Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 88

Fecha del Boletín 
14-04-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100414-272

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SANTANDER NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN

272
Autos 9 de 2010

Doña Ana Isabel Viaña Ranilla, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Santander.

Hago saber: Que en autos número 9 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de doña Shari Esteffi Panduro Meléndez, contra la empresa “Balasant Corporation, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Providencia

Ilustrísimo magistrado-juez de lo social, don Carlos de Francisco López.—En Santander, a 16 de marzo de 2010.

Dada cuenta del estado de las actuaciones, y resultando que la parte demandada se encuentra en ignorado paradero, notifíquese la resolución de fecha 16 de febrero de 2010 por medio de edictos, que se publicarán en el “Boletín Oficial de la Comunidad de Cantabria” y tablón de anuncios de este Juzgado. Adviértase que las siguientes comunicaciones dirigidas a la mencionada parte se harán en el tablón de anuncios del Juzgado.

Igualmente, remítase exhorto al Juzgado Decano de los de Madrid, a fin de que por el Juzgado de lo social que por turno corresponda se proceda a citar a la empresa “Balasant Corporation, Sociedad Limitada”.

Se acuerda, asimismo, emplazar al Fondo de Garantía Salarial de conformidad con lo establecido en el artículo 23.2 de la Ley de Procedimiento Laboral, a fin de que comparezca ante este Juzgado para los actos de conciliación y, en su caso, juicio, señalados para el día 27 de septiembre de 2010, a las once horas.

Frente a ella cabe recurso de reposición, previa acreditación del depósito de la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en el “Banco Español de Crédito”, número 3867000069000910, sin cuyo requisito no se admitirá a trámite el recurso. De dicho depósito estarán exentos el trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley de Procedimiento Laboral.—Doy fe.

Y para que le sirva de citación en legal forma a “Balasant Corporation, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado, en Santander, a 16 de marzo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/12.730/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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