Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 95

Fecha del Boletín 
22-04-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100422-232

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

232
Ejecución 72 de 2010

Doña María José Ortiz Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 72 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel Noguera Hernández, contra la empresa “Casas Americanas de Madera, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de 10 de marzo de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

En atención a todo lo expuesto, decido:

a) Despachar la ejecución solicitada por don Miguel Ángel Noguera Hernández, contra “Casas Americanas de Madera, Sociedad Limitada”, por las cantidades siguientes: 10.237,87 euros de principal, más 614,27 euros y 1.023,87 euros en concepto de intereses y costas calculados provisionalmente.

b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten.

Líbrense los oficios que procedan al “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria” y a la “Caja de Ahorros de Vitoria y Álava”, la remisión de las cantidades que existieran en las cuenta o depósitos de la ejecutada “Casas Americanas de Madera, Sociedad Limitada”, o cantidades que se adeuden a la ejecutada por parte de la Hacienda Pública en concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con el número de cuenta 2524, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid.

Igualmente se acuerda librar los mandamientos que procedan a los registros correspondientes con la misma extensión para que se proceda a la anotación del embargo trabado sobre los bienes inscritos, propiedad de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días pro defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículo 556 y 559 del citado texto legal).

Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así lo manda y firma. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Casas Americanas de Madera, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de marzo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/12.691/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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