Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110

Fecha del Boletín 
10-05-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100510-246

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MURCIA NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

246
Demanda 497 de 2009

Don Fernando Cabadas Arquero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Murcia.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 497 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Ortuño Sánchez, contra “Instituto Novatech de Nuevas Tecnologías, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad, en el que con fecha 16 de marzo de 2010, y con número 130 de 2010, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda formulada por don Antonio Ortuño Sánchez, contra la empresa “Instituto Novatech de Nuevas Tecnologías, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al actor la cantidad de 1.800 euros, más el 10 por 100 de mora en el pago, en concepto de salarios adeudados, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial dentro de los límites legales, desestimando parcialmente la demanda, debo absolver y absuelvo a la misma en cuanto al abono del gasto por burofax.

Notifíquese esta resolución a las partes, y hágaseles saber el derecho que les asiste para recurrir contra la misma en recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de la región de Murcia en el plazo de cinco días a contar del siguiente al de su notificación, anunciándolo ante este Juzgado de lo social.

Y en cuanto a la condenada al pago (en el caso de que el recurrente sea la empresa demandada), que para hacer uso de este derecho deberá ingresar la cantidad a que el fallo se contrae, en la cuenta establecida por este Juzgado de lo social en la oficina provincial de “Banesto”, cuenta corriente número 3093/000065/0497/09, en esta capital, sita en avenida de la Libertad, sin número, edificio “Clara”, acreditándolo mediante el oportuno resguardo. Asimismo, deberá efectuar un depósito de 150,25 euros en la misma entidad bancaria, cuenta corriente número 3093/000067/0497/09.

Se advierte a las partes recurrentes y recurridas que deberá hacer constar, en los escritos de interposición del recurso y de impugnación del mismo, un domicilio en la sede de la Sala de lo social antes indicada, a efectos de notificación para dar cumplimiento al artículo 196 de la vigente Ley de Procedimiento Laboral.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Instituto Novatech de Nuevas Tecnologías, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En Madrid, a 8 de abril de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/15.763/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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