Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
03-04-2010

Sección 2.110.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100403-5

Páginas: 21


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

Tesorería General de la Seguridad Social

Dirección Provincial de Madrid

5
Ampliación de embargo de bienes inmuebles

URE 28/01

EDICTO DE AMPLIACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES

Gloria Soto González, Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/01, con sede en la calle de Juan Bravo, 49 dpdo, 28006 Madrid.

HAGO SABER: Que con fecha de hoy he dictado la siguiente:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES HALLÁNDOSE EL DEUDOR EN PARADERO DESCONOCIDO: De las actuaciones del expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra los deudores relacionados a continuación resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos del deudor SALVATORE FAMOSO ZITO, expte 28 01 07 49301, cuyo último domicilio conocido es en Madrid, cl Pez nº 4, debidamente notificado, se practicó embargo de la finca que se detalla, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad nº 27 de Madrid garantizando la suma total de 2.349,93 euros, que incluyen el principal, el recargo de apremio, los intereses y las costas del procedimiento, que causó la anotación letra A al Tomo 481, Libro 481, Folio 06, sobre la finca nº.: 4.043. — Embargo 66,67% del pleno dominio . — Domicilio del inmueble: cl Pez nº 4, 28004 Madrid.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado por períodos: entre 07/2007 a 04/2009, ascendentes a la cantidad de 8.136,97 euros, comprensiva de principal, recargo de apremio y costas presupuestadas. Por lo que se acuerda ampliar el embargo sobre la finca indicada en la suma de 8136,97 euros, con lo que la responsabilidad total sobre la misma asciende a la cantidad de 10.474,80 euros incluyendo intereses y costas y expedir el mandamiento de ampliación de embargo al Registro de la Propiedad Nº 27 de Madrid, Nº TOMO: 481, Nº LIBRO: 481, Nº FOLIO: 06, Nº FINCA: 4.043.

No siendo posible la notificación a los deudores, don SALVATORE FAMOSO ZITO, a pesar de haberse intentado de forma reglamentaria, procédase a requerirlos para que en el plazo de OCHO DÍAS a partir del siguiente a la publicación de este edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Madrid, en cumplimiento de lo que establecen los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo común, en la redacción dada por Ley 4/19999, de 13 de enero, comparezcan ante esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, para ser notificados debidamente. Transcurrido dicho plazo sin haber comparecido la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo para comparecer y, asimismo se les tendrá por notificados de todas las sucesivas diligencias hasta la finalización del procedimiento.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153, de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, cónyuge, cotitulares, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 103 del repetido Reglamento, se les requiere para que faciliten los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicados las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contado a partir de la publicación de este Edicto, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

En Madrid, a 29 March 2010.

LA RECAUDADORA EJECUTIVA, GLORIA SOTO GONZÁLEZ.

URE 28/03

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE SUBASTA DE BIENES MUEBLES (TVA -404).

D. Nicasio Fuentes Cobos, Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva nº 28/03 de Madrid, con domicilio en la c/ Fuencarral 77. — 4ª planta Madrid.

HACE SABER: Que tramitando se en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social a mi cargo, expediente ejecutivo de apremio 28 03 05 00173590 contra del deudor PAMECO ELECTRODOMESTICOS SL., C.C.C.: 10 28127709786, CIF 0B81297137, Numero de Documento 28 03 404 10 016991130 por deudas a la Seguridad Social,se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente:

“PROVIDENCIA: Una vez autorizada con fecha 02 de marzo de 2010 la subasta de bienes muebles propiedad del deudor de referencia que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra el deudor, proceda se a la celebración de la subasta el día 04 de mayo de 2010, a las 10,00 horas en C/ Agustín de Foxa 28,30 de MADRID, y observen se en su tramite y realización las prescripciones de los artículos 114 y 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (Boletín Oficial Estado, del día 25).

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta su venta, así como el tipo de subasta, son los indicados en relación adjunta..

Notifíquese esta providencia al deudor, al depositario de los bienes embragados, al cónyuge, a los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, podrán liberarse los mismos pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes.”.

En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente:

1. Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta son los indicados en RELACIÓN adjunta, distribuidos en lotes.

2. Los bienes se encuentran en poder del Depositario DIREC.PROV.TESOR.GRAL.SEG.SOCIAL MADRID y podrán ser examinados por aquellos a quienes interesen en AV. INDUSTRIA 22, 28820-COSLADA previa solicitud a la Unidad de Recaudación Ejecutiva actuante, desde el día 09 de marzo hasta el día 3 de mayo en horario de 09 a 14 horas.

3. Cuando se trate de bienes inscribibles en registros públicos, los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es titulo mediante el cual efectuarse la inmatriculacion en los terminaos previstos por el articulo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Titulo VI de dicha Ley.

4. Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción.

5. Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial estableciendo al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas DE 09-03-10 a 03-05-10 los licitadores presentaran sus posturas en sobre cerrado e independientemente para cada bien o lote de bienes, indicando en su exterior el número de dicho bien o lote, e incluyendo en su interior copia del documento nacional de identidad, o, si se trata de extranjeros, de su documento de identificación y de la acreditación de la representación con que, en su caso, se actúe así como el importe de la postura con la firma del interesado.

Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañado a cada postura cheque conformado a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por ciento del tipo de la subasta.

6. Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por ciento del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un deposito del 30 por ciento del tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente deposito.

7. Las posturas verbales que se hayan formulado deberán guardar una diferencia entre ellas, al menos, el 2 por ciento del tipo de subasta.

8. El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades en que pudiere incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no afectividad de la adjudicación.

9. La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, recargo y costas del procedimiento, procediendo, en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieren formalizado para la constitución del depósito.

10. Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su celebración.

11. Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo de 30 días; en este caso, se adjudicara el bien subastado, notificaciones así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el deposito que hubiera constituido, y, en su caso, el resto del precio satisfecho.

12. Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y regístrales, serán siempre a cargo del adjudicatario.

13. Mediante el presente Anuncio, se tendrá por notificada, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido.

14. En lo no dispuesto expresamente en el presente Anuncio de Subasta se estará a lo establecido en el Reglamento de Recaudación citado.

ADVERTENCIAS:

Se hace constar que el depósito que se constituya el mismo día de la subasta por un 30 % del tipo, ha de ser mediante cheque certificado, visado o conformado, y nominativo a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Madrid, a 08 de marzo de 2010. El Recaudador Ejecutivo.

RELACIÓN ADJUNTA DE BIENES (QUE SE SUBASTAN).

EL DEUDOR: PAMECO ELECTRODOMESTICOS SL.

08 15 04 FRIGORÍFICO BALAY 3KIB4850 NUM. OBJ.: 1, 563,00.

08 15 04 HORNO BALAY 3HT501X NUM. OBJ.: 1, 384,00.

08 15 04 VITROCERAMICA WHIRPOOL AKN888X01 NUM. OBJ.: 1, 736,00.

08 15 04 VITROCERAMICA WHIRPOOL AKN8894X NUM. OBJ.: 1, 368,00.

08 15 04 CAMPANA EXTRACTORA KATA OMEGA 900 NUM. OBJ.: 1, 288,00.

Madrid, 08 de marzo de 2010. EL RECAUDADOR EJECUTIVO .NICASIO FUENTES COBOS.

URE 28/06.

EDICTO CERTIFICACIONES Y PROVIDENCIAS DE APREMIO SPEE.

El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social numero 28/06, sita en la avenida de la Albufera, núm. 41, 28038 de Madrid.

HACE SABER: Que, por haber resultado infructuosas las notificaciones realizadas en el último domicilio conocido del deudor, practicadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real.

Decreto 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del día 25), y de los artículos 58 a 61 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero, se recurre a la notificación por medio de edictos de lo siguiente:

La Subdirectora Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social, respecto de los sujetos responsables que figuran en relación adjunta, por deudas al Servicio Público de Empleo Estatal, cuya cuantía total asimismo se indica en la citada relación ha dictado la siguiente:

CERTIFICACION DE DESCUBIERTO Y PROVIDENCIA DE APREMIO: De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. de 29-06-94), y 85 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. de 25-06-2004), dicto la presente Certificación de Descubierto y Providencia de Apremio, que constituye el TITULO EJECUTIVO suficiente para el inicio del procedimiento de apremio y tiene la misma fuerza ejecutiva que las sentencias judiciales para proceder contra los bienes y derechos de los sujetos responsables del pago de la deuda, practicándose, en caso de impago, el EMBARGO DE LOS BIENES en los términos establecidos en el artículo 34.2 de la Ley General de la Seguridad Social y la ejecución de las garantías existentes.

Para el caso de certificaciones que se correspondan con Resoluciones emitidas con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, si no se ingresa su importe en el plazo de quince días naturales desde su notificación serán exigibles los INTERESES.

DE DEMORA (interés legal incrementado en un 25 por 100) devengados desde la finalización del plazo reglamentario de ingreso hasta la fecha de pago de la deuda para el principal y desde el vencimiento del plazo de ingreso de esta providencia para el recargo.

A tenor de lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común; artículo 34 de la Ley General de la Seguridad, contra la providencia de Apremio podrá formularse RECURSO DE ALZADA, en el plazo de UN MES contado desde el día siguiente en que se recibe la notificación de la Providencia de Apremio, ante el superior jerárquico del que dictó el acto, que sólo será admisible por los siguientes motivos debidamente justificados: pago, prescripción, error material o aritmético en la determinación de la deuda, condonación, aplazamiento de la deuda o suspensión del procedimiento, falta de notificación de la reclamación de deuda. La interposición del recurso suspenderá el procedimiento de apremio hasta la resolución de la impugnación.

El importe total de la deuda deberá ser hecho efectivo, por medios de pago legalmente admitidos, dentro del plazo de quince días naturales siguientes al de la notificación de la presente providencia de apremio, mediante ingreso en la cuenta de la Unidad de Recaudación Ejecutiva competente.

No obstante, si se ingresa el importe de la deuda transcurrido el plazo de los quince días citados en el apartado anterior, el responsable del pago deberá solicitar el cálculo y liquidación de los intereses de demora exigibles en el momento del pago ante la Unidad de Recaudación Ejecutiva, aplicándose a estos ingresos los criterios de imputación de pagos en vía de apremio previstos en el artículo 29 de la Ley General de la Seguridad Social.

RELACION QUE SE CITA.

NOMBRE/RAZON SOCIAL. — DNI/NIF/CIF. — DOMICILIO. — LOCALIDAD. — Nº DE AFILIACION. — Nº DE CERTIFICACION. — PERIODO. — IMPORTE.

CALDERON NIETO JOSE LUIS. — 50.957.928-W. — C/ANDALUCES DEL POZO Nº 10. — 28018 MADRID. — 281038695336. — 28 08 050866505. — 01/2004 A 02/2004. — 1.371,31 EUROS.

MALODZINSKI ARTUR. — 0X2305036E. — C/PUERTO DE CANENCIA Nº 2. — 28038 MADRID. — 281119022147. — 28 08 050794965. — 11/2003 A 03/2004. — 3.080,88 EUROS.

MARTIN MORENO ISIDRO. — 51.887.804-B. — AV/PABLO NERUDA Nº 116. — 28038 MADRID. — 280242568395. — 28 09 050874564. — 03/2003 A 10/2004. — 3.343,70 EUROS.

PRADA NOGUEIRA ALFONSO. — 8.942.140-Q. — C/VILLUERCAS Nº 14. — 28053 MADRID. — 281011771065. — 28 08 050796379. — 06/2005 A 08/2005. — 1.211,99 EUROS.

SERRANO ORDOÑEZ CARLOS HUMBERTO. — 0X3267420V. — C/LOPEZ GRASS Nº 31. — 28038 MADRID. — 281123382295. — 28 09 050874160. — 1.512,58 EUROS.

Madrid, a 22 de marzo de 2010. EL RECAUDADOR EJECUTIVO. Ángel Arranz Panadero.

EDICTO DE NOTIFICACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/06, con sede en la avenida de la Albufera, número 41, 28038 Madrid.

HACE SABER: Que en los expedientes administrativos que se citan en párrafos posteriores, se han dictado las DILIGENCIAS DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES, que se transcriben a continuación, por deudas contraídas con la Seguridad Social, motivadas por desconocerse el domicilio o que intentada la notificación no se ha podido practicar, en relación al deudor, y/o su cónyuge u otro titular o poseedor de derechos sobre las fincas embargadas.

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio número 28 06 03 00192278 contra GARCIA LOPEZ JESUS D.N.I. 278.068-K, cuyo último domicilio conocido es calle Párroco Don Emilio Franco nº 57 – 3 A, 28053 Madrid, por deudas a la Seguridad Social, Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos, que corresponden al siguiente detalle: providencias de apremio de 28 05 012755167 a 28 09 036130463, por descubiertos en los períodos varios por importe total de 13.146,87 euros. DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor y a González García Mercedes, cuyo último domicilio conocido es calle Párroco Don Emilio Franco nº 57 – 3 A, 28053 Madrid, que a continuación se relacionan:

URBANA: MUNICIPIO: MADRID, NATURALEZA DE LA FINCA: 100% PLENO DOMINIO CON CARÁCTER GANANCIAL DE VIVIENDA, VÍA PÚBLICA: CALLE PARROCO DON EMILIO FRANCO NÚMERO 57, 3º A, SUPERFICIE: 71 METROS CUADRADOS.

FINCA 21689 TOMO 273 LIBRO 273 FOLIO 162. Inscrita en el Registro de la Propiedad nº 19 de Madrid.

Los citados bienes quedan afectados en virtud de estos embargos a las responsabilidades de los deudores en los expedientes, que al día de la fecha ascienden a las cantidades totales antes reseñadas, y respecto a los mismos se proseguirá de acuerdo con lo establecido en el artículo 110 del citado Reglamento General.

Asimismo, expídanse los oportunos mandamientos a los Registros de la Propiedad correspondientes, para que se efectúen las anotaciones preventivas de los embargos realizados a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicite certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento de estos expedientes a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Hallándose los deudores, cónyuges, copartícipes o acreedores hipotecarios en paradero ignorado, notifique mediante edictos que se publicarán en el B.O.C.M. y en el tablón de anuncios de la Junta Municipal correspondiente. Lo que se hace público en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado nº 153, de 25 de junio), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación a los deudores, y si los hubiera, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se les requiere para que faciliten los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de quince días. Advirtiéndose que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contando a partir de la publicación de este Edicto, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Se advierte por último de que transcurridos ocho días desde la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento correspondiente sin que hayan comparecido los deudores o sus representantes en los expedientes de apremio que se les sigue, se les tendrá por notificados de las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que les asiste a comparecer.

Madrid, a 26 de marzo de 2010. — El recaudador ejecutivo, Ángel Arranz Panadero.

URE 28/07.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRAMITE DE AUDIENCIA DE ACUERDO CON EL ARTICULO 84.2 DE LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE, A SUJETOS NO LOCALIZADOS, PREVIO A LA DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD SOLIDARIA.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (Boletín Oficial del Estado del 29), según redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social (Boletín Oficial del Estado del 11), y en virtud de lo previsto en el artículo 262 apartado 5, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (Boletines Oficiales del Estado de 27/12/89 y 01/02/90) o en el artículo 105, apartados 1 y 4, en conexión con el artículo 104, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95, de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada ( Boletín Oficial del Estado del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por lo que en ellos se describen, por lo que en su caso daría lugar a la apertura del correspondiente expediente de derivación de responsabilidad conforme se señala en el artículo 13.2 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Seguridad Social (Boletín Oficial del Estado del 25), y de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 13 del mismo texto.

