Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 88

Fecha del Boletín 
14-04-2010

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100414-86

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE LA VEGA

RÉGIMEN ECONÓMICO

86
Notificación sanción

No habiendo sido posible practicar notificación personal a don Pablo Muñoz García, se procede a la notificación por anuncio, en virtud del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 25 de enero de 2010, en su punto quinto, apartado B), siendo el texto íntegro de la parte dispositiva en lo que afecta al interesado el siguiente:

1.o Imponer a don Pablo Muñoz García la sanción de multa de 1.000 euros por la ejecución de las obras ejecutadas sin licencia en la superficie de dominio público en la parte coincidente con la fachada del local comercial en la avenida del Doctor Manuel Jarabo, número 47, denominada como “Restaurante Cafetería Casa Maior”, consistente en instalación de elementos de madera (postes) formando dos pórticos de 275 centímetros aproximadamente de altura, anclados al suelo y que se soportan otros elementos similares en un plano semi-horizontal, todo ello sin la preceptiva licencia municipal, hecho tipificado como infracción leve en el artículo 204.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y sancionado de conformidad con el artículo 207.a) del mismo texto legal.

2.o Notificar el presente acuerdo al interesado, con advertencia de los recursos que contra él puedan interponerse.

3.o Facultar a la señora alcaldesa para la firma de cuantos documentos sean necesarios y para la ejecución del presente acuerdo.

Lo que se hace público para conocimiento del interesado, advirtiéndole que el expediente obra en las dependencias de la Secretaría Municipal, en la plaza de la Constitución, número 1, de San Martín de la Vega.

El presente acuerdo agota la vía administrativa, pero no es firme, por lo que contra el mismo podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al que reciba esta notificación, si no optare por la interposición del recurso potestativo de reposición, ante la Alcaldía, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al del recibo de esta notificación.

Transcurrido un mes desde la interposición del potestativo recurso de reposición sin que se haya dictado y notificado resolución, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses contados desde el día siguiente a aquel en que deba entenderse presuntamente desestimado.

San Martín de la Vega, a 23 de enero de 2008.—La alcaldesa-presidenta, María del Carmen Guijorro Belinchón.

(02/3.256/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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