Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 96

Fecha del Boletín 
23-04-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100423-247

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

247
Demanda 412 de 2009

Doña María del Sagrario Hernández Herrero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 412 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Lydia Mora Martínez, contra la empresa “Recursos Aplicados a la Construcción, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 144 de 2010

En Madrid, a 10 de marzo de 2010.

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don Bernardo Aristizábal Ramírez, doña Macarena Barrón Clavet, don Jorge Segundo Calero Calero, don Jairo Jhon Cardona, don José Alberto de Frutos Esteban, don Óscar Ercilla Cruz, don Mustapha Ez Zahraqui, don Dris Fouari, don Pablo García Aparicio, don Óscar Julio Gil Loaiza, don Danilo Granda Durango, don César Hincapié Gutiérrez, don José Antonio Martínez Roldán, don Francisco Mercedes Eliezar, don Emilio Óscar Mora Bonett, don Wilson Parra Murcia, don Augusto Adriano Quevedo Carrión, don Carlos Quintero Contreras, don José Antonio Rico Polo, don Miguel Siller Elvira, don Israel Suárez Esteban, don Orlando Tambo Rodríguez, don Ulises Kléber Tambo Saca, don Óscar Ulises Tambo, don Vicente Cámara Touré, don Miguel Ángel Villalba Rojas y don Emilio Marco Zapata Bustamante, contra la empresa “Recursos Aplicados a la Construcción, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en legal forma, y siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a:

1. Don Bernardo Aristizábal Ramírez: total, 1.924,71 euros.

2. Doña Macarena Barrón Clavet: total, 9.710,7 euros.

3. Don Jorge Calero Segundo: total, 4.872,15 euros.

4. Don Jairo Cardona Jhon: total 4.509,41 euros.

5. Don José Alberto de Frutos Esteban: total, 14.143,29 euros.

6. Don Óscar Ercilla Cruz: total, 4.308,79 euros.

7. Don Mustapha Ez Zahraqui: total, 3.653,58 euros.

8. Don Dris Fouari: total, 3.866,23 euros.

9. Don Pablo García Aparicio: total, 8.564,18 euros.

10. Don Julio Óscar Gil Loaiza: total, 2.522,44 euros.

11. Don Danilo Granda Durango: total, 4.988,27 euros.

12. Don César Hincapié Gutiérrez: total, 5.851,85 euros.

13. Don José Antonio Martínez Roldán: total, 5.839,45 euros.

14. Don Francisco Mercedes Eliezer: total, 3.695,92 euros.

15. Don Óscar Emilio Mora Bonett: total, 3.722,74 euros.

16. Don Wilson Parra Murcia: total, 4.940,37 euros.

17. Don Adriano Quevedo Carrión: total, 3.609,98 euros.

18. Don Carlos Quintero Contreras: total, 4.700,36 euros.

19. Don José Antonio Rico Polo: total, 2.097,23 euros.

20. Don Miguel Siller Elvira: total, 8.567,38 euros.

21. Don Israel Suárez Esteban: total, 3.606,77 euros.

22. Don Orlando Tambo Rodríguez: total, 4.319,35 euros.

23. Don Kleeber Ulises Tambo Saca: total, 6.237,05 euros.

24. Don Óscar Ulises Tambo Vicente: total, 3.470,90 euros.

25. Don Vicente Cámara Touré: total, 1.550,98 euros.

26. Don Miguel Ángel Villalba Roja: total, 3.714,35 euros.

27. Don Marco Emilio Zapate Bustamante: total, 3.674,59 euros.

Las anteriores cantidades se incrementarán en un 10 por 100 de interés de mora, que no se aplicará a las sumas de indemnización por despido y por fin de contrato, al no tener naturaleza salarial.

En cuanto al Fondo de Garantía Salarial, habrá de estar y pasar por esta declaración.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o su abogado o representante dentro del indicado plazo.

Así por esta mi sentencia, que se unirá por su orden al libro de sentencias de este Juzgado, llevándose certificación de la misma a los presentes autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Recursos Aplicados a la Construcción, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de marzo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/13.545/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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