Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
21-04-2010

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100421-185

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 7

EDICTO

185
Juicio de faltas 200 de 209

Don Jesús Sánchez Neba, secretario del Juzgado de instrucción número 7 de Parla.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 200 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia

Parla, a 20 de enero de 2010.—Vistos por doña Elena María García Díaz, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 7 de Parla (Madrid) y su partido judicial, los presentes autos de juicio de faltas número 200 de 2009, sobre falta de lesiones y daños, siendo parte denunciante don Anatolio Buika Poko y como denunciado don Manuel Ngunu, y actuando el ministerio fiscal en el ejercicio de la acusación pública.

Fallo

Que debo absolver y absuelvo a don Manuel Ngunu de los hechos por los que fue denunciado y que dieron origen al presente juicio de faltas, declarándose de oficio las costas procesales causadas.

Notifíquese a las partes la presente resolución, informándoles que contra ella podrán interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días, del que conocerá la Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Manuel Ngunu, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Parla, a 16 de marzo de 2010.—El secretario (firmado).

(03/12.763/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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