De los antecedentes que obran en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, ha podido comprobarse que los sujetos que a continuación se relacionan, son o fueron administradores o miembros de los Consejos de Administración, de las sociedades mercantiles que se citan, las cuales mantienen una deuda con la Unidad de Recaudación Ejecutiva citada en el encabezamiento cuyo importe y período se señala en la relación que se adjunta.

Por haber resultado infructuosa las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio de los citados sujetos, procede practicar la notificación de las comunicaciones previas a la posible declaración de derivación de responsabilidad que se relacionan en virtud de lo previsto en los artículos 59,4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según redacción dada por la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992 (Boletín Oficial del Estado del 14/1/99).

En cualquier caso el administrador o miembro del consejo de administración designado en la relación, en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, podrá efectuar las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84,2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial del Estado del 29).Para conocimiento del contenido del expediente de apremio que consta a nombre de la mercantil indicada, el interesado podrá comparecer, si lo estima oportuno, en los locales de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, sita en la Calle Guzmán el Bueno, número 30, código Postal 28015 Madrid,

En Madrid, a 29 de March de 2010. EL RECAUDADOR EJECUTIVO, ANTONIO LÓPEZ LÓPEZ.

Nombre del administrador o miembro del Consejo de Administración; Dirección del envío; Código Postal; Localidad de envío; Provincia del envío; Número del expediente administrativo de apremio; Empresa o sociedad mercantil de la que es administrador o miembro de su consejo de administración; Importe de la Deuda; Período que abarca la Deuda Reclamada.

D. ANTONIO TEJERO GARCIA C/ PETUNIAS Nº 1 5 28230 LAS ROZAS DE MADRID- 28 02 08 00224720 BIG WINDOWS SL-14.292,00 EUROS DE DICIEMBRE DE 2007 A FEBRERO DEL 2008.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRAMITE DE AUDIENCIA DE ACUERDO CON EL ARTICULO 84.2 DE LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE, A SUJETOS NO LOCALIZADOS, PREVIO A LA DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD SOLIDARIA.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (Boletín Oficial del Estado del 29), según redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social (Boletín Oficial del Estado del 11), y en virtud de lo previsto en el artículo 262 apartado 5, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (Boletines Oficiales del Estado de 27/12/89 y 01/02/90) o en el artículo 105, apartados 1 y 4, en conexión con el artículo 104, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95, de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada ( Boletín Oficial del Estado del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por lo que en ellos se describen, por lo que en su caso daría lugar a la apertura del correspondiente expediente de derivación de responsabilidad conforme se señala en el artículo 13.2 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Seguridad Social (Boletín Oficial del Estado del 25), y de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 13 del mismo texto.

De los antecedentes que obran en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, ha podido comprobarse que los sujetos que a continuación se relacionan, son o fueron administradores o miembros de los Consejos de Administración, de las sociedades mercantiles que se citan, las cuales mantienen una deuda con la Unidad de Recaudación Ejecutiva citada en el encabezamiento cuyo importe y período se señala en la relación que se adjunta.

Por haber resultado infructuosa las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio de los citados sujetos, procede practicar la notificación de las comunicaciones previas a la posible declaración de derivación de responsabilidad que se relacionan en virtud de lo previsto en los artículos 59,4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según redacción dada por la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992 (Boletín Oficial del Estado del 14/1/99).

En cualquier caso el administrador o miembro del consejo de administración designado en la relación, en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, podrá efectuar las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84,2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial del Estado del 29).Para conocimiento del contenido del expediente de apremio que consta a nombre de la mercantil indicada, el interesado podrá comparecer, si lo estima oportuno, en los locales de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, sita en la Calle Guzmán el Bueno, número 30, código Postal 28015 Madrid,

En Madrid, a 29 de March de 2010. EL RECAUDADOR EJECUTIVO, ANTONIO LÓPEZ LÓPEZ.

Nombre del administrador o miembro del Consejo de Administración; Dirección del envío; Código Postal; Localidad de envío; Provincia del envío; Número del expediente administrativo de apremio; Empresa o sociedad mercantil de la que es administrador o miembro de su consejo de administración; Importe de la Deuda; Período que abarca la Deuda Reclamada.

D. ANTONIO TEJERO GARCIA C/ PETUNIAS Nº 1 5 28230 LAS ROZAS DE MADRID- 28 02 09 00179176 LEYENDAS URBANAS SL-6.952,86 EUROS DE OCTUBRE DEL2008 A FEBRERO DEL 2009.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRAMITE DE AUDIENCIA DE ACUERDO CON EL ARTICULO 84.2 DE LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE, A SUJETOS NO LOCALIZADOS, PREVIO A LA DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD SOLIDARIA.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (Boletín Oficial del Estado del 29), según redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social (Boletín Oficial del Estado del 11), y en virtud de lo previsto en el artículo 262 apartado 5, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (Boletines Oficiales del Estado de 27/12/89 y 01/02/90) o en el artículo 105, apartados 1 y 4, en conexión con el artículo 104, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95, de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada ( Boletín Oficial del Estado del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por lo que en ellos se describen, por lo que en su caso daría lugar a la apertura del correspondiente expediente de derivación de responsabilidad conforme se señala en el artículo 13.2 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Seguridad Social (Boletín Oficial del Estado del 25), y de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 13 del mismo texto.

De los antecedentes que obran en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, ha podido comprobarse que los sujetos que a continuación se relacionan, son o fueron administradores o miembros de los Consejos de Administración, de las sociedades mercantiles que se citan, las cuales mantienen una deuda con la Unidad de Recaudación Ejecutiva citada en el encabezamiento cuyo importe y período se señala en la relación que se adjunta.

Por haber resultado infructuosa las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio de los citados sujetos, procede practicar la notificación de las comunicaciones previas a la posible declaración de derivación de responsabilidad que se relacionan en virtud de lo previsto en los artículos 59,4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según redacción dada por la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992 (Boletín Oficial del Estado del 14/1/99).

En cualquier caso el administrador o miembro del consejo de administración designado en la relación, en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, podrá efectuar las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84,2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial del Estado del 29).Para conocimiento del contenido del expediente de apremio que consta a nombre de la mercantil indicada, el interesado podrá comparecer, si lo estima oportuno, en los locales de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, sita en la Calle Guzmán el Bueno, número 30, código Postal 28015 Madrid,

En Madrid, a 29 de March de 2010. EL RECAUDADOR EJECUTIVO, ANTONIO LÓPEZ LÓPEZ.

Nombre del administrador o miembro del Consejo de Administración; Dirección del envío; Código Postal; Localidad de envío; Provincia del envío; Número del expediente administrativo de apremio; Empresa o sociedad mercantil de la que es administrador o miembro de su consejo de administración; Importe de la Deuda; Período que abarca la Deuda Reclamada.

D. FRANCISCO JAVIER CARMONA MARTINEZ AVDA DE ESPAÑA Nº 13 28220 MAJADAHONDA- 28 02 09 00258089 FLAMENQUITO Y TAPAS LA ESPUELA SL21.434,64 EUROS DE NOVIEMBRE DEL2008 A NOVIEMBRE DEL 2009.

URE 28/08.

EDICTO.

NOTIFICACIÓN DE DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

D. Agustín Rama Manzano, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/08/ de Madrid, C/ Juan de Urbieta, 44.

HACE SABER: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor: DURAN BEZANILLA JOSE, con documento nacional de identidad 005347195V, por débitos a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue C/ MENENDEZ PELAYO, Nº 9- LC – 28009 – MADRID se procedió con fecha 23– 02. — 10 al embargo de los bienes inmuebles, cuya diligencia a continuación se transcribe:

DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social a mi cargo, expediente administrativo de apremio contra el deudor DURAN BEZANILLA JOSE, con Nº de Expediente 28/08/10/00035930 por deudas a la Seguridad Social que corresponden al siguiente detalle:

Importe Principal: 3.354,81.

Recargo de Apremio: 670,96.

Costas Presupuestadas 400,00.

Costas Devengadas: 20,92.

Intereses Demora: 667,29.

Total Débitos: 5.113,98.

Y en cumplimiento de la Providencia de Embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio) DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertinentes al deudor que se describen a continuación:

Finca Número: 01.

Finca Registral: 27704.

Datos Registrales:Nº 27.

Tomo: 659 Libro: 659 Folio: 116.

Tipo de finca: URBANA,

Descripción Finca: 100% PLENO DOMINIO GANANCIAL DE VIVIENDA EN MADRID.

Domicilio: TIPO VIA: AV NOMBRE VIA: DE LOS ARQUEROS Nº VIA: 21 BIS-Nº VIA ESC: A PISO: 3º PUERTA: C COD-POST: 28024. COD-MUNI: 28079.

TITULARES:

JOSE DURAN BEZANILLA, D.N.I.: 05347195V.

MARIA MERCEDES HARO FERNANDEZ, D.N.I.:50036905Z.

100% DEL PLENO DOMINIO PARA SU SOCIEDAD DE GANANCIALES.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que a día de la fecha asciende a la cantidad antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso a su cónyuge, a los terceros poseedores, a los acreedores hipotecarios y a los anotantes anteriores, indicando que los bienes serán tasado por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de la deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado.

No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva en su caso.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicaran las reglas siguientes:

-Si la diferencia entre ambas no excede del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la más alta.

-Si, por el contrario, la diferencia entre ambas excede del 20% queda convocado en su condición de deudor para dirimir las diferencias en e plazo de quince días siguientes a la presentación de la peritación contradictoria y si se logra acuerdo, hacer una sola.

-Cuando no exista acuerdo entre las partes, está Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitiva aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.

Todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva de embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los inmuebles embargados, en el termino de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contando a partir de la publicación de este EDICTO, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de Seguridad Social, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por Ley 42/1994, de 30 de diciembre(“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Se advierte por último que transcurridos OCHO DIAS desde la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del AYUNTAMIENTO correspondiente sin que haya comparecido el deudor o los cotitulares en las oficinas de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, se les tendrá por notificados de las sucesivas diligencias hasta que finalice la substanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que les asiste a comparecer.

Madrid a 24 Marzo de 2010. El Recaudador Ejecutivo, Agustín Rama Manzano.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN AL DEUDOR DE VALORACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS.

D. Agustín Rama Manzano, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/08, con sede en la calle Juan de Urbieta, número 44. — 28007. — Madrid.

HACE SABER: que los expedientes administrativos de apremio que se instruyen en esa Unidad de Recaudación Ejecutiva contra los deudores de referencia, por deudas a la Seguridad Social, se procedió al embargo de bienes inmuebles de su propiedad. Como interesados se les notifica que los bienes embargados han sido tasados por esa Unidad de Recaudación Ejecutiva, según se transcribe en relación adjunta, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviesen conformes con la tasación fijada, podrán presentar valoración contradictoria, en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la presente notificación. En el caso de existir discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro tasador, que deberá realizar nueva valoración en el plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los limites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio, (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN FORMA y demás efectos Pertinentes a los destinatarios, en su condición de deudores se expide la presente notificación.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrán formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contado a partir de su recepción por el.

interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (“Boletín Oficial del Estado” del día 27) de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

RELACIÓN DE INMUEBLES EMBARGADOS (CON VALORACIÓN DE LOS MISMOS):

DEUDOR: LOPEZ GARCIA JOSE.

EXPEDIENTE: 28080900338825.

D.N.I. — CIF.: 002504275N.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS DE LA FINCA URBANA.

DESCRIPCOIÓN DE LA FINCA: 100% PLENO DOMINIO PRIVATIVO DE LOCAL EN MADRID.

TIPO DE VIA: CL NOMBRE DE LA VIA: VALMOJADO Nº DE VIA: 243 ESC: PISO: PUERTA: 1 COD. POST: 28047 COD MUNI: 28079.

DATOS REGISTRO:

Nº REG.: 09. Nº TOMO: 501. NºLIBRO: 501. Nº FOLIO: 24. Nº FINCA: 42677.

IMPORTE DE TASACION: 90.006,36 Euros.

Madrid a 24 de marzo de 2010. El Recaudador Ejecutivo, Agustín Rama Manzano.

EDICTO.

NOTIFICACIÓN DE DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

D. Agustín Rama Manzano, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/08/ de Madrid, C/ Juan de Urbieta, 44.

HACE SABER: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor: RODRIGUEZ CARBALLO RAQUEL, con documento nacional de identidad 001177629Y, por débitos a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue C/ FRESNO DE CANTESPINO, Nº 15-2- BJ-A – 28051 – MADRID se procedió con fecha 29– 01. — 10 al embargo de los bienes inmuebles, cuya diligencia a continuación se transcribe:

DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social a mi cargo, expediente administrativo de apremio contra el deudor RODRIGUEZ CARBALLO RAQUEL, con Nº de Expediente 28/08/08/00030115 por deudas a la Seguridad Social que corresponden al siguiente detalle:

Importe Principal: 689,99.

Recargo de Apremio: 138,00.

Costas Presupuestadas 50,00.

Costas Devengadas: 20,92.

Intereses Demora: 114,28.

Total Débitos: 1.013,19.

Y en cumplimiento de la Providencia de Embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio) DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertinentes al deudor que se describen a continuación:

Finca Número: 01.

Finca Registral: 25571.

Datos Registrales:Nº 20.

Tomo: 1255 Libro: 263 Folio: 204.

Tipo de finca: URBANA,

Descripción Finca: 50% PLENO DOMINIO PRIVATIVO DE VIVIENDA EN MADRID.

Domicilio: TIPO VIA: CL NOMBRE VIA: PLAN PARCIAL UZP Nº VIA: BIS-Nº VIA ESC: PISO: BJ PUERTA: A COD-POST: 28051.

COD-MUNI: 28079.

TITULARES:

PEDRO CORROCHANO SAENZ, D.N.I.: 052502437S. DUEÑO DEL 50% EN PLENO DOMINIO CON CARÁCTER PRIVATIVO POR TITULO DE COMPRAVENTA.

RAQUEL RODRIGUEZ CARBALLO, D.N.I.:50036905Z. DUEÑO DEL 50% EN PLENO DOMINIO CON CARÁCTER PRIVATIVO POR TITULO DE COMPRAVENTA.

GRAVADA CON SERVIDUMBRE DE INSTALACION DE ENERGIA ELECTRICA. SERVIDUMBRE PERSONAL VOLUNTARIA DE TENENCIA Y MANTENIMIENTO DE USO DE UN LOCAL DESTINADO A INSTALACION DE ENERGIA ELECTRICA COMPUESTA DE UN CENTRO DE TRANSFORMACION.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que a día de la fecha asciende a la cantidad antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso a su cónyuge, a los terceros poseedores, a los acreedores hipotecarios y a los anotantes anteriores, indicando que los bienes serán tasado por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de la deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado.

No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva en su caso.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicaran las reglas siguientes:

-Si la diferencia entre ambas no excede del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la más alta.

-Si, por el contrario, la diferencia entre ambas excede del 20% queda convocado en su condición de deudor para dirimir las diferencias en e plazo de quince días siguientes a la presentación de la peritación contradictoria y si se logra acuerdo, hacer una sola.

-Cuando no exista acuerdo entre las partes, está Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitiva aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.

Todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva de embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los inmuebles embargados, en el termino de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contando a partir de la publicación de este EDICTO, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de Seguridad Social, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por Ley 42/1994, de 30 de diciembre(“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Se advierte por último que transcurridos OCHO DIAS desde la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del AYUNTAMIENTO correspondiente sin que haya comparecido el deudor o los cotitulares en las oficinas de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, se les tendrá por notificados de las sucesivas diligencias hasta que finalice la substanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que les asiste a comparecer.

