Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 95

Fecha del Boletín 
22-04-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100422-312

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 5

EDICTO

312
Procedimiento 1.575 de 2009

Don Agustín Salinas Serrano, secretario judicial del Juzgado de lo social número 5 de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1.575 de 2009, a instancias de la parte actora doña Elie Ohayon Elkesasi, contra “Suamco Alimentación, Sociedad Limitada”, e “Hipercor, Sociedad Anónima”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado resolución de fecha 24 de febrero de 2010 del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don Elie Ohayon Elkesasi, contra “Suamco Alimentación, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor.

Se declara extinguida la relación laboral condenando a la demandada, a que abone a la parte actora 7.568,40 euros en concepto de indemnización por tal extinción, y 4.226,16 euros en concepto de salarios de tramitación.

Se tiene por desistida a la parte actora de la demanda formulada contra “Hipercor, Sociedad Anónima”.

Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente y líbrese testimonio de la misma para su constancia en autos y notifíquese la presente sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo social de Málaga del Tribunal Superior de Justicia, anunciándolo ante este Juzgado de lo social número 5 de los de Málaga en los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, debiendo consignar en metálico o mediante aval bancario en el caso que el recurrente no gozare del beneficio de justicia gratuita en la cuenta corriente que posee el Juzgado; respecto del depósito de 150,25 euros, deberá ingresarse en dicha cuenta corriente bien al tiempo de anunciarlo o al tiempo de interponerlo.

Así por esta mi sentencia lo acuerdo, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Suamco Alimentación, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a 26 de febrero de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/13.399/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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