Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 96

Fecha del Boletín 
23-04-2010

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100423-70

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

70
Impuesto bienes inmuebles naturaleza urbana año 2010

Por acuerdo de la junta de Gobierno Local, de 20 de abril de 2010, se ha aprobado el padrón del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana del año 2010.

Se pone en conocimiento de los contribuyentes obligados al pago que la matrícula estará expuesta en el Departamento de Rentas (plaza del Tejar, número 8), durante el plazo de quince días contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID durante el cual podrán examinarla.

En el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la finalización del período voluntario de pago, podrá interponer los siguientes recursos:

— Con carácter potestativo y previo a la reclamación económico-administrativa recurso de reposición, ante el órgano que dictó el acto. En este caso no podrá promover la reclamación económico-administrativa hasta que el recurso se haya resuelto de forma expresa o hasta que pueda considerarlo desestimado por silencio administrativo.

— Directamente, reclamación económico-administrativa ante la Junta Municipal de Reclamaciones Administrativas de Alcorcón, dirigida al órgano que dictó el acto.

— Cualquier otro que estime pertinente.

El plazo de ingreso en voluntaria, atendiendo al fraccionamiento acordado por decreto de Alcaldía-Presidencia de 13 de enero de 2010 y publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 36, de 12 de febrero de 2010, abarca los siguientes períodos de cobro:

— Primer plazo: del 1 de mayo al 30 de junio de 2010.

— Segundo plazo: del 1 de octubre al 30 de noviembre de 2010.

El ingreso de las cuotas se realizará en las oficinas de los bancos y cajas de ahorro que se indican en los recibos que se enviarán a los domicilios fiscales de los obligados al pago.

Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo correspondiente, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Alcorcón, a 20 de abril de 2010.—La concejala secretaria de la Junta de Gobierno Local, Candelaria Testa Romero.

(02/4.173/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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