Madrid a 24 Marzo de 2010. El Recaudador Ejecutivo, Agustín Rama Manzano.

EDICTO.

NOTIFICACIÓN DE DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

D. Agustín Rama Manzano, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/08/ de Madrid, C/ Juan de Urbieta, 44.

HACE SABER: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor: VELASCO MORENO ENCARNACION, con documento nacional de identidad 051698523C, por débitos a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue C/ CARMEN DE BURGO, Nº 4 -1º-D – 28021 – MADRID se procedió con fecha 18– 03. — 10 al embargo de los bienes inmuebles, cuya diligencia a continuación se transcribe:

DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social a mi cargo, expediente administrativo de apremio contra el deudor VELASCO MORENO ENCARNACION, con Nº de Expediente 28/08/09/00116432 por deudas a la Seguridad Social que corresponden al siguiente detalle:

Importe Principal: 742,55.

Recargo de Apremio: 148,52.

Costas Presupuestadas 50,00.

Costas Devengadas: 27,84.

Intereses Demora: 34,31.

Total Débitos: 1.003,22.

Y en cumplimiento de la Providencia de Embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio) DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertinentes al deudor que se describen a continuación:

Finca Número: 02.

Finca Registral: 14099.

Datos Registrales:Nº 41.

Tomo: 1796 Libro: 209 Folio: 15.

Tipo de finca: URBANA,

Descripción Finca: 100%GANANCIAL DE LA VIVIENDA EN MADRID.

Domicilio: TIPO VIA: CL NOMBRE VIA: CARMEN DE BURGOS Nº VIA: 4 BIS-Nº VIA ESC: PISO: 1º PUERTA: D COD-POST: 28021.

COD-MUNI: 28079.

TITULARES:

AGUSTIN PALOMO MAYORAL,

D.N.I.: 052502437S.

ENCARNACION VELASCO MORENO.

D.N.I.: 051698523C.

LA TOTALIDAD DEL PLENO DOMINIO CON CARÁCTER GANANCIAL.

SERVIDUMBRE A FAVOR DE UNION FENOSA DISTRIBUCION, S.A.

HIPOTECA A FAVOR BANCO SANTANDER, S.A.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que a día de la fecha asciende a la cantidad antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso a su cónyuge, a los terceros poseedores, a los acreedores hipotecarios y a los anotantes anteriores, indicando que los bienes serán tasado por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de la deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado.

No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva en su caso.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicaran las reglas siguientes:

-Si la diferencia entre ambas no excede del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la más alta.

-Si, por el contrario, la diferencia entre ambas excede del 20% queda convocado en su condición de deudor para dirimir las diferencias en e plazo de quince días siguientes a la presentación de la peritación contradictoria y si se logra acuerdo, hacer una sola.

-Cuando no exista acuerdo entre las partes, está Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitiva aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.

Todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva de embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los inmuebles embargados, en el termino de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contando a partir de la publicación de este EDICTO, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de Seguridad Social, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por Ley 42/1994, de 30 de diciembre(“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Se advierte por último que transcurridos OCHO DIAS desde la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del AYUNTAMIENTO correspondiente sin que haya comparecido el deudor o los cotitulares en las oficinas de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, se les tendrá por notificados de las sucesivas diligencias hasta que finalice la substanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que les asiste a comparecer.

Madrid a 24 Marzo de 2010. El Recaudador Ejecutivo, Agustín Rama Manzano.

URE 28/10.

EDICTO.

D. Rafael Bacete Silva, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva nº 28/10, con domicilio en la C/ Miguel Fleta nº 3 de Madrid.

HAGO SABER: que con fecha de hoy he dictado la siguiente diligencia en el expediente que en ella misma se expresa:

DILIGENCIA DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES HALLANDOSE EL DEUDOR EN PARADERO DESCONOCIDO.

"Diligencia: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra ANGELES FERNANDEZ RODRIGUEZ Expte.: 28 10 05 00097894 y C.I.F. 002621282H, con domicilio en Calle Castillo de Uclés nº 8 2º B.(28037) Madrid, y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el art. 1447 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

URBANA.VIVIENDA. — En calle Castillo de Uclés nº 8 2º b. — Referencia catastral 6955709vk4765f00052w, con una superficie construida de 62,89 metros cuadrados. — El dominio de esta finca figura inscrito en el Registro de la Propiedad de Madrid nº 17, Tomo 2379, Libro 1393; Folio 86, Finca nº 9128.

DEBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad ampliada de 4.262,18 euros comprensivos de 3.273,81 euros de principal, 654,78 euros de recargo, 333,59 euros de intereses; por descubiertos de cuotas de los periodos siguientes:

REGIMENAUTONOMOS.

De 03/2008; 03/2007; 04/2007; 06/2007;05/2007; 05/2008; 06/2008; 07/2008; 08/2008; 10/2008; 12/2008; 01/2009.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva de embargo en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Hallándose el deudor en paradero ignorado, notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Madrid, en cumplimiento de lo que establece el art. 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. Del día 25) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social".

Lo que se hace público, en cumplimiento de los Recursos del sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor, y si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos los que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto podrá interponerse de conformidad con lo establecido en el art. 46.1 del R.D. 1415/2004, recurso ante el Director Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social, dentro del mes siguiente a la fecha de la notificación de este edicto, sin que ello implique suspensión del procedimiento, excepto en términos y cumplidas que sean las condiciones establecidas en el art. 46.2 del Reglamento General de Recaudación, ya mencionado.

ANUNCIO DE SUBASTA DE BIENES MUEBLES.

El Jefe de la Unidad de Recaudación ejecutiva número 10 de Madrid.

HACE SABER: En el expediente administrativo de apremio 28 10 07 00217786 que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor “De Pace ---- Michele “, por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente:

“PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 02 de marzo de 2010, la subasta de bienes muebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en el procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 04 de mayo de 2010, a 10:00 horas, en C/ Agustín de Foxá 28-30 de Madrid.

Y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del día 25).

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta son los indicados en relación adjunta.

Notifíquese esta providencia al deudor, al depositario de los bienes embargados, al cónyuge, a los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, podrán liberarse los mismos, pagando el importe total de la deuda, incluido el principal, recargo, intereses y costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes.”.

En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente:

1. — Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta son los indicados en relación adjunta, distribuidos en lotes.

2. — Los bienes se encuentran en poder del depositario T.G.S.Social y podrán ser examinados por aquellos a quienes interesen en AV DE LA INDUSTRIA 22-B 28028. — COSLADA previa solicitud a la Unidad de Recaudación ejecutiva actuante, desde el día 05 de abril de 2010 hasta el día 4 de mayo de 2010, en horario de 9 a 14 horas.

3. — Cuando se trate de bienes inscribibles en registros públicos, los licitadores habrán de conformarse con los titulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros, de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos previstos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria,y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título V de dicha Ley.

4. — Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción.

5. — Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo el plazo de la presentación de las mismas de 05-04-2010 A 04-05-2010.

Los licitadores presentarán sus posturas en sobre cerrado e independientemente para cada bien o lote de bienes, indicándose en su exterior el número de dicho bien o lote, e incluyendo en su interior copia del documento de identificación y de la acreditación de la representación con que, en su caso, se actúe así como el importe de la postura con la firma del interesado.

Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por ciento del tipo de subasta.

6. — Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por ciento del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por ciento del tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito.

7. — Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por ciento del tipo de subasta.

8. — El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades en que pudiese incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación.

9. — La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieran formalizado para la constitución del depósito.

10. — Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su celebración.

11. — Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo de 30 días; en ese caso, se adjudicará el bien subastado, notificándose así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el depósito que hubiera constituido, y, en su caso, el resto del precio satisfecho.

12. — Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado,incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo del adjudicatario.

13. — Mediante el presente Anuncio, se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido.

14. — En lo no dispuesto expresamente en el presente Anuncio de Subasta se estará a lo establecido en el.

Reglamento General de Recaudación citado.

ADVERTENCIAS:

“El depósito que se constituya el mismo día de la subasta por un 30% del tipo ha de ser mediante cheque certificado, visado o conformado, y nominativo a favor de tesoreria general de seguridad social.”.

Relación de bienes que se subastan:

Número de Lote: 1.

BIEN: FORD FOCUS. Valor de Tasación: 7.024,00.

Matrícula – 1346 DHX Carga Preferente.: 0,00.

Valor Bien: 7.024,00.

Valor Lote: 7.024,00.

URE 28/14.

EDICTO DILIGENCIA EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

Dª. Estrella del Olmo García, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva nº 28/14, de las de Madrid, con domicilio en la calle Cáceres nº 4.

HACE SABER:? Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, contra TEOFILA FAMILIA MENDEZ, N.I.E. 0X2537150C, por deudas a la Seguridad Social en el Régimen Especia de Autónomos, se dictó con fecha 8 de marzo de 2010 diligencia de embargo de bienes inmuebles, y no habiendo sido posible la notificación de la misma al cotitular del inmueble, FRANCISCO SUERO MORA, N.I.E. X3262458T en los domicilios conocidos, se realiza a través de la publicación de este Edicto:

“Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social, expediente administrativo de apremio contra el deudor/a TEOFILA FAMILIA MENDEZ, N.I.E. X2537150C, por débitos a la Seguridad Social en el Régimen Especial de Autónomos por descubiertos totales en los períodos: 11 y 12/2008 y 1 a 6/2009, por un importe principal de 1.916,92. — euros (mil novecientos dieciséis euros y noventa y dos céntimos), más 383,40. — (trescientos ochenta y tres euros y cuarenta céntimos), correspondientes al recargo de apremio, más 96,92. — (noventa y seis euros y noventa y dos céntimos) de intereses, más 100,00. — (cien euros) de costas presupuestadas; TOTAL: 2.497,24. — (dos mil cuatrocientos noventa y siete euros y veinticuatro céntimos).

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio, (B.O.E. Del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen a continuación.

URBANA: 50% pleno dominio vivienda piso sin anejos en Madrid, Av. Cerro de los Angeles nº 36, piso 2º, puerta D. Superficie construida: 66 m/2. Cuota de participación: 5,05 m/2.

TITULARIDAD: Inscrito a favor del deudor, 50% pleno dominio para su sociedad de gananciales en el Registro de la Propiedad nº 53 de Madrid, al tomo 2763, libro 2763, folio 49, finca 58434A.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presenta notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Contra este acto cabe interponer Recurso de Alzada, ante la Subdirección de Recaudación Ejecutiva de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, en el plaza de UN MES, contado a partir del dia de su publicación en el BOCM, de conformidad con lo previsto en el artículo 46.1 del Reglamento antes citado, debiendo acompañar al escrito la prueba documental correspondiente, advirtiendo que transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso ordinario sin que recaiga resolución expresa sobre el mismo, éste se entenderá desestimado a todos los efectos. Madrid, a 18 de marzo de 2010. — El Recaudador Ejecutivo: Dª ESTRELLA DEL OLMO GARCIA.

URE 28/17.

PROVIDENCIA DE SUBASTA DE BIENES INMUEBLES.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva nº 17 de ALCOBENDAS (MADRID), D. Juan Luís Suárez Romero.

HACE SABER: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor, FRANCESCHI DOMINGUEZ PAOLO MICHEL, C.I.F. 053004792G, EXPEDIENTE 28/17/07/2943/61, por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente:

“PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 05 DE MARZO DE 2010 la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 11 DE MAYO DE 2010, a las 10,00 horas en la calle Agustín de Foxá, 28/30 (Entrada por la C/ Manuel Ferrero, 15 (MADRID), y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (B.O.E. del día 25), siendo el plazo para presentar posturas en sobre cerrado hasta el día hábil inmediatamente anterior a la celebración de la subasta.

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta, son los indicados a continuación.

URBANA en Albalate de Zorita, Guadalajara, parcela de terreno nº 11 del polígono GX que forma parte del conjunto residencial Nueva Sierra. Tiene una superficie de 596 m2. Titulares: -Paolo de Franceschi Dominguez 20% del pleno dominio lo que es objeto de este embargo; -Alessandro, Barbara Anne, Silvana y Bruna de Franceschi Durieux, 20% del pleno dominio, cada uno de ellos. Todos ellos con carácter privativo y adquirida por segregación compra y herencia.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Pastrana, tomo 1068, libro 0079, folio 066, finca 09329 de Albalate de Zorita.

Importe de tasación: 4.452,12 euros.

Tipo de subasta: 4.452,12 euros.

Notifíquese esta Providencia al deudor y, en su caso, a los terceros poseedores, al depositario de los bienes embargados, al cónyuge, a los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, podrán liberarse los mismos pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargos, intereses, y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes.

Madrid a 05 de marzo de 2010 El director provincial Rodrigo Mares Ramirez.

URE 28/19.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE ACTOS DE GESTIÓN DE RECAUDACIÓN EJECUTIVA.

José Manuel Ruíz Gómez-Caro, Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva 28/19, sita en la C/ Las Moreras, 50-52 de Aranjuez.

HACE SABER: Que por haber resultado infructuosas las notificaciones realizadas en el último domicilio conocido del deudor, practicadas conforme a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio, (BOE de 25 de junio), que remite a los artículos 58 a 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. Del 27), según la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero (B.O.E. Del 14), se recurre a la notificación por edictos de los actos dictados a los apremiados que se relacionan, incursos en procedimientos seguidos por débitos a la Seguridad Social, haciendo constar que el presente edicto se hace público a los efectos de que sirva de notificación al deudor.

ACTOS QUE SE NOTIFICAN.

TRAMITE DE AUDIENCIA.

De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que los interesados que abajo se relacionan son figuran o han figurado como administradores o miembros del consejo de administración de la Sociedad que asimismo se indican y que mantienen una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total señalado.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (B.O.E. del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BOE de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (B.O.E. del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por del R.D. 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto.

A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda mantenida por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a 15 días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva nº 28/19 de las de Madrid, sita en la Calle Moreras, nº 50, 28300-Aranjuez, Teléfono 91 8920955. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se le requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar.).

Expediente: 28190700159741.

Administrador/miembro del consejo de administración: JESUS CORDOBA TRAVE.

Domicilio: AV. LAS CANTERAS, 53 28340 VALDEMORO.

Sociedad deudora con la Seguridad Social: CERRAJERIA FERNANDEZ CORDOBA, S.L.

Importe de la deuda: 17.172,04 Euros. Periodo de la deuda/09/2006 a 06/2008.

Expediente: 28190700159741.

Administrador /miembro del consejo de administración: JESUS CORDOBA TRAVE.

Domicilio: AV. LIMA, 35 28945 FUENLABRADA.

Sociedad deudora con la Seguridad Social: CERRAJERIA FERNANDEZ CORDOBA, S.L.

Importe de la deuda: 17.172,04 Euros. Periodo de la deuda/09/2006 a 06/2008.

Expediente: 28190700159741.

Administrador/miembro del consejo de administración: JAIME FERNANDEZ CONTRERAS.

Domicilio: CL. MARIA AUXILIADORA, 16 28917 LEGANES.

Sociedad deudora con la Seguridad Social: CERRAJERIA FERNANDEZ CORDOBA, S.L.

Importe de la deuda: 17.172,04 Euros. Periodo de la deuda/09/2006 a 06/200.

Expediente: 28190800042661.

Administrador/miembro del consejo de administración: MIRIAM REVUELTA PEREZ.

Domicilio: CL.RAMON Y CAJAL, 37 28350 CIEMPOZUELOS.

Sociedad deudora con la Seguridad Social: INMOBILIARIA Y GESTION MIRIAM Y CRISTINA, S.L.

Importe de la deuda: 9.758,35 Euros. Periodo de la deuda/06/2007 a 05/2008.

