Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 89

Fecha del Boletín 
15-04-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100415-147

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 39

EDICTO

147
Verbal desahucio falta pago 1.085 de 2009

Don Javier González García, secretario del Juzgado de primera instancia número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en los autos de juicio verbal sobre desahucio número 1.085 de 2009 seguidos ante este Juzgado a instancia de don José Manuel Rodríguez Sepúlveda, contra doña Milagro Rivero se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 53 de 2010

En Madrid, a 29 de marzo de 2010.—Vistos por doña Lourdes Menéndez González-Palenzuela, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 39 de Madrid, los autos de juicio verbal número 1.085 de 2009, seguidos a instancia de don José Manuel Rodríguez Sepúlveda, representado por el procurador don Francisco de Paula Martín Fernández, y asistido del letrado don Francisco Javier Barandiarán Porta, contra doña Milagro Rivero, declarada en situación procesal de rebeldía, sobre acción de desahucio y reclamación de rentas.

Fallo

1. Estimo íntegramente la demanda presentada por don José Manuel Rodríguez Sepúlveda contra doña Milagro Rivero, condenando a la demandada a pagar al actor la suma de 9.156,28 euros, más las rentas y cantidades análogas que se devenguen hasta la entrega de la posesión del inmueble arrendado por la parte actora, a razón, en cuanto a la renta, de 614,30 euros mensuales.

2. Condeno, igualmente, a la demandada al pago de los intereses de dicha suma en la forma prevista en el fundamento de derecho segundo de esta resolución.

3. Declaro resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes en fecha 28 de febrero de 2008 sobre la vivienda sita en Madrid, calle Goiri, número 3, piso primero, letra A o número 1, que deberá desalojar y devolver a su propietario, procediéndose en caso contrario a su lanzamiento en la fecha señalada del día 27 de abril de 2010, a las diez y treinta horas.

4. La parte demandada abonará las costas causadas en este procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes en forma legal, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, que se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente a la notificación, y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que se impugnan. Para la presentación de dicho recurso es necesaria la constitución de depósito en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones del Juzgado (cuenta número 2533), de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial y por el importe previsto en tal norma, lo que deberá ser acreditado a la preparación del recurso.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez titular (firmado).

Publicación

Extendida y firmada esta sentencia por la magistrada-juez que la ha dictado, se notifica y archiva en la oficina judicial, dándole publicidad en la forma permitida u ordenada por la Constitución y las leyes. Doy fe.

Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que sirva de notificación en forma a la demandada doña Milagro Rivero se extiende la presente.

En Madrid, a 30 de marzo de 2010.—El secretario (firmado).

(02/3.847/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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