Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 109

Fecha del Boletín 
08-05-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100508-37

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 24

EDICTO

37
Ejecución de títulos judiciales 1.094 de 1997

En procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 1.094 de 1997 a instancias de doña María Teresa Ochoa Pérez, con procuradora doña María Lourdes Fernández-Luna Tamayo, contra don Eulogio Sanz de la Morena, con procurador don José Luis Martín Jaureguibeitia, se ha dictado la siguiente resolución:

Providencia

Magistrado-juez de primera instancia, don Juan Pablo González del Pozo.—En Madrid, a 13 de abril de 2010.

Dada cuenta; por presentado el anterior escrito por la procuradora señora Fernández-Luna Tamayo en fecha 25 de marzo de 2010, únase junto con el justificante de traslado de copia.

Se tienen por hechas las manifestaciones que en el mismo se contiene a los efectos legales oportunos.

Se acuerda sacar a pública subasta, con veinte días de antelación cuando menos, el 50 por 100 de la finca embargada al ejecutado, finca rústica sita en Colmenar Viejo (Madrid), llamada del “Pecado Mortal”, hoy llamada de “Arriba”, que ocupa una extensión superficie total de siete hectáreas y cincuenta áreas, inscrita en el Registro de la Propiedad de Colmenar Viejo (Madrid), finca número 31.762, tomada de su inscripción primera, al folio 205 del tomo 613, libro 458.

La valoración de la finca a efectos de subasta (mitad indivisa embargada) es de 97.125 euros.

Se señala al efecto para el día 16 de junio de 2010, a las once horas, anunciándose mediante edictos, que se colocarán en el tablón de anuncios de este órgano y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expresándose en el mismo las condiciones de la subasta conforme determina la Ley, enumerándose a continuación:

Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:

1. Identificarse de forma suficiente.

2. Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.

3. Presentar resguardo de que han depositado en la cuenta bancaria “Banesto”, número de cuenta 0030/1835/2452/0000/05/1094/97, o de que han prestado aval bancario por el 30 por 100 del valor de tasación de los bienes. Cuando el licitador realice el depósito con las cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero se hará constar así en el resguardo a los efectos de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

4. Solo el ejecutante podrá hacer postura, reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero.

5. Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones expresadas anteriormente.

6. Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 del avalúo, se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

7. Que la certificación registral y la titulación sobre el inmueble que se subasta está de manifiesto en la Secretaría del Juzgado, entendiéndose por el mero hecho de participar en la subasta que todo licitador acepta como bastante la titulación existente, así como que las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor, continuarán subsistentes, y que el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquellos, si el remate se adjudicase a su favor.

8. Si por fuerza mayor, causas ajenas al Juzgado o por error se hubiera señalado un domingo o día festivo y no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará el día siguiente hábil, a la misma hora, exceptuándose los sábados.

Notifíquese dicho señalamiento al ejecutado don Eulogio Sanz de la Morena a través de su procurador y por correo certificado, y asimismo notifíquese a don José Manuel Sanz de la Morena por correo certificado.

Hágase entrega del edicto dirigido al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a la procuradora señora Fernández-Luna Tamayo para que cuide de su diligenciado.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición en el término del quinto día desde su notificación ante este mismo Juzgado para cuya admisión será necesaria la constitución de depósito en la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, número 2452/0000/15/1094/97, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial, modificada por la Ley Orgánica 1/2009, a excepción del ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y organismos dependientes de todos ellos.

Lo acuerda y firma su señoría.—Doy fe.

En Madrid.—Firmado.

(02/4.369/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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