Expediente: 28190800053977.

Administrador/miembro del consejo de administración: JUAN CARLOS TAVIRA MARTIN.

Domicilio: CL. CONCHA, 18 28300 ARANJUEZ.

Sociedad deudora con la Seguridad Social: ROMAES 2007 ASOCIADOS, S.L.

Importe de la deuda: 11.064,21 Euros. Periodo de la deuda/06/2007 a 10/2008.

Expediente: 28190800064485.

Administrador/miembro del consejo de administración: MONTSERRAT SERRANO AVILA.

Domicilio: MANUEL MIRALLES, 14 28320 PINTO.

Sociedad deudora con la Seguridad Social: SUR HABITAT GESTION INMOBILIARIA, S.L.

Importe de la deuda: 12.404,30 Euros. Periodo de la deuda/05/2007 a 09/2008.

Expediente: 28190700207332.

Administrador/miembro del consejo de administración: PATRICIA MADROÑO RAFOLS.

Domicilio: EDUARDO CHILLIDA, 84, PTAL.3, 2º G 28320 PINTO.

Sociedad deudora con la Seguridad Social: CIOTEXTIL S.L.

Importe de la deuda: 53.730,07 Euros. Periodo de la deuda/05/2007 a 02/2009.

Expediente: 28190800118443.

Administrador/miembro del consejo de administración: DAOUD HAMID.

Domicilio: CAMINO DE LA ESTACION COREOS, 3 BH 28595 ESTREMERA.

Sociedad deudora con la Seguridad Social: NEGOCIOS DAOUD, S.L.

Importe de la deuda: 128.564,45 Euros. Periodo de la deuda/10/2007 a 02/2009.

Expediente: 28190900023490.

Administrador/miembro del consejo de administración: MIGUEL ANGEL MORON TARIFA.

Domicilio: CL. EMBAJADORES, 186 28045 MADRID.

Sociedad deudora con la Seguridad Social: MMF GERVAL CONSTRUTEL, S.L.

Importe de la deuda: 167.792,23 Euros. Periodo de la deuda/01/2008 a 04/200.

Expediente: 28190800184424.

Administrador/miembro del consejo de administración: MIGUEL ANGEL MORON TARIFA.

Domicilio: CL. EMBAJADORES, 186 28045 MADRID.

Sociedad deudora con la Seguridad Social: M & M VALDFITNESS, S.L.

Importe de la deuda: 74.596,45 Euros. Periodo de la deuda/10/2007 a 03/200.

Expediente: 28190800200588.

Administrador/miembro del consejo de administración: EMILIO ORTEGA RAMIREZ.

Domicilio: NICARAGUA, 16 28320 PINTO.

Sociedad deudora con la Seguridad Social: MECANIZADOS DAEJO, S.L.

Importe de la deuda: 174.696,36 Euros. Periodo de la deuda/09/2007 a 03/2009.

EDICTO.

José Manuel Ruiz Gómez-Caro, Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva 28/19 de Aranjuez HACE SABER que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. Del 27), según la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero (B.O.E. Del 14) que modifica la anterior y el artículo 9 del R.D. 1415/2001, de 11 de junio (B.O.E. 25 de junio) y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicar por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procediendo se especifican en relación adjunta.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación es esta Dirección Provincial, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos, en la calle Moreras, número 50, de la localidad de Aranjuez.

Asimismo, se advierte a los interesados que de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Actos que se notifican: Documentos de reclamación INEM.

Documento de reclamación: 28 09 50925185. Deudor: COBEÑAS IMAN CARLOS PORFIRIO. Domicilio: NEGRITAS, 26. Localidad: 28340 VALDEMORO (MADRID).

Documento de reclamación: 28 09 50925185. Deudor: COBEÑAS IMAN CARLOS PORFIRIO. Domicilio: TRAVESIA DE CORDERO, 2, 1º A. Localidad: 28340 VALDEMORO (MADRID). Documento de reclamación: 28 09 50927512. Deudor: PASTOR CALAFAT JESUS F. Domicilio: CAÑADA REAL DE TOLEDO, 5, 1º 3. Localidad: 28320 PINTO (MADRID).

Documento de reclamación: 28 09 50913869. Deudor: DIAZ MARTINEZ JUAN ANTONIO. Domicilio: MAR, 32, 4º B.. Localidad: 28300 ARANJUEZ (MADRID).

Documento de reclamación: 28 09 50912556. Deudor: LOPEZ PEREZ EVA. Domicilio: FAISANES, 7, 1 A. Localidad: 28300 ARANJUEZ (MADRID).

Documento de reclamación: 28 09 50914475. Deudor: MARICA DUMITRU CRISTIA. Domicilio: JUCAR, 2. Localidad: 28529 RIVAS VACIAMADRID (MADRID).

URE 28/24.

EDICTO.

NOTIFICACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

D. FRANCISCO GUZMAN GOMEZ SELLES, Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social nº 24 de Madrid, sita en la calle Manuel Sandoval, 5 de Torrejón de Ardoz.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra ZAZO RUA RAUL con código cuenta de cotización nº 07 210030927381 por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en CL RIO MANZANARES 1 SOTO REL REAL se procedió con fecha 10-2-2010 al embargo de bienes inmuebles, cuya diligencia a continuación se transcribe:

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor RAUL ZAZO ARIAS, con D.N.I/N.I.F. Número 7219085Y., por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle:

IMPORTE PRINCIPAL: 16669,80 EUROS.

RECARGO DE APREMIO: 4128,87 EUROS.

INTERESES: 1643,17 EUROS.

COSTAS DEVENGADAS: 4,76 EUROS.

COSTAS PRESUPUESTAS: 2078 EUROS.

TOTAL DEBITOS: 24524,60 EUROS.

Y en cumplimiento de la Providencia de Embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1415/2004 de l1 de junio) DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen al final de esta diligencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de dicho Reglamento.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores, a los acreedores hipotecarios y a los anotantes anteriores, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado.

No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, en su caso.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:

- Si la diferencia entre ambas no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.

- Si, por el contrario, la diferencia entre ambas excede del 20%, queda convocado en su condición de deudor para dirimir las diferencias en el plazo de 15 días siguientes a la presentación de la peritación contradictoria y, si se logra acuerdo, hacer una sola.

- Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.

Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS.

FINCA NUMERO 1:

REGISTRO DE LA PROPIEDAD COLMENAR VIEJO 2.

TOMO: 877 LIBRO: 116 FOLIO: 78 FINCA: 989.

DESCRIPCION. 100% DEL PLENO DOMINIO DE LA VIVIENDA UNIFAMILIAR EN SOTO DEL REAL, CL RIO MANZANARES 1. SUPERFICIE CONSTRUIDA 62,80 M2, TERRENO 142,35 M2. VIVIENDA DE PROTECCION OFICIAL. COLONI LA AGUSTINA.

Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de OCHO DIAS, comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 85, 86 y 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del día 25).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de la publicación de este EDICTO, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (B.O.E. del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Torrejón de Ardoz, 18 de marzo de 2010. EL JEFE DE U.R.E.

EDICTO.

NOTIFICACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

D. FRANCISCO GUZMAN GOMEZ SELLES, Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social nº 24 de Madrid, sita en la calle Manuel Sandoval, 5 de Torrejón de Ardoz.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra BALDOMERO GONZALEZ ENRIQUEZ con código cuenta de cotización nº 07 280332475776 por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en CL GUADALJARA 24 DE COBEÑA se procedió con fecha 08-02-2010 al embargo de bienes inmuebles, cuya diligencia a continuación se transcribe:

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor BALDOMERO GONZALEZ ENRIQUEZ, con D.N.I/N.I.F. Número 51608612Q., por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle:

IMPORTE PRINCIPAL: 914,83 EUROS.

RECARGO DE APREMIO: 182,97 EUROS.

INTERESES: 40,54 EUROS.

COSTAS DEVENGADAS: 10,46 EUROS.

COSTAS PRESUPUESTAS: 109 EUROS.

TOTAL DEBITOS: 1257,80 EUROS.

Y en cumplimiento de la Providencia de Embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1415/2004 de l1 de junio) DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen al final de esta diligencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de dicho Reglamento.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores, a los acreedores hipotecarios y a los anotantes anteriores, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado.

No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, en su caso.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:

- Si la diferencia entre ambas no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.

- Si, por el contrario, la diferencia entre ambas excede del 20%, queda convocado en su condición de deudor para dirimir las diferencias en el plazo de 15 días siguientes a la presentación de la peritación contradictoria y, si se logra acuerdo, hacer una sola.

- Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.

Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS.

FINCA NUMERO 1:

REGISTRO DE LA PROPIEDAD TORREJON DE ARDOZ Nº 2.

TOMO: 3283 LIBRO: 59 FOLIO: 98 FINCA: 4252.

DESCRIPCION. 100% DEL PLENO DOMINIO DE LA VIVIENDA UNIFAMILIAR EN COBEÑA, CL GUADALAJARA 24. SUPERFICIE TERRENO 204 M2, CONSTRUIDA 180 M2, OCUPADAPOR LA EDIFICACION 60 M2, UTIL 139,35 M2. CUOTA 4,277%.

Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de OCHO DIAS, comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 85, 86 y 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del día 25).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de la publicación de este EDICTO, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (B.O.E. del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Torrejón de Ardoz, 18 DE MARZO DE 2010. EL JEFE DE U.R.E.

EDICTO.

PROVIDENCIA DE SUBASTA DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS.

“Providencia: Una vez autorizada, con fecha 01 de marzo de 2010, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor PERFECTO CONTRERAS SANCHEZ, con DNI, 51830703L, y C.C.C. 07 280146950243., que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra dicho deudor, procédase a la celebración de la citada subasta el día 11 DE MAYO DE 2010, a las 10:00 HORAS, en MADRID, calle AGUSTIN DE FOXA, 28-30, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2005 de 11 de junio (B.O.E. Del día 25), siendo el plazo para presentar posturas en sobre cerrado hasta el día hábil inmediatamente anterior a la celebración de la subasta.

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta su venta, así como su tipo de subasta, es el indicado en relación adjunta.

Notifíquese esta providencia al deudor, al depositario de los bienes embargados y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge de dicho deudor, a los condueños, y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán el apremiado o los acreedores citados liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, en cuyo caso se suspenderá la subasta de bienes.”.

DESCRICIPON ADJUNTA DE BIENES QUE SE DECRETA SU VENTA CON TIPO DE SUBASTA:

FINCA NUM: 1.

Datos del Registro: REGISTRO 3 DE TORREJON, TOMO 3200, LIBRO 558, FOLIO 21 Y FINCA 41441.

Descripción finca 100% DEL PLENO DOMINIO DE LA PLAZA DE GARAJE, CL VEREDILLA, ROMA, LONDRES Y LISBOA S/N, PLAZA Nº 441, SUPERFICIE 12 M2, CONDICION RESOLUTORIA PENDIENTE DE CANCELAR.

Importe tasación: 17.408 euros. CARGA: 0 euros.

Tipo de subasta: 17.408 euros.

Torrejón de Ardoz, 23 de marzo de 2010. EL RECAUDADOR EJECUTIVO.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRAMITE DE AUDIENCIA DE ACUERDO CON EL ARTICULO 84.2 DE LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE, A SUJETOS NO LOCALIZADOS, PREVIO A LA DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD SOLIDARIA.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (B.O.E. del 29), según redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de deposiciones específicas en materia de Seguridad Social (B.O.E. del 11), y en virtud de lo previsto en el artículo 262 apartado 5, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BOE de 27-12-89 y 01-02-90) o en el artículo 105, apartados 1 y 4, en conexión con el artículo 104, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada (B.O.E. del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por lo que en su caso daría lugar a la apertura del correspondiente expediente de derivación de responsabilidad conforme se señala en el artículo 12.2 del R.D. 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Seguridad Social (B.O.E. del 25), y de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 13 de mismo texto.

De los antecedentes que obran en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, ha podido comprobarse que los sujetos que a continuación se relacionan, son o fueron administradores o miembros de los Consejos de Administración, de las sociedades mercantiles que se citan, las cuales mantienen una deuda con la Unidad de Recaudación Ejecutiva citada en el encabezamiento cuyo importe y período se señala en la relación que se adjunta.

Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio de los citados sujetos, procede practicar la notificación de las comunicaciones previas a la posible declaración de derivación de responsabilidad que se relacionan en virtud de lo previsto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según redacción dada por la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992 (B.O.E. del 14-1-99).

En cualquier caso, el administrador o miembro del consejo de administración designado en la relación, en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, podrá efectuar las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 29).

Para conocimiento del contenido del expediente de apremio que consta a nombre de la mercantil indicada, el interesado podrá comparecer, si lo estima oportuno, en los locales de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, sita en la Calle Manuel Sandoval, 3-5, Torrejón de Ardoz l- 28850. — Madrid.

En Madrid, a 29 March 2010. EL RECAUDADOR EJECUTIVO. Francisco Guzmán Gómez-Sellés.

Nº del Documento Nacional de Identidad del Administrador o miembro del Consejo de Administración 43.661.183F; Nombre del Administrador o miembro del Consejo de Administración LUIS RODRIGUEZ GARCÍA; Dirección del envío C/ MARTE, 1 – 3º B; Código Postal 28850; Localidad del envío TORREJÓN DE ARDOZ; Provincia del envío MADRID; Número del expte. Administrativo de apremio 28 24 09 00174566; Empresa o sociedad mercantil de la que es administrador o miembro de su consejo de administración TRANSPORTE LOGISTICA Y DISTRIBUCIÓN RODRIGAR, S.L.; Importe de la Deuda que mantiene en la Unidad de Recaudación Ejecutiva 139.505,22 euros; Período que abarca la Deuda Reclamada 07/1997 A 10/2009.

DNI; NOMBRE; DIRECCION ENVIO; CP; LOCALIDAD; PROVINCIA; NºEXPTE; ENTIDAD MERCANTIL; IMPORTE; PERÍODO;.

URE 28/25.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE PROVIDENCIA DE SUBASTA PUBLICA DE BIENES INMUEBLES.

Dña. Marina Rodríguez López, jefa en funciones de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social nº 28/25, sita en la calle Portugal, número 33 de Fuenlabrada.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio número 28 30 97 00141374 que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por deudas a la Seguridad Social, contra MANUEL PEREZ MORALES, cuyo último domicilio conocido fue en Urb. Zodiaco III- Arco Iris, 23 – 65 Dehesa de Campoamor (03189- Alicante) se ha dictado la providencia de subasta pública de bienes inmuebles, que después se transcribirá.

Hallándose la COTITULAR, Dña. MARIA MAR OLIVA ECIJA, domiciliada en C/ Ruiz Azorin, 57 – 2º C. (28806- ALCALA DE HENARES) y el ARRENDATARIO, D. DAMIR ALETDINOV, domicilio, C/ Pintor Murillo, 10 – 4º A (28933 MOSTOLES) en paradero ignorado o no habiendo podido ser notificados por encontrarse ausentes tras dos intentos fallidos de notificación, notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de su último domicilio y en el correspondiente Diario Oficial, en cumplimiento de lo que establecen los artículos 9 y 116 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio) y los artículos 58 a 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo común, en la redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero. Lo que se hace público a efecto de que sirva de notificación al interesado y a los cotitulares.

Fuenlabrada, a 18 de marzo de 2010. La Recaudadora Ejecutiva en funciones. Fdo. Marina Rodríguez Lopez.

