Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 95

Fecha del Boletín 
22-04-2010

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100422-104

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREMOCHA DE JARAMA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

104
Ordenanza difusión de actividades socioculturales

Ordenanza aprobada por el Pleno de la Corporación Municipal, en sesión celebrada el 18 de marzo de 2010, en el que adopta el acuerdo de aprobación definitiva de los ficheros de datos de carácter personal denominados “Difusión de actividades socioculturales”, del Ayuntamiento de Torremocha de Jarama.

La existencia de ficheros de carácter personal y los avances tecnológicos, singularmente los informáticos, suponen posibilidades de intromisión en el ámbito de la privacidad e intimidad, así como de limitación y vulneración del derecho a la autodisposición de las informaciones que son relevantes para cada persona. Para ello, el ordenamiento jurídico reconoce derechos en este campo y establece mecanismos para su garantía. La Constitución española, en su artículo 18, reconoce como derecho fundamental el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen y establece que la “Ley limitirá el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos”. El Tribunal Constitucional, interpretando este artículo, ha declarado en su jurisprudencia, y especialmente en sus sentencias 290/2000 y 292/2000, que el mismo protege el derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal, otorgándole una sustantividad propia. Este derecho ha sido denominado por la doctrina como “derecho a la autodeterminación informativa” o “derecho a la autodisposición de las informaciones personales”, y que, cuando se refiere al tratamiento automatizado de datos se incluye en el concepto más amplio de “libertad informativa”.

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece un conjunto de medidas para garantizar y proteger este derecho fundamental.

Es responsabilidad de las administraciones locales lo concerniente a la creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal.

El artículo 20 de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de ficheros de las Administraciones Públicas solo podrán hacerse por medio de disposición de carácter general publicada en el “Boletín Oficial del Estado” o diario oficial correspondiente.

De conformidad con el artículo 41.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y el artículo 2 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, la Corporación Local, en materia de protección de datos, queda bajo el ámbito de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid. En estos términos, de acuerdo con el artículo 4 del decreto 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimiento de elaboración de disposición general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales, las Corporaciones Locales crearán, modificarán y suprimirán sus ficheros mediante la correspondiente ordenanza municipal, o cualquier otra disposición de carácter general, en los términos previstos en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, y, en su caso, en la legislación autonómica.

Primero.—Creación

Se crean los ficheros de datos de carácter personal señalados en el anexo I.

Segundo.—Medidas de seguridad

Los ficheros automatizados que por la presente ordenanza se crean cumplen las medidas de seguridad establecidas en el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros Automatizados que Contengan Datos de Carácter Personal.

Tercero.—Publicación

De conformidad con la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se ordena que la presente ordenanza sea publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto.—Entrada en vigor

La presente ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

ANEXO I

Fichero de datos de carácter personal “DIFUSIÓN DE ACTIVIDADES SOCIOCULTURALES”.

1. Nombre y descripción del fichero: difusión de actividades socioculturales.

2. Órgano responsable del fichero: Ayuntamiento de Torremocha de Jarama.

3. Órgano de acceso: Ayuntamiento de Torremocha de Jarama.

4. Carácter manual estructurado o automatizado del fichero, según criterios específicos referidos a personas que permitan acceder fácilmente a los datos de carácter personal de que se trate: automatizado.

5. Sistema de información al que pertenece: gestión y administración de eventos y actividades de Torremocha de Jarama.

6. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán (datos de carácter identificativo): dirección, teléfono, correo electrónico y página web.

7. Descripción detallada de finalidad y usos: difusión de las actividades de carácter socio-cultural y lúdico-recreativas convocadas por el Ayuntamiento o en la localidad.

8. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: todos/as aquellos/as interesados/as en recibir información puntual sobre las actividades que de carácter socio-cultural o lúdico recreativas sean convocadas por el Ayuntamiento o tengan lugar en la localidad y puedan ser objeto de convocatoria pública que voluntariamente se inscriban en los formularios.

9. Procedencia y procedimiento de recogida de datos:

— Procedencia de los datos: a través de formularios específicos que a tal efecto se dispongan en el Ayuntamiento y sus dependencias o las de sus órganos dependientes o vinculados o en los medios que utilice para su difusión como web municipal, boletín de información local, etcétera.

— Procedimiento de recogida: mediante inscripción voluntaria.

10. Órganos o entidades destinatarias de las cesiones previstas: Ayuntamiento de Torremocha de Jarama.

Nivel de protección del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio: básico.

Ficheros de datos de carácter personal “REGISTRO DE TERCEROS”.

1. Nombre y descripción del fichero (datos personales de los ciudadanos para su registro y participación en los servicios incluidos en el portal web municipal): foros, blogs, chat y tablón de anuncios.

2. Órgano responsable del fichero: Ayuntamiento de Torremocha de Jarama.

3. Órgano de acceso: Ayuntamiento de Torremocha de Jarama.

4. Carácter manual estructurado o automatizado del fichero, según criterios específicos referidos a personas que permitan acceder fácilmente a los datos de carácter personal de que se trate: informatizado.

5. Sistema de información al que pertenece: administración del portal web municipal de Torremocha de Jarama. Ubicación (sistema de información/servidor): Servicio Local TIC, Servicio SGA.

6. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán (datos de carácter identificativo): DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección (postal y electrónica), teléfono y contraseña.

7. Descripción detallada de finalidad y usos: gestión, administración y control de contenidos y usuarios.

8. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: interesados en participar voluntariamente y aceptando las normas de uso correspondientes expuestas en el portal web.

9. Procedencia y procedimiento de recogida de datos:

— Procedencia de los datos: el propio interesado o su representante legal.

— Procedimiento de recogida: registro o cumplimentación voluntaria de formularios o cupones digitales en las direcciones que se habiliten.

10. Órganos o entidades destinatarias de las cesiones previstas: Ayuntamiento de Torremocha de Jarama.

Nivel de protección del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio: básico.

Torremocha de Jarama, a 30 de marzo de 2010.—El alcalde, Carlos Rivera Rivera.

(03/13.973/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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