Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 101

Fecha del Boletín 
29-04-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100429-324

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

EDICTO

324
Ejecución 52 de 2009

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 52 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fathi Rachid, contra la empresa “Reimper Restauración y Rehabilitación, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto y propuesta de providencia de fecha 2 de marzo de 2010 que son del tenor literal siguiente:

Dispongo: Que debo estimar, y así lo hago, la demanda incidental formulada por “Madrid Leasing Corporación, Sociedad Anónima, Establecimiento Financiero de Crédito”, y su pretensión de alzamiento del embargo practicado sobre el vehículo referenciado.

Líbrense los oficios y mandamientos precisos.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su notificación.

Así por este auto lo pronuncia, manda y firma, don Antonio Seoane García, magistrado-juez titular del Juzgado de lo social número 34 de Madrid y su provincia.—Doy fe.

Propuesta de providencia del secretario judicial, don Fernando Benítez Benítez.—En Madrid, a 3 de marzo de 2010.

Dada cuenta; ofíciese a la Tesorería General de la Seguridad Social informando sobre el estado del embargo de la finca de Campo Real 12.520.

Diríjase oficio al Juzgado de lo social número 29, ejecución número 163 de 2009 informando del estado de las actuaciones. Requiérase a doña Laura Álvarez Calleja, para que manifieste donde se encuentran los bienes muebles embargados de los que es depositaria.

Se ratifica el embargo practicado en la finca de Campo Real número 12.520 (artículo 257.1 de la Ley de Procedimiento Laboral) y procédase a la valoración pericial de los bienes embargados, a “Reimper Restauración y Rehabilitación, Sociedad Limitada”, en los términos de los artículos 259 y concordantes de la Ley de Procedimiento Laboral; designándose al efecto por este Juzgado al perito que por turno corresponda de los abscritos a la Oficina de Peritos Judiciales, sita en la plaza de Castilla, número 1, de Madrid.

Dese conocimiento de dicho nombramiento a las partes y terceros que conste tengan derecho sobre los bienes a tasar para que dentro del segundo día siguiente a la notificación, puedan designar otros por su parte, con la prevención de que si transcurrido dicho término sin ejercitar este derecho, perderán la facultad de designarlo con posterioridad.

Líbrese asimismo, oficio a la referida Oficina de Peritos Judiciales, a fin de que procedan al desempeño de su cometido en el plazo máximo de ocho días, con traslado de copia de los bienes embargados.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma puede interponerse recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Reimper Restauración y Rehabilitación, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de marzo de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/14.269/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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