PROVIDENCIA: Una vez autorizada con fecha 10 de febrero de 2010, la subasta de bienes inmuebles propiedad de MANUEL PEREZ MORALES, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra dicho deudor, procédase a la celebración de la citada subasta el día 20 DE ABRIL de 2010, a las 10:00 horas en la calle Agustín de Fóxa, 28-30, entrada por c/ Manuel Ferrero, 15 de Madrid y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E del día 25), siendo el plazo para presentar ofertas HASTA EL DIA 19 de abril de 2010.

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta su venta, así como su tipo de subasta, son los indicados en relación adjunta.

Notifíquese esta providencia al deudor y, en su caso, al depositario de los bienes embargados, al cónyuge, los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, podrán liberarse los mismos pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes.

Madrid, a 18 de junio de 2009, EL DIRECTOR PROVINCIAL Firmado: Rodrigo Mares Ramirez.

RELACION ADJUNTA DE BIENES QUE SE DECRETA SU VENTA CON TIPO DE SUBASTA.

Deudor: MANUEL PEREZ MORALES.

BIEN: FINCA Nº 1 LOTE Nº 01. — DATOS FINCA URBANA. — Vivienda en Móstoles (50% pleno dominio privativo), en la calle Pintor Murillo, 10 – 4º A (28932 Móstoles). — DATOS REGISTRO: Registro nº 04 de Móstoles, Tomo: 1309, Libro: 116, Folio: 114, Finca: 13175, IMPORTE TASACION: 117.922. — Euros. — CARGAS QUE DEBERAN QUEDAR SUBSISTENTES: Ibercaja CARGA: Hipoteca, IMPORTE: 16.793,02. — Euros, TIPO SUBASTA: 101.128,98. — Euros. — DESCRIPCION AMPLIADA. — Vivienda en la calle Pintor Murillo, 10 – 4º A, de Móstoles, con una superficie construida de 82,93 m2. TITULARES: Manuel Pearez Morales (50% pleno dominio privativo), Maria Mar Oliva Ecija (50% pleno dominio privativo. Se embarga el 50% pleno dominio correspondiente a Manuel Perez Morales.

Madrid a 10 de febrero de 2010 El Director Provincial, Fdo:Rodrigo Mares Ramirez.

URE 28/26.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid.

HACE SABER: Que en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue procedimiento administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social contra los apremiados que figuran en la relación adjunta, que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del día 27), según redacción dada por la Ley 4/199, de 13 de enero (B.O.E. del día 14), que modifica la anterior y la Ley 24/2001 de 27 de diciembre (B.O.E. del día 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentra pendiente de notificar la siguiente.

DILIGENCIA: En cumplimiento de la Providencia de apremio, dictada en su día al amparo del artículo 84 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (B.O.E. del día 25) DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes a los deudores, que se describen en la RELACIÓN adjunta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de dicho reglamento. Los citados bienes quedan afectados en virtud de estos embargos a las responsabilidades de los deudores en sus respectivos expedientes, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total señalada en la relación.

Los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte de los apremiados. Si no estuviesen conformes los deudores con la tasación fijada, podrán presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los limites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirán los oportunos mandamientos a los Registros de la Propiedad correspondientes, para que se efectúen anotaciones preventivas de los embargos realizados a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento de los expedientes a la Dirección Provincial para autorización de las subastas.

Hallándose los deudores descritos en la relación adjunta, sus respectivos cónyuges, copartícipes o acreedores hipotecarios en paradero ignorado, notifique mediante edictos que se publicarán en el B.O.C.M y en el tablón de anuncios de la Junta Municipal correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero, se recurre a la notificación por medio de anuncios a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se les requiere para que faciliten los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contando a partir de la publicación del presente Edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio B.O.E. del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo Común.

Se advierte por último de que transcurridos ocho días desde la publicación de este anuncio en el B.O.C.M. y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento correspondiente sin que hayan comparecido los deudores o sus representantes en el expediente de apremio que se le sigue, se les tendrá por notificados de las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que les asiste a comparecer.

Madrid, 24 de marzo de 2010. El recaudador ejecutivo.

EXPEDIENTE. — CÓDIGO CUENTA COTIZACIÓN. — RÉGIMEN. — NOMBRE/RAZÓN SOCIAL. — N.I.F/C.I.F. — DOMICILIO. — CÓDIGO POSTAL. — LOCALIDAD. — PERIODO DE LA DEUDA. — IMPORTE PRINCIPAL. — RECARGO DE APREMIO. — INTERESES. — COSTAS DEVENGADAS. — COSTAS PRESUPUESTADAS. — IMPORTE TOTAL. — DESCRIPCIÓN FINCA/FINCAS Y DATOS REGISTRALES.

28 26 09 00035401. — 07 070052377825. — 0521. — CERDEIRA PREGIGUEIRO MARIA ESTHER. — 034916581M. — CL CAÑOS DEL PERAL 7. — 28013. — MADRID. — 09 2008 A 05 2009. — 9.004,13. — 1.800,85. — 386,92. — 10,46. — 1.080,00. — 12.282,36. — FINCA Nº 01: 100% EN PLENO DOMINIO DE UNA VIVIENDA DE 287,84 M. CUADRADOS EN CL TRAVESIA DEL MONZON 21 DE MAJADAHONDA. — TOMO Nº 2340 LIBRO Nº 0403 FOLIO Nº 0132 FINCA Nº 20793 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD Nº 1 DE MAJADAHONDA.

28 05 09 00435065. — 10 28134689847. — 0111. — NEILA MONTERO CRISTINA. — 002703727P. — CL JUAN DUQUE 30 BJ. — 28005. — MADRID. — 01 2009 A 04 2009. — 4.277,28. — 855,45. — 174,16. — 41,84. — 513,00. — 5.861,73. — FINCA Nº 01: 100% PLENO DOMINIO DE PARCELA DE 814 M. CUADRADOS Y CASA DE 72 M. CUADRADOS EN CL ARROYUELOS 1’ DE BECERRIL DE LA SIERRA. — TOMO Nº 0717 LIBRO Nº 0083 FOLIO Nº 0180 FINCA Nº 1008 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE MORALZARZAL.

NOTIFICACIÓN AL DEUDOR DE VALORACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS.

Expte. nº 28 26 05 00273644 ABARKAN --- KARIM.

D. Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid,

HACE SABER: Que tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social a mi cargo, expediente ejecutivo de apremio contra el deudor de referencia, por deudas a la Seguridad Social, se ha procedido con fecha 12 02 2009 al embargo de bienes inmuebles de su propiedad, como interesado se le notifica que los bienes embargados han sido tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, según se transcribe en relación adjunta, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviese conforme con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la presente notificación. En el caso de existir discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (B.O.E. del día 25).

Hallándose el deudor ABARKAN --- KARIM, cuyo último domicilio conocido es Cl. Santo Domingo 4 bj E de Leganés, en paradero ignorado, notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Leganés, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero, se recurre a la notificación por medio de anuncios a los efectos de que sirva de notificación al deudor.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir del día siguiente al de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1.994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (B.O.E. del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

RELACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS (CON VALORACIÓN DE LOS MISMOS).

FINCA NUMERO: 02: PISO BAJO LETRA E EN CL SANTO DOMINGO 2 4 BJ E DE LEGANES.

DATOS REGISTRO: Nº 1 DE LEGANES Nº TOMO: 1261 LIBRO: 0419 Nº FOLIO: 0119 Nº FINCA: 9047 IMPORTE DE TASACIÓN: 112.934,22.

Madrid, 21 de enero de 2010. El recaudador ejecutivo, Ventura Yeves de la Cruz.

NOTIFICACIÓN AL DEUDOR DE VALORACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS.

Expte. nº 28 26 06 00340056 HERNANDEZ SANCHEZ JUAN C.

D. Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid,

HACE SABER: Que tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social a mi cargo, expediente ejecutivo de apremio contra el deudor de referencia, por deudas a la Seguridad Social, se ha procedido con fecha 15 01 2008 al embargo de bienes inmuebles de su propiedad, como interesado se le notifica que los bienes embargados han sido tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, según se transcribe en relación adjunta, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviese conforme con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la presente notificación. En el caso de existir discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (B.O.E. del día 25).

Hallándose el deudor HERNANDEZ SANCHEZ JUAN C, cuyo último domicilio conocido es Cl. Jardines 5 3 D de Madrid, en paradero ignorado, notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero, se recurre a la notificación por medio de anuncios a los efectos de que sirva de notificación al deudor.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir del día siguiente al de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1.994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (B.O.E. del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

RELACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS (CON VALORACIÓN DE LOS MISMOS).

FINCA NUMERO: 01: LOCAL COMERCIAL EN CL MONTERA 33 BJ PTA 6 DE MADRID.

DATOS REGISTRO: Nº 27 Nº TOMO: 0464 LIBRO: 0464 Nº FOLIO: 0026 Nº FINCA: 13390 IMPORTE DE TASACIÓN: 206.205,50.

Madrid, 20 de noviembre de 2009. El recaudador ejecutivo, Ventura Yeves de la Cruz.

NOTIFICACIÓN AL DEUDOR DE VALORACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS.

Expte. nº 28 05 06 00496517 PANFALONE --- GIOVANNI.

D. Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid,

HACE SABER: Que tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social a mi cargo, expediente ejecutivo de apremio contra el deudor de referencia, por deudas a la Seguridad Social, se ha procedido con fecha 08 09 2008 al embargo de bienes inmuebles de su propiedad, como interesado se le notifica que los bienes embargados han sido tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, según se transcribe en relación adjunta, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviese conforme con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la presente notificación. En el caso de existir discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (B.O.E. del día 25).

Hallándose el deudor PANFALONE --- GIOVANNI, cuyo último domicilio conocido es Cl. Antonio Leyva 52 1 de Madrid, en paradero ignorado, notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero, se recurre a la notificación por medio de anuncios a los efectos de que sirva de notificación al deudor.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir del día siguiente al de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1.994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (B.O.E. del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

RELACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS (CON VALORACIÓN DE LOS MISMOS).

FINCA NUMERO: 01: GANANCIAL EN CL ANTONIO LEYVA 52 1º B DE MADRID.

DATOS REGISTRO: Nº 4 Nº TOMO: 2470 LIBRO: 1315 Nº FOLIO: 0148 Nº FINCA: 59950 IMPORTE DE TASACIÓN: 291.430,00.

Madrid, 14 de octubre de 2009. El recaudador ejecutivo, Jesús Diego González Daneo.

EDICTO.

D. Ventura Yeves de la Cruz, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva nº 28/26, con domicilio en C/ Jacometrezo nº 6 de Madrid,

HACE SABER Que con fecha de hoy he dictado la siguiente diligencia en el expediente que en ella misma se expresa:

DILIGENCIA DE AMPLIACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES HALLÁNDOSE EL DEUDOR PEREZ MADRID LUIS MIGUEL EN PARADERO IGNORADO. Expte. nº 28 05 00 00007509.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra PEREZ MADRID LUIS MIGUEL, N.IF: 050048367E, con domicilio en Calle Beatriz Galindo 4 28005 Madrid, de las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor antes citado, resulta lo siguiente:

a) Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de la finca que se detalla a continuación, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de MADRID Nº 4, garantizando la suma total de 3.675,49 euros, que incluyen el principal, el recargo de apremio, los intereses y las costas del procedimiento.

b) Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, que ascienden a la cantidad total de 9.698,04 euros, por descubiertos de cuotas del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos del periodo siguiente: 02 2007 a 04 2009, por lo que SE ACUERDA ampliar el embargo sobre las fincas indicadas en la suma de 9.698,04 euros, con lo que la responsabilidad total sobre las mismas asciende a la cantidad de 13.373,53 euros.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS SOBRE LAS QUE SE AMPLIA EL EMBARGO:

PLENO DOMINIO EN CL BEATRIZ GALINDO 4, MADRID, Registro de la Propiedad Nº 4 de Madrid, tomo 1992, libro 0900, folio 0186, finca 36404, letra A.

De la citada ampliación de embargo se efectuará anotación preventiva de embargo en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Hallándose el deudor, el cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios o demás interesados en paradero ignorado, notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero, se recurre a la notificación por medio de anuncios a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados.

Madrid, 4 de febrero de 2010. El recaudador ejecutivo.

EDICTO.

D. Ventura Yeves de la Cruz, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva nº 28/26, con domicilio en C/ Jacometrezo nº 6 de Madrid,

HACE SABER Que con fecha de hoy he dictado la siguiente diligencia en el expediente que en ella misma se expresa:

DILIGENCIA DE AMPLIACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES HALLÁNDOSE EL DEUDOR ABARKAN --- KARIM EN PARADERO IGNORADO. Expte. nº 28 26 05 00273644.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra ABARKAN --- KARIM NIF: 0X1763273R, con domicilio en calle Santo Domingo 4 bj E 28917 Leganés, de las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor antes citado, resulta lo siguiente:

a) Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan a continuación, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad nº 1 de LEGANES, garantizando la suma total de 14.357,95 euros, que incluyen el principal, el recargo de apremio, los intereses y las costas del procedimiento.

b) Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, que ascienden a la cantidad total de 20.577,35 euros, por descubiertos de cuotas del Régimen General, Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y Régimen Especial de Empleados de Hogar del periodo siguiente: 04 2008 a 03 2009, por lo que SE ACUERDA ampliar el embargo sobre las fincas indicadas en la suma de 20.577,35 euros, con lo que la responsabilidad total sobre las mismas asciende a la cantidad de 34.935,30 euros.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS SOBRE LAS QUE SE AMPLIA EL EMBARGO:

PISO EN CL SANTO DOMINGO 4 BJ E DE LEGANES BJ E, Registro de la Propiedad nº 1 de Leganés, tomo 1261, libro 0419, folio 0119, finca 9047 letra B.

De la citada ampliación de embargo se efectuará anotación preventiva de embargo en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Hallándose el deudor, el cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios o demás interesados en paradero ignorado, notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Pinto (Madrid), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero, se recurre a la notificación por medio de anuncios a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados.

Madrid, 26 de noviembre de 2009. El recaudador ejecutivo.

EDICTO.

D. Ventura Yeves de la Cruz, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva nº 28/26, con domicilio en C/ Jacometrezo nº 6 de Madrid,

HACE SABER Que con fecha de hoy he dictado la siguiente diligencia en el expediente que en ella misma se expresa:

DILIGENCIA DE AMPLIACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES HALLÁNDOSE EL DEUDOR VATECO 2000, S.L. EN PARADERO IGNORADO. Expte. nº 28 26 09 00045303.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra VATECO 2000, S.L. CIF: 0B82862384, con domicilio en Calle Gran Vía 31 6º 12 28013 Madrid, de las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor antes citado, resulta lo siguiente:

a) Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de la finca que se detalla a continuación, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de ALCUDIA, garantizando la suma total de 15.600,14 euros, que incluyen el principal, el recargo de apremio, los intereses y las costas del procedimiento.

b) Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, que ascienden a la cantidad total de 15.638,67 euros, por descubiertos de cuotas del Régimen General del periodo siguiente: 03 2008 a 04 2009, por lo que SE ACUERDA ampliar el embargo sobre las fincas indicadas en la suma de 15.638,67 euros, con lo que la responsabilidad total sobre las mismas asciende a la cantidad de 31.238,81 euros.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS SOBRE LAS QUE SE AMPLIA EL EMBARGO:

100% PLENO DOMINIO APARTAMENTO Nº 2, DE. ZONA COM. MARISOL EN CL PERE MAS y REUS 8 1 2, ALCUDIA, Registro de la Propiedad de Alcudia, tomo 4381, libro 0826, folio 0032, finca 9736.

