángela Pardo Crespo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 323 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Anastasio José Manuel Hernández de la Fuente, contra don Kevin George Narváez Muñoz, don Wladyslaw Cilindiz, don Néstor Fernando Paucar Tandalla, don Lisímaco Batero Blandón y don Emil Blagoev Despotov, sobre ordinario, se ha dictado resolución en fecha 24 de febrero de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Providencia

Magistrada-juez de lo social, doña María José Ceballos Reinoso.—En Madrid, a 24 de febrero de 2010.

Dada cuenta; por presentado el anterior escrito de demanda de jura de cuentas y minuta de honorarios, regístrese en el libro de ejecuciones y fórmese pieza separada para tramitar la solicitud de reclamación de honorarios formulada por el letrado don Anastasio José Manuel Hernández de la Fuente, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley de Enjuiciamiento Civil requiérase a don Kevin George Narváez Muñoz (232 euros), don Wladyslaw Cilindiz (420,28 euros), don Néstor Fernando Paucar Tandalla (556,80 euros), don Lisímaco Batero Blandón (677,44 euros) y don Emil Blagoev Despotov (556,80 euros), para que en el plazo de diez días procedan a abonar las cantidades reseñadas, más 244,33 euros que se fijan para costas, o impugnen la cuenta, bajo apercibimiento de apremio si no pagaren no formularen impugnación.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Para interponer recurso contra la presente resolución será necesario que la parte recurrente, con las exclusiones establecidas en el artículo 19 de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, que introduce la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, deposite en la “Cuenta de consignaciones” número 2514 de este Juzgado el importe de 50 euros, acreditándose dicho depósito con anterioridad a la interposición del mismo, no admitiéndolo a trámite de no acreditarse el citado ingreso.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Kevin George Narváez Muñoz, don Wladyslaw Cilindiz, don Lisímaco Batero Blandón y don Emil Blagoev Despotov, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de abril de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.672/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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