Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 104

Fecha del Boletín 
03-05-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100503-184

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

184
Demanda 662 de 2009

Doña María del Carmen Quintas Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 662 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Oliver Villalvilla Corregidor, contra las empresas “Adecco TT, Sociedad Anónima (ETT)”, “Select Recursos Humanos ETT, Sociedad Anónima”, y “UTE Swissport Menzies Handling Madrid”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia:

Sentencia número 170 de 2010

En Madrid, a 15 de marzo de 2010.—Don Juan José del Águila Torres, magistrado-juez de lo social número 21 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Oliver Villalvilla Corregidor, que comparece asistido del letrado don Ángel Vargas Martín, y de otra, como demandadas, “Ineuropa Handling UTE”, que comparece representada y asistida de la letrada doña Tania Marina Herrero, “Laborman Trabajo Temporal ETT, Sociedad Anónima”, que no comparece, “Horecca Staffing Services, Sociedad Anónima (ETT)”, que comparece representada y asistida del letrado don Jorge López Cuevas, “Attempora ETT, Sociedad Limitada”, que comparece representada y asistida del letrado don Jorge López Cuevas, “Adecco TT, Sociedad Anónima (ETT)”, que no comparece, “Select Recursos Humanos ETT, Sociedad Anónima”, que no comparece, “Management Assistant Plus ETT, Sociedad Anónima Unipersonal”, que comparece representada y asistida de la letrada doña Tamara Laullón Sánchez, y “UTE Swissport Menzies Handling Madrid” que no comparece, ha dictado la siguiente sentencia.

Fallo

Que debía de estimar la falta de acción en la demanda interpuesta por don Oliver Villalvilla Corregidor, en concepto del derecho a que le fuese reconocida antigüedad desde el 19 de septiembre de 2002, contra las ocho empresas codemandadas “Ineuropa Handling UTE”, “Laborman Trabajo Temporal ETT, Sociedad Anónima”, “Horecca Staffing Services, Sociedad Anónima”, “Attempora ETT, Sociedad Limitada”, “Select Recursos Humanos ETT, Sociedad Anónima”, “Adecco ETT, Sociedad Anónima”, “Management Assistant Plus ETT”, y “UTE Swissport Menzies Handling Madrid”, absolviéndoles de dicha pretensión.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su represente al hacerle la notificación de aquélla, de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2519, clave 65, en la entidad “Banesto”, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid, sucursal 1143 (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento anunciar el recurso consignar la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Laborman Trabajo Temporal ETT, Sociedad Anónima”, “Adecco TT, Sociedad Anónima (ETT)”, “Select Recursos Humanos ETT, Sociedad Anónima”, y “UTE Swissport Menzies Handling Madrid”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de marzo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/14.529/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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