De la citada ampliación de embargo se efectuará anotación preventiva de embargo en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Hallándose el deudor, el cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios o demás interesados en paradero ignorado, notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero, se recurre a la notificación por medio de anuncios a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados.

Madrid, 8 de marzo de 2010. El recaudador ejecutivo.

EDICTO DE SOLICITUD DE MANIFESTACIÓN DE BIENES.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26 con sede en la calle Jacometrezo número 6, 28013 Madrid,

HACE SABER: Que por haber resultado infructuosas las notificaciones realizadas en el último domicilio conocido del deudor, practicadas de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero, se recurre a la notificación por medio de anuncios para REQUERIR a los apremiados que se relacionan, incursos en procedimientos ejecutivos seguidos por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por débitos a la Seguridad Social en los importes que asimismo se indica, para que comparezcan en el plazo de ocho días, por si o por medio de representante, en el expediente de apremio que se le sigue y efectúen MANIFESTACIÓN DE SUS BIENES Y DERECHOS con la precisión necesaria para garantizar sus responsabilidades, en cumplimiento de lo dispuesto y a los efectos previstos en el artículo 89. 1 d) del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por R.D. 1415/2004, de 11 de junio (BOE del 25).

En dicha manifestación se deberá indicar las personas que ostenten derechos de cualquier naturaleza sobre los bienes y si estos están sujetos a otros procedimientos de apremio. En caso de que estuviesen gravados con cargas reales es obligatorio manifestar el importe del crédito garantizado y la parte pendiente de pago en esa fecha.

El incumplimiento de esta obligación implicará que no podrá estimarse como causa de impugnación del procedimiento de apremio la perpetración o alteración del orden de prelación de embargo a que se refiere el artículo 91 del citado Reglamento General de Recaudación, en relación con los bienes y derechos no señalados por el deudor. Asimismo, transcurridos ocho días desde la publicación de este acto sin personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta concluir la substanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho a comparecer que le asiste.

Madrid, 25 de marzo de 2010. El recaudador ejecutivo.

EXPEDIENTE. — TIPO/IDENTIFICADOR. — RÉGIMEN. — NOMBRE/RAZÓN SOCIAL. — DOMICILIO. — C.P. — LOCALIDAD. — DEUDA EXPEDIENTE.

28 05 98 00074830 (CI). — 07 280399508436. — 0521. — FERNANDEZ SOUTO LUIS. — CL GRAN VIA SAN FRANCISCO 15-1. — 28005. — MADRID. — 9.132,23 euros.

28 26 99 00010750 (CI). — 10 28122310021. — 0111. — NAVALENIA, S.A. — CL PRINCESA 24-4º DCH. — 28008. — MADRID. — 292.933,93 euros.

28 26 02 00164738 (CI). — 07 280328847269. — DIAZ VEGA ANGEL LUIS. — CL SANTA COMBA 3. — 28008. — MADRID. — 13.926,02 euros.

28 26 03 00085145 (CI). — 07 470023532583. — 0521. — QUEVEDO MIGUEL JOSE MANUEL. — CL JAVIER DE MIGUEL 5. — 28018. — MADRID. — 23.327,54 euros.

28 26 06 00004903 (CI). — 10 28100762883. — 0111. — LASER PRINT SYSTEM ESPAÑA, S.A. — CL ARENAL 19. — 28013. — MADRID. — 180.532,43 euros.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE EMBARGO DE SALARIOS.

D. Ventura Yeves de la Cruz, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva nº 28/26, con domicilio en C/ Jacometrezo nº 6 de Madrid.

Hace saber: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 14) que modifica la anterior y la ley 24/2001, de 27 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Unidad, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Ayuntamiento para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad.

Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

RELACIÓN QUE SE CITA.

CCC. — NOMBRE/RAZÓN SOCIAL. — DOMICILIO. — C.P. — LOCALIDAD. — EXPEDIENTE. — PROCEDIMIENTO. — UNIDAD.

07 280386455367. — GALLEGO GONZALEZ MANUEL. — CL LAS FUENTES 3. — 28013. — MADRID. — 28 26 99 00043587 (CI)- EMBARGO DE SALARIO. — URE 28/26.

07 080172522408. — FIGUEROA BRU ALBERTO. — CL CAVA SAN MIGUEL 6. — 28005. — MADRID. — 28 05 02 00103654 (CI). — EMBARGO DE SALARIO. — URE 28/26.

07 280404598209. — SERRANO AVILA MONSERRAT. — CL MANUEL MIRALLES 14. — 28320. — PINTO. — 28 26 03 00108080 (CI). — EMBARGO DE SALARIO. — URE 28/26.

07 280438879726. — GARCIA PORTILLO GONZALO. — CL ROMERO ROBLEDO 4. — 28008. — MADRID. — 28 26 05 00057012 (CI). — EMBARGO DE SALARIO. — URE 28/26.

07 281228706717. — LAUNAY --- MARINA. — CL ALFREDO MARQUERIE 8. — 28034. — MADRID. — 28 26 05 00278391 (CI). — EMBARGO DE SALARIO. — URE 28/26.

07 280362585384. — CASTRO PEDRO JAVIER. — CL NAVAS DE TOLOSA 3. — 28013. — MADRID. — 28 26 06 00106145 (CI). — EMBARGO DE SALARIO. — URE 28/26.

EDICTO.

D. Ventura Yeves de la Cruz, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva nº 28/26, con domicilio en C/ Jacometrezo nº 6 de Madrid,

HACE SABER Que con fecha de hoy he dictado la siguiente diligencia en el expediente que en ella misma se expresa:

SOLICITUD DE CAPTURA, DEPOSITO Y PRECINTO DE VEHÍCULOS EMBARGADOS.

En el expediente administrativo de apremio 28 26 09 00021455 que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra CONDOMINIO GESTION DE INMUEBLES, S.L., por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido por esta Unidad radicaba en cl Gran Vía 6 de Madrid, se ha procedido al embargo de los vehículos siguientes: VOLKSWAGEN GOLF 1.9, matrícula: 9801DJN.

Por ello, se acuerda solicitar la búsqueda, captura, depósito y precinto del vehículo indicado a fin de que sea puesto a disposición de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, conforme a lo determinado en el artículo 102.6 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del día 25).

Hallándose el deudor, CONDOMINIO GESTION DE INMUEBLES, S.L. cuyo último domicilio conocido es CL GRAN VIA 6. — 28013 Madrid, en paradero ignorado, notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero, se recurre a la notificación por medio de anuncios a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados.

Madrid, 15 de febrero de 2010. El recaudador ejecutivo.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA.

EXPEDIENTE 28 05 07 00475225.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid,

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (B.O.E. del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación a D. FRANCISCO MIMOSO RAMOS, cuyo último domicilio conocido es Ronda de Segovia 17 2º A 28005 Madrid por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar el emplazamiento para trámite de audiencia que se transcribe a continuación:

“De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que D. FRANCISCO MIMOSO RAMOS, figura o ha figurado como administrador o miembro del consejo de administración de la Sociedad JOSMERMI, S.L., la cual mantiene una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total de 74.654,64 euros, período 03/2007 a 10/2009.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (B.O.E. del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BOE de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (B.O.E. del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por del R.D. 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto.

A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda mantenida por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a 15 días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva nº 28/26 de las de Madrid, sita en la Calle Jacometrezo, nº 6, 28013. — Madrid, Teléfono 91 360 56 40. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se le requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar.".

Madrid, 2 de febrero de 2010.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA.

EXPEDIENTE 28 26 09 00040047.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid,

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (B.O.E. del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación a D. CARLOS RAUL LOPEZ SERRANO, cuyo último domicilio conocido es Calle Cañada de las Merinas 132 28270 Colmenarejo por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar el emplazamiento para trámite de audiencia que se transcribe a continuación:

“De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que D. CARLOS RAUL LOPEZ SERRANO, figura o ha figurado como administrador o miembro del consejo de administración de la Sociedad TADAMAQUA, S.L., la cual mantiene una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total de 29.014,36 euros, período 11/2006 a 12/2008.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (B.O.E. del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BOE de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (B.O.E. del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por del R.D. 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto.

A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda mantenida por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a 15 días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva nº 28/26 de las de Madrid, sita en la Calle Jacometrezo, nº 6, 28013. — Madrid, Teléfono 91 360 56 40. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se le requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar.".

Madrid, 13 de agosto de 2009.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA.

EXPEDIENTE 28 26 09 00102388.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid,

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (B.O.E. del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación a D. ANTONIO RODRIGUEZ NOLASCO, cuyo último domicilio conocido es Calle Montera 24 L7 28013 Madrid por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar el emplazamiento para trámite de audiencia que se transcribe a continuación:

“De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que D. ANTONIO RODRIGUEZ NOLASCO, figura o ha figurado como administrador o miembro del consejo de administración de la Sociedad AURYGEM ESPAÑA, S.A., la cual mantiene una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total de 16.780,46 euros, período 07/2008 a 01/2009.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (B.O.E. del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BOE de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (B.O.E. del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por del R.D. 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto.

A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda mantenida por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a 15 días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva nº 28/26 de las de Madrid, sita en la Calle Jacometrezo, nº 6, 28013. — Madrid, Teléfono 91 360 56 40. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se le requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar.".

Madrid, 25 de septiembre de 2009.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA.

EXPEDIENTE 28 26 09 00192318.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid,

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (B.O.E. del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación a D. ARMANDO LUCENDO TELO, cuyo último domicilio conocido es Av. De Orovilla 55 1º C 28041 Madrid por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar el emplazamiento para trámite de audiencia que se transcribe a continuación:

“De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que D. ARMANDO LUCENDO TELO, figura o ha figurado como administrador o miembro del consejo de administración de la Sociedad PORTHOS PATRIMONIAL SRL, la cual mantiene una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total de 10.235,20 euros, período 10/2008 a 08/2009.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (B.O.E. del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BOE de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (B.O.E. del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por del R.D. 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto.

A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda mantenida por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a 15 días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva nº 28/26 de las de Madrid, sita en la Calle Jacometrezo, nº 6, 28013. — Madrid, Teléfono 91 360 56 40. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se le requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar.".

Madrid, 25 de enero de 2010.

URE 28/27.

EDICTO.

D. José Luis Miguel Vázquez, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva nº 28/27, con domicilio en la C/ Londres 60 de Madrid.

HAGO SABER: que con fecha de hoy he dictado la siguiente diligencia en el expediente que en ella misma se expresa:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES HALLANDOSE EL DEUDOR Y/O COTITULARES EN PARADERO DESCONOCIDO. (COTITULARES: ANA MARIA MORENO HERNANDEZ, domicilio calle Riobamba, 50- 28027 de Madrid, FRANCISCA CORDERO ABASCAL Y ARTURO MORATO PALOMARES, ambos con domicilio en calle Siro Muela, 45, 28027 de Madrid, NURIA CORDERO ABASCAL, domicilio en calle Florencio García, 9, 28027 de Madrid, JORGE JUAN CORDERO ABASCAL Y MARIA BELEN BLANCO SANCHEZ; ambos con domicilio en calle Tumaco, 25, 28027 de Madrid, JOSE MANUEL CORDERO ABASCAL, con domicilio en calle Arzobispo Cos, 11, 28027 de Madrid y ESTHER MORENO HIDALGO, con domicilio en calle Caunedo, 12, 2º izq., 2817 de Madrid).

"Diligencia: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra ANTONIO CORDERO ABASCAL, Expte.: 28279900036703 y N.A.F. 280268489930, con domicilio en calle Riobamba, número 50, 28027 de Madrid, y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el Art. 1447 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

1/5 PLENO DOMINIO GARAJE EN CALLE FLORENCIO GARCIA, 9, ST, 28027 DE MADRID.

REGISTRO PROPIEDAD Nº 36 DE MADRID, TOMO 1175, LIBRO 12, FOLIO 190, FINCA 710.

DEBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 425.973.83 Euros, por descubiertos de cuotas de los periodos siguientes:

REGIMEN GENERALY AUTONOMOS: varios de 01/2001 A 06/2009.

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES HALLANDOSE EL DEUDOR Y/O COTITULARES EN PARADERO DESCONOCIDO. (COTITULARES: ANTONIO CORDERO ABASCAL Y ANA MARIA MORENO HERNANDEZ, ambos con domicilio calle Riobamba, 50- 28027 de Madrid, FRANCISCA CORDERO ABASCAL Y ARTURO MORATO PALOMARES, ambos con domicilio en calle Siro Muela, 45, 28027 de Madrid, NURIA CORDERO ABASCAL, domicilio en calle Florencio García, 9, 28027 de Madrid, MARIA BELEN BLANCO SANCHEZ; s con domicilio en calle Tumaco, 25, 28027 de Madrid, JOSE MANUEL CORDERO ABASCAL, con domicilio en calle Arzobispo Cos, 11, 28027 de Madrid y ESTHER MORENO HIDALGO, con domicilio en calle Caunedo, 12, 2º izq., 2817 de Madrid).

"Diligencia: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra JORGE JUAN CORDERO ABASCAL, Expte.: 28270500158440 y C.C.C., con domicilio en calle Tumaco, número 25, 28027 de Madrid, y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el Art. 1447 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

1/5 PLENO DOMINIO GARAJE EN CALLE FLORENCIO GARCIA, 9, ST, 28027 DE MADRID.

REGISTRO PROPIEDAD Nº 36 DE MADRID, TOMO 1175, LIBRO 12, FOLIO 190, FINCA 710.

DEBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 66.986,24 Euros, por descubiertos de cuotas de los periodos siguientes:

REGIMEN GENERALY AUTONOMOS: varios de 08/2000 a 08/2008.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva de embargo en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Hallándose el deudor en paradero ignorado, notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Junta Municipal correspondiente, en cumplimiento de lo que establece el Art. 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. Del día 25) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social".

Lo que se hace público, en cumplimiento de los Recursos del sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor, y si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos los que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto podrá interponerse de conformidad con lo establecido en el Art. 46.1 del R.D. 1415/2004, recurso ante el Director Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social, dentro del mes siguiente a la fecha de la notificación de este edicto, sin que ello implique suspensión del procedimiento, excepto en términos y cumplidas que sean las condiciones establecidas en el Art. 46.2 del Reglamento General de Recaudación, ya mencionado.

Madrid, a 23 de marzo de 2010. — EL RECAUDADOR EJECUTIVO: José Luis Miguel Vázquez.

EDICTO.

D. José Luis Miguel Vázquez, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva nº 28/27, con domicilio en la C/ Londres 60 de Madrid.

HAGO SABER: que con fecha de hoy he dictado la siguiente diligencia en el expediente que en ella misma se expresa:

DILIGENCIA DE MODIFICACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES HALLANDOSE EL DEUDOR Y/O COTITULARES EN PARADERO DESCONOCIDO. (COTITULARES: RAQUEL PALACIOS MARTIN . Domicilio calle Alcalá, 344- 28027 de Madrid).

"Diligencia: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra MANUEL GOMEZ FRIAS, Expte.: 28279400126789 y C.C.C. 28022336248, con domicilio en calle Alcalá, 344, 28027 de Madrid, y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el Art. 1447 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

VIVIENDA EN CALLE ILLES CANARIES, Nº 10, BLOQUE C, PISO 7º- 46730- GANDIA.

DEBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 299.267,23 Euros, por descubiertos de cuotas de los periodos siguientes:

REGIMEN GENERAL: varios de 03/1995 a 10/2007.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva de embargo en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Hallándose el deudor en paradero ignorado, notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Junta Municipal correspondiente, en cumplimiento de lo que establece el Art. 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. Del día 25) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social".

Lo que se hace público, en cumplimiento de los Recursos del sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor, y si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos los que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto podrá interponerse de conformidad con lo establecido en el Art. 46.1 del R.D. 1415/2004, recurso ante el Director Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social, dentro del mes siguiente a la fecha de la notificación de este edicto, sin que ello implique suspensión del procedimiento, excepto en términos y cumplidas que sean las condiciones establecidas en el Art. 46.2 del Reglamento General de Recaudación, ya mencionado.

Madrid, a 23 de marzo de 2010. — EL RECAUDADOR EJECUTIVO: José Luis Miguel Vázquez.

URE 28/28.

EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

Dª ANA CASTILLO IRURITA Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/28, con sede en C/ Manuel Ferrero, 19. — 28036 Madrid.

HAGO SABER: Que con fecha de hoy he dictado las siguientes diligencias en los expedientes que en ellas mismas se expresan:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES HALLANDOSE EL DEUDOR DESCONOCIDO EN DOMICILIO. Exp.: 28 28 08 00062923.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra D. ARQUITECTURA, INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES ZIUR SL con NIF número 0B82418229 cuyo último domicilio conocido fue en MADRID (Madrid), CL/FERNANDEZ DE LA HOZ Nº 64-BJ-IQDA. y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el art. 592.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADO el Inmueble perteneciente al deudor que a continuación se describe por los descubiertos que igualmente se expresan, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio ( B.O.E. del día 25).

DATOS FINCA.

100% DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DE DACCIÓN DE LA PLAZA DE GARAJE Nº 27, SITA EL SOTANO DEL EDIFICIO “EL HIGUERAL” QUE FORMA PARTE DEL COMPLEJO DE HOTEL-APARTAMENTOS DENOMINADO “ALTOS DE LA ALQUERIA”, EN EL MUNICIPIO DE BENAHAVIS (MALAGA).

Registro de la propiedad Nº 4 de MARBELLA (MALAGA) Tomo 1990 Libro 215 Folio 124 Nº de finca 14884.

DÉBITOS: Por descubierto de Cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 613.628,87 euros comprensiva de 463.766,41,- euros de principal, 92.753,27 euros de recargo, 56.216,51 euros de Intereses y 892,68 euros de Costas devengadas, de las siguientes providencias de apremio:

RÉGIMEN GENERAL.

28 07 028848031; 28 07 102723837; 28 07 119609618; 28 07 119609719; 28 08 014002764; 28 08 019841154; 28 08 053226938; 28 08 055288691; 28 08 066143904; 28 08 072923800; 28 08 079235163; 28 08 088034881; 28 09 011106988; 28 09 022313118; 28 09 024562710; 28 09 033308571; 28 09 044710216; 28 09 020855892; 28 09 052610965; 28 09 069911927.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en publica subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicara la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20% de la menor, se estimara como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitara de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a 15 días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los limites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Hallándose el deudor en paradero ignorado, notifíquese mediante edictos que se publicaran en el B.O.C.M. y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de MADRID en cumplimiento de lo que establecen los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo común, en la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero".

Lo que se hace público en cumplimiento de lo que establece el art. 103 Real Decreto 1.415/2004 de 11 de junio, (B.O.E. 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de diez días, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN FORMA y demás efectos pertinentes al destinatario, en su condición de deudor se expide la presente notificación.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería a General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de l Ley General de Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el articulo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30 1992, de 26 de noviembre, (BOE del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 24 de marzo de 2010. La Recaudadora Ejecutiva. Unidad de Recaudación Ejecutiva.

EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

Dª ANA CASTILLO IRURITA Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/28, con sede en C/ Manuel Ferrero, 19. — 28036 Madrid.

HAGO SABER: Que con fecha de hoy he dictado las siguientes diligencias en los expedientes que en ellas mismas se expresan:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES HALLANDOSE EL DEUDOR DESCONOCIDO EN DOMICILIO. Exp.: 28 28 08 00062923.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra D. ARQUITECTURA, INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES ZIUR SL con NIF número 0B82418229 cuyo último domicilio conocido fue en MADRID (Madrid), CL/FERNANDEZ DE LA HOZ Nº 64-BJ-IQDA. y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el art. 592.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADO el Inmueble perteneciente al deudor que a continuación se describe por los descubiertos que igualmente se expresan, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio ( B.O.E. del día 25).

DATOS FINCA.

100% DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DE DACCIÓN DE LA VIVIENDA PISO CON ANEJOS: APARTAMENTO ATICO NUMERO TRES, PLANTA TERCERA O ATICO, HOTEL GUADALPIN, PLAYA BANUS, URBANIZACIÓN FUENTE DEL RODEO. TIENE UNA SUPERFICIE CONSTRUIDA DE 163,27 M2.

TITULARES: ARQUITECTURA INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES ZIUR SL.

Registro de la propiedad Nº 3 de MARBELLA (MALAGA) Tomo 2081 Libro 1055 Folio 91 Nº de finca 79757.

DÉBITOS: Por descubierto de Cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 613.628,87 euros comprensiva de 463.766,41,- euros de principal, 92.753,27 euros de recargo, 56.216,51 euros de Intereses y 892,68 euros de Costas devengadas, de las siguientes providencias de apremio:

RÉGIMEN GENERAL.

28 07 028848031; 28 07 102723837; 28 07 119609618; 28 07 119609719; 28 08 014002764; 28 08 019841154; 28 08 053226938; 28 08 055288691; 28 08 066143904; 28 08 072923800; 28 08 079235163; 28 08 088034881; 28 09 011106988; 28 09 022313118; 28 09 024562710; 28 09 033308571; 28 09 044710216; 28 09 020855892; 28 09 052610965; 28 09 069911927.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en publica subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicara la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20% de la menor, se estimara como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitara de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a 15 días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los limites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Hallándose el deudor en paradero ignorado, notifíquese mediante edictos que se publicaran en el B.O.C.M. y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de MADRID en cumplimiento de lo que establecen los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo común, en la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero".

Lo que se hace público en cumplimiento de lo que establece el art. 103 Real Decreto 1.415/2004 de 11 de junio, (B.O.E. 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de diez días, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN FORMA y demás efectos pertinentes al destinatario, en su condición de deudor se expide la presente notificación.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería a General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de l Ley General de Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el articulo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30 1992, de 26 de noviembre, (BOE del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 24 de marzo de 2010. — La Recaudadora Ejecutiva.

EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

Dª ANA CASTILLO IRURITA Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/28, con sede en C/ Manuel Ferrero, 19. — 28036 Madrid.

HAGO SABER: Que con fecha de hoy he dictado las siguientes diligencias en los expedientes que en ellas mismas se expresan:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES HALLANDOSE EL DEUDOR DESCONOCIDO EN DOMICILIO. Exp.: 28 28 08 00062923.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra D. ARQUITECTURA, INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES ZIUR SL con NIF número 0B82418229 cuyo último domicilio conocido fue en MADRID (Madrid), CL/FERNANDEZ DE LA HOZ Nº 64-BJ-IQDA. y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el art. 592.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADO el Inmueble perteneciente al deudor que a continuación se describe por los descubiertos que igualmente se expresan, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio ( B.O.E. del día 25).

DATOS FINCA.

100% DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DE DACCIÓN DEL TRASTERO NUMERO 24 EN CONSTRUCCION, EN PLANTA SOTANO 2 DEL BLOQUE CINCO DE LA FINCA Nº 529, EN LA URBANIZACIÓN RIVIERA DEL SOL, EN LA LOCALIDAD DE MIJAS (MALAGA), CON UNA SUPERFICIE CONSTRUIDA DE 6,36 M2.

REFERENCIA CATASTRAL: 6517101UF4461N0001UF.

TITULARES: ARQUITECTURA INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES ZIUR SL.

Registro de la propiedad Nº 2 de MIJAS (MALAGA) Tomo 2103 Libro 1307 Folio 213 Nº de finca 91989.

DÉBITOS: Por descubierto de Cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 613.628,87 euros comprensiva de 463.766,41,- euros de principal, 92.753,27 euros de recargo, 56.216,51 euros de Intereses y 892,68 euros de Costas devengadas, de las siguientes providencias de apremio:

RÉGIMEN GENERAL.

28 07 028848031; 28 07 102723837; 28 07 119609618; 28 07 119609719; 28 08 014002764; 28 08 019841154; 28 08 053226938; 28 08 055288691; 28 08 066143904; 28 08 072923800; 28 08 079235163; 28 08 088034881; 28 09 011106988; 28 09 022313118; 28 09 024562710; 28 09 033308571; 28 09 044710216; 28 09 020855892; 28 09 052610965; 28 09 069911927.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en publica subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicara la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20% de la menor, se estimara como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitara de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a 15 días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los limites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Hallándose el deudor en paradero ignorado, notifíquese mediante edictos que se publicaran en el B.O.C.M. y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de MADRID en cumplimiento de lo que establecen los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo común, en la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero".

Lo que se hace público en cumplimiento de lo que establece el art. 103 Real Decreto 1.415/2004 de 11 de junio, (B.O.E. 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de diez días, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN FORMA y demás efectos pertinentes al destinatario, en su condición de deudor se expide la presente notificación.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería a General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de l Ley General de Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el articulo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30 1992, de 26 de noviembre, (BOE del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 24 de marzo de 2010. — La Recaudadora Ejecutiva.

URE 28/30.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 84.2 DE LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE, A SUJETOS NO LOCALIZADOS, PREVIO A LA DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD SOLIDARIA.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (“Boletines Oficiales del Estado” de 27-12-89 y 01-02-90) o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12.2 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 25), y se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 de mismo texto.

De los antecedentes que obran en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, ha podido comprobarse que los sujetos que a continuación se relacionan, son o fueron administradores o miembros de los Consejos de Administración, de las sociedades mercantiles que se citan, las cuales mantienen una deuda con la Unidad de Recaudación Ejecutiva citada en el encabezamiento cuyo importe y período se señala en la relación que se adjunta.

Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio de los citados sujetos, procede practicar la notificación de las comunicaciones previas a la posible declaración de derivación de responsabilidad que se relacionan en virtud de lo previsto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según redacción dada por la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992 (“Boletín Oficial del Estado” del 14-1-99).

En cualquier caso, el administrador o miembro del consejo de administración designado en la relación, en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, podrá efectuar las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29). Para conocimiento del contenido del expediente de apremio que consta a nombre de la mercantil indicada, el interesado podrá comparecer, si lo estima oportuno, en los locales de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, sita en Pº. de Arroyomolinos número 59 de Móstoles.

Número del Documento Nacional de Identidad del Administrador o miembro del Consejo de Administración (DNI). — Nombre del Administrador o miembro del Consejo de Administración (NOMBRE). — Dirección del envío (DIRECCION ENVIO). — Código Postal (CP). — Localidad del envío (LOCALIDAD). — Provincia del envío (PROVINCIA). — Número del expte. Administrativo de apremio (NÚMERO EXPTE). — Empresa o sociedad mercantil de la que es administrador o miembro de su consejo de administración (ENTIDAD MERCANTIL). — Importe de la Deuda que mantiene con la Seguridad Social (IMPORTE). — Período que abarca la Deuda Reclamada (PERÍODO).

020258270P. — TABOADA SANCHEZ, FERNANDO. — PZ. BUENAVISTA, 12 BJ D. — 28600. — NAVALCARNERO. — MADRID. — 28 30 09 002273 13. — CANALIZACIONES Y EXCAVACIONES PAFER SL. — 3.519,42. — 12/2008 A 03/2009.

070047607A. — TEJERO MONROY, FELIPE. — CM DE VALDEYERNOS, 1. — 28696. — PELAYOS DE LOS PRESA. — MADRID. — 28 30 09 001091.92. — DIRMA 2002 INVERSIONES Y PROMOCIONES INMOBILIARIAS S.L. — 82.258,96 EUROS. — 02/2008 A 04/2009.

En Móstoles a veinte de noviembre de 2009. — La recaudadora ejecutiva, Mª Rosario Vázquez Peris.

ADMINISTRACIONES.

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN.

TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Dª María Ángeles Rufo Monzón, Directora en funciones de la Administración nº 5 de la Dirección Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 59.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común (B.O.E. De 27/11/92), hace saber que a los trabajadores que a continuación se relacionan, se ha procedido al archivo de la solicitud de convenio especial por no haber cumplido el requisito de su formalización.

Contra el presente acto podrá interponerse Recurso de Alzada, ante la Unidad de Impugnaciones de la Dirección Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social exponiendo las razones de hecho y fundamentos de derecho en que se base la pretensión, dentro de los TREINTA DIAS siguientes a la comunicación de la misma, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71 del Real Decreto-Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundidode la Ley de Procedimiento Laboral (B.O.E 11 de abril).

ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 28/05.

CONVENIO ESPECIAL.

Nombre Trabajador. — Nº Afiliación. — Domicilio. — Fecha Resolución. — Tipo Resolución. — Fecha real. — Fecha efectos.

CRISTOBAL GALERA ALCALA. — 28/165938601. — OCAÑA 44 5º B 28044 MADRID. — RESOLUCION DE BAJA POR FALTA DE ABONO DE TRES MENSUALIDADES CONSECUTIVAS. — 31de octubre de 2008.

RESOLUCIONES.

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN.

DIRECCION PROVINCIAL DE LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, de la que es titular D. Rodrigo Mares Ramirez, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 59.5 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27/11/92), hace saber que a los trabajadores que a continuación se relacionan, se les ha dado de Alta, Baja ó Alta/Baja en el Régimen de la Seguridad Social en el que se encuentran inscritos, desde la fecha que asimismo se detalla.

Contra el presente acto podrán interponer recurso de alzada, ante la Jefa de la Unidad de Impugnaciones de esta Dirección Provincial, exponiendo las razones de hecho y fundamentos de derecho en que se base la pretensión, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del día 27).

BAJAS DE OFICIO.

RÉG. ESP. EMPLEADOS DE HOGAR (DISCONTINUOS).

Apellidos y Nombre. — N.A.F. — Fecha real. — Fecha de efectos.

AMAYA MEDINA GLORIN DANNY. — 281220261249. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

ANCA LILIANA MALNA. — 281195167147. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

ARCT GALAS BEATA KATARZYNA. — 281162120055. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

ARIZA ARDILA MAURICIO. — 281113086151. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

ASLAM SALEEM. — 461079666826. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

ASTASHOVA TETYANA. — 281201902886. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

BAÑON SALVATIERRA OSMAEL. — 281232847708. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

BELLO PAZ YOLANDA. — 281190389390. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

BENAVIDES RODRIGUEZ ZULMA AMELIA. — 281123252862. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

BENITEZ TERAN OSCAR ANDRES. — 281164162109. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

BERMUDEZ SALAZAR FRANOY. — 281103907325. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

BETANCOURT BARROS DIANA MAGALY. — 281106698905. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

BONIFFACCINI CALDERON MARJORIE ROCIO. — 151032785525. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

BONILLAS ROJAS CLAUDIA RAQUEL. — 281234979179. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

BOUZIKRI HAMID EL. — 281304953565. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

CALDERON GARCIA LUIS ALBERTO. — 281187561135. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

CALIXTO LOURENCO LUCIENE. — 281211181948. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

CARMONA GARCIA ANDRES FELIPE. — 071027342139. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

CARMONA LOPEZ LEYDI YOHANA. — 281193405181. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

CARTOLIN MORALES PABLO ANDERSON. — 281164440375. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

CASTAÑO ESCOBAR JOSE WILLIAM. — 281127505203. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

CATANA AURELIAN. — 281175579413. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

CEBALLOS FIESCO SHIRLEDY. — 281107681534. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

CHAGAS ALMEIDA MARIA ORFELINA. — 281199383112. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

CHINIQUE PINTADO WENDY JAZMIN. — 281292308607. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

CONEJO FICHAMBA MARIA LUISA. — 281161524012. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

CORREA CORREA LIBIA. — 281166384015. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

CUERO CABEZAS JANETH SOCORRO. — 281164508881. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

DAROCZI ALINA CIPRIANA. — 281168046957. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

DIAZ FLOREZ JUAN BAUTISTA. — 281111664392. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

DINOIU MARIA. — 281244591071. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

DROFYCH NADIYA. — 281233480430. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

DURCAU CARMEN MARIA. — 281189679371. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

ELENA POPA. — 281163631639. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

ESCALANTE REYES MARIO DANIEL. — 281149805095. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

FERARIU ANA. — 281250865153. — 31/12/2008. — 31/12/2008. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

FERNANDES DE SOUZA VIVIANE. — 281247425895. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

FERNANDEZ URBINA ANA LIDIA. — 281163040848. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

FORERO BUITRACO SANDRA SORAYA. — 321007662443. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

FRANCO AGUDELO LUIS EDILSON. — 281280517245. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

FRIAS FLORES GRACE NARCISA. — 281127494590. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

GANEA SIMONA ALINA. — 281259214732. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

GARCIA RUIZ MARIA IVON. — 281121209091. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

GENOY MARIA DORANILCE. — 281166585691. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

GONZALEZ DE LA GARZA HORTENSIA. — 281243830936. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

GRACIA ANGULO ENRIQUE. — 281240279625. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

GRANDA NURI ROSARIO. — 281146812647. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

GROSU STEFANIA CAMELI. — 281215603835. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

GUAMUSHIG CAJAMA TATIANA ALEXAND. — 461078357225. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

GUEVARA MUÑOZ OSCAR HERNAN. — 281122125541. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

HAMDY ESSA EL SAYED. — 281240960443. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

HAPLIUC VIORICA. — 281216437126. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

HERNANDEZ LOVERA CARLOS. — 281241546685. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

HERNANDEZ POSADA LUZ MARINA. — 281175063794. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

HIDALGO CARRION LEYDY ARACELI. — 281192640703. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

HIDALGO PEREZ ANGELITA LUISA. — 281116405975. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

HIDROBO MONTENEGRO JULIETA. — 281113422318. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

HOYOS MARTINEZ JHON FREDDY. — 281131742079. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

HUASUPOMA ROQUE LUIS CARLOS. — 281215492081. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

IMADE JESSICA PUAL. — 28118593814. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

ION MARIN. — 281265422328. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

ISCRU MARITA. — 281153356410. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

IVANOV IVAYLO VESELINO. — 281214099022. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

IVANOVA VALENTYNA. — 281179014223. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

JULIO DE ANDRADE MAYKOM. — 281214618071. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

KERKELOV GEORGI VASILEV. — 281175523435. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

KLEMENTEVA LUDMILA. — 031047446364. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

KWIECIEN TERESA. — 281269638491. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

LARA CALDERON JHONNY. — 281181000396. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

LLUMIGUSIN MONTATIXE ANA MARIA. — 281146594904. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

LOPERA ARTEAGA RICARDO ANTONIO. — 281260591324. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

LOPEZ ALZATE MAY LLOVANNY. — 281162524021. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

LOPEZ CASTRO VIRGINIA CARMEN. — 281249811287. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

LOPEZ GUTIERREZ MARCO ANTONIO. — 281284250735. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

LUNCAS RALUCA MARIA. — 281245343227. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

MANOLE MARIA. — 281185378736. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

MARTINEZ FISCAL MARTHA ISABEL. — 281141811689. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

MARTINEZ PEÑA MARTA ELENA. — 281165861225. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

MEJIA DE ARCILA OLGA. — 281179922989. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

MEJIA RAMIREZ ANGELA GEOCONDA. — 281188364518. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

MENACHO ASTUQUILLA GLORIA CRISTINA. — 281125117686. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

MIHAYLOVA STREZOVA DIANA. — 281148381421. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

MIHAELA MIRCESCU LILIANA. — 281214749730. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

MODRINGA LAVINIA AMALIA. — 281220457774. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

MOLINA OSPINA HAROLD HERNANDO. — 281194522402. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

MONTALVO MORALES LUIS RAFAEL. — 281209904578. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

MONTAÑO SANDRA PATRICIA. — 281147872270. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

MONTOYA CALLE JOHN JAIRO. — 281152864134. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

MONTOYA QUINTERO MARIA ISABEL. — 281160594226. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

MORA CANO INGRID LISMETH. — 281159274319. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

MORALES OROZCO CARLOS ANDRES. — 281236961013. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

MORCILLO PEREZ DOLORES. — 281222864586. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

MUÑOZ CARDENA DIANA MILENA. — 281155218406. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

MUÑOZ PATIÑO LUI ALBERTO. — 281237191385. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

NAVARRO BONIFAS GUALBERTO. — 281171361832. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

NAVARRO MENDIONDO CARLOS PUBLIO. — 281156886301. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

OCORO LEMUS BETY MAGALY. — 281201358878. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

OROZCO MEJIA DIEGO ALEJANDRO. — 281144204054. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

ORREGO CORREA ESNEDA. — 281120719748. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

ORTEGON DIAZ SABULON. — 281154495855. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

PANA NICULITA. — 281159488022. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

PAREDES SALAZAR CARLOS LUIS. — 281152730152. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

PATIÑO RODAS HERNAN ALONSO. — 281176029552. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

PEREZ LONDOÑO LORENA. — 281209867293. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

PINO NIETO ELKIN LEIDER. — 281192464786. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

POLANCO GOMEZ YOLANDA. — 281144242349. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

PONCE RODRIGUEZ MIRELLY EMILIAN. — 281156814559. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

POP MARIANA. — 281201465174. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

POSSO TORRES MARIA ELENA. — 281136009675. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

POZO ROSERO MONICA PIEDAD. — 281177429887. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

QUIOCHO DE CASTRO RUCHITA INES. — 281119386303. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

RAMIREZ ARIAS LUZ MARINA. — 281225902912. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

RAMIREZ DIOSA CARLOS ARTURO. — 281122389663. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

RAMIREZ MATOS CRUZ DELIA. — 281134448783. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

RAMIREZ VILLALTA LUZ MARIA. — 281189013105. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

RAMOS TORO ELISBETH. — 281175854346. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

REINA VASQUEZ WILLIAM. — 281120250209. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

RIOS POSADA GLORIA CECILIA DE LOS. — 281237440353. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

ROBLES MARTINEZ DORIS DIOSELINA. — 281173120461. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

ROBLES PASTENES ELIANA MYRIAM. — 281225281809. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

ROCA IÑAPE KRYSTLE CAROL. — 281192441144. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

ROMERO BARTOLINA ESTER. — 281245468115. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

SAHMY ABDELTIF. — 281225331117. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

SALAZAR BEDOYA JUAN CARLOS. — 281152225348. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

SAMIRA JAHOUI. — 281299440531. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

SANCHEZ GIRALDO YULIAN SNEYDER. — 281152687413. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

SANCHEZ VILLA ANA MARIA. — 281130252222. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

SEBASTIAN SUAREZ ALBERTO. — 280433854116. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

SIRKO NATALIYA. — 281199544372. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

SITARITI SILVIA. — 281243260656. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

SOLORZANO DELGADO MARIA TERESA. — 281161710433. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

SZTORC KVCZMARZ JANINA. — 281154814945. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

TATAYO GUALOTO NORMA JEANETH. — 281154177977. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

TODUA LEVAN. — 281155271451. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

TORO SANDRA MILENA. — 281163772590. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

TORRES GONZALEZ PAULO CESAR. — 131009488985. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

TRIFONOVA TATYANA BORISOV. — 281209586704. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

UBIERGO CORVALAN CRISTIAN ALFONS. — 281200331587. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

UHUNMWANGHO EGHOSA ALEX. — 191004842484. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

URIBE VARGAS SOBEIDA. — 281246499042. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

VALEAN MARIA MONICA. — 281225581701. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

VALENCIA GALVIS LUIS FELIPE. — 281216323352. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

VALENCIA MOYA VICTOR HUGO. — 281150586048. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

VERMOLHEN SELMA REGINA. — 281207575265. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

VILLA GOMEZ JULIANA. — 281243649969. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

VINTIMILLA DELGADO BLANCA AZUCENA. — 281198348242. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

VIVAS VELASCO GLORIA PATRICIA. — 281153697122. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

VOICU MARIA MARINELA. — 281172892715. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

VOINESCU GABRIELA. — 281210986635. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

VRABIE ADELA. — 281290370324. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

ZAMORA MENENDEZ MARIA MARISELA. — 281224279776. — 31/12/2008. — 31/12/2008.

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN.

DIRECCION PROVINCIAL DE LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, de la que es titular D. Rodrigo Mares Ramirez, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 59.5 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27/11/92), hace saber que a los trabajadores que a continuación se relacionan, se les ha dado de Alta, Baja ó Alta/Baja en el Régimen de la Seguridad Social en el que se encuentran inscritos, desde la fecha que asimismo se detalla.

Contra el presente acto podrán interponer recurso de alzada, ante la Jefa de la Unidad de Impugnaciones de esta Dirección Provincial, exponiendo las razones de hecho y fundamentos de derecho en que se base la pretensión, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del día 27).

BAJAS DE OFICIO.

RÉG. ESP. TRABAJADORES AUTÓNOMOS.

Apellidos y Nombre. — N.A.F. — Fecha real. — Fecha de efectos.

ABRIL FERNANDEZ JESUS. — 280325543310. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ACHAHBAR ABDELOUAHAB. — 280458238805. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ACOSTACHIOAIE MIHAI. — 281246307163. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

AGHEYSI BLESSING. — 281144867391. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

AGUDELO TORRES JOHN JAIRO. — 281140110957. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

AHMED AHMED TAYFUR. — 091013652878. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ALCAZAR SANCHEZ JOSE CARLOS. — 280296797257. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ALCON QUIJADA MARIA YOLANDA. — 281020853703. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ALEONTE CONSTANTIN. — 281297690487. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ALEXANDRA IOANA ILUIANA. — 281293269109. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ALIPIEV ALYOSHA LYUBCHOV. — 451023113317. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ALMANZA SANZ CLARA. — 470039001356. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ALONSO CELEMIN MARIA PIEDAD. — 280183839747. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ALONSO GALLO FABIAN. — 281102807888. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ALVAREZ SANCHEZ MARIA. — 281121727740. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ANGELES JIMENEZ FATIMA DE LOS. — 281182136007. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ARAMBURU DULANTO ROSA CONSUELO. — 281217405712. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ARRANZ ESTESO JESUS. — 280234015928. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ARRANZ TRUJILLO AMPARO. — 280164192193. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ARRIBA RODRIGUEZ ANGEL. — 280248065568. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ARROYO CARRACEDO MARCOS. — 280436914666. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ASTENAI IONUT ALEXANDRU. — 311024927348. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ASUMU OSA ALEJANDRO. — 281076055086. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

BADICI ION FLORIN. — 281280173200. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

BAENA RODRIGUEZ LUIS FELIX. — 280356598969. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

BALTOIU GEORGE. — 281140920808. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

BANJAI BAMBA. — 281266640888. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

BARBU ALEXANDRU NICOLAS. — 281273567092. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

BARREIRA SUSANO JESUINO AUGUSTO. — 280467137038. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

BARROSO RODRIGUEZ JOSE. — 280206522690. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

BEBIANO GOMES VALTER MANUEL. — 281201486796. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

BECHES VASILE RADU. — 281236729728. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

BENZAR MIHAI. — 281278537536. — 28/02/2009. — 28/02/2009

BERNARDEZ LARRONDO TRISTAN. — 281136650582. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

BILBAO ORTIZ JUAN IGNACIO. — 290068804796. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

BIOSCA COTOVAD BELTRAN. — 360078805345. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

BLANCO MUÑOZ CARMEN TERESA. — 281198893765. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

BLAGOI GHEORGHE. — 281266161649. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

BRINCEANU FLORIN. — 281293537473. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

BRINCEANU TITI. — 131017507267. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CARO NORIEGA FERNANDO. — 280378781152. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CABALLERO DURAN JUAN. — 280243049153. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CALDARAS OLIMPIU CALIN. — 281269578473. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CALDERON DOMINGUEZ JUAN CARLOS. — 280344971194. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CALIN MAN AUGUSTIN. — 281226485013. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CAMPO ILLERA MANUEL. — 280419610573. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CANOVAS QUESADA FRANCISCO. — 030068468694. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CANTERO FERNANDEZ JOSE MARIA. — 280387737787. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CANTERO MEDINA JUAN JOSE. — 280297930642. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CANTOS GARCIA ANGELA. — 280435783103. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CAÑAS TOCA ANTONIO. — 281054358311. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CARLAN ROBERT ALEXANDRU. — 281270445615. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CARRILLO RODRIGUEZ VICENTE. — 280277432724. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CASADO CONDE ALBERTO. — 280434752374. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CASAS ALARCON BALBINO. — 280188749765. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CATANA IOAN AUREL. — 281248953041. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CATALIN OANCEA. — 281293815642. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CHEN AILI. — 081117325484. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CHIRIAC MIHAI. — 281293950533. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CHIVULESCU MARIAN. — 281210916008. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CHOU HUO LEAN. — 280455910805. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CIAUSU IONUT. — 281305505455. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CILLIS JUAN MANUEL DE. — 101010378912. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CIMPOESU VASILE. — 281274439082. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CIOBANU CATALIN GEORGIAN. — 281278131752. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CIOBICA CRISTIAN. — 281133692082. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CIOROIANU MARIUS. — 191007575662. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

COJOACA ION. — 281222943200. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

COMAN STEFAN. — 281291091255. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CONSTANTINESCU FLORENTIN. — 281306604989. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CORDERO SEGURA JOSE MIGEL. — 280400786513. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CORREA CELMA LEOPOLDO. — 280462268446. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

COSTA VAZ FELIPE JORGE. — 081016614933. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

COSTEL NICA. — 281210894887. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

COTAC ION. — 281258144803. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

COTE ECHUACA ARMANDO. — 280458222132. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

COTJMAN EUGEN. — 281268721843. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

COTOFAN ELENA MARIA. — 281280465715. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CRACIUN DOINITA ALEXANDRI. — 281268437109. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CREPALDI MARIA ELIZABETE. — 281182760948. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CRESPO MANZANO LUIS. — 280341137876. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CUADROS MELENDEZ JORGE MANUEL. — 281169178524. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CUEVA PASTOR LUIS MIGUEL. — 280188700558. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

CUEVAS FELIZ CESAR AUGUSTO. — 281194421661. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

DAN ADRIANA OANA. — 281213048994. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

DASHAB BEHRUZ. — 281013008423. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

DELGADO ESTEBAN JORGE. — 281078389857. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

DELGADO JIMENEZ JORGE. — 281188164555. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

DEMETER ATILA LUGEN. — 281295501018. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

DIAZ FERNANDEZ NORLAN ESTEBAN. — 281253443232. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

DIAZ PIZARRO IVAN. — 281026979049. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

DIMA MIHAELA. — 281275198009. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

DIMITROV ANGELOV EUGENIY. — 281298181349. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

DINU CRISTINEL. — 281201019277. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

DINU ION. — 281229121591. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

DITONNO LEONARDO PABLO. — 281167015121. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

DOBREA DANIEL. — 281265555296. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

DOMINGUEZ ALBERTO MIGUEL. — 280364414442. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

DOMINGUEZ CAMINO JOSE IGNACