Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 89

Fecha del Boletín 
15-04-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100415-271

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y CITACIÓN

271
Ejecución 60 de 2010

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 60 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Úrsula Fernández Mateos, contra las empresas “Garcheta, Sociedad Limitada”, y “Sabelma, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Providencia

Ilustrísimo señor magistrada-juez de lo social, doña Begoña García Álvarez.—En Madrid, 23 de marzo de 2010.

Dada cuenta; por presentado escrito por el ejecutante solicitando la ejecución del fallo, a la vista de la firmeza de la sentencia, se acuerda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 278 de la Ley de Procedimiento Laboral citar a las partes a comparecencia para el examen de las manifestaciones invocadas en el escrito de la parte actora en orden al cumplimiento de lo fallado, por lo que deberán acudir con los medios de prueba de que intenten valerse a la Sala de vistas de este Juzgado el día 22 de abril de 2010, a las nueve y cuarenta horas, con la advertencia de que si no asiste el trabajador persona que le represente se le tendrá por desistido de su solicitud, y que si no lo hace el empresario o su representante se celebrará el acto sin su presencia.

Notifíquese esta resolución.

Notifíquese y cítese al Fondo de Garantía Salarial.

Respecto de la ejecutada “Salbema, Sociedad Limitada”, por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, será necesario para la interposición del recurso de reposición acreditar la consignación de un depósito de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” del Juzgado, abierta en “Banesto”, con el número 2526/0000/00/número de expediente (cuatro dígitos)/año del expediente (dos dígitos); total, 16 dígitos. Dicho depósito será exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social. También están exentos el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Garcheta, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de abril de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/13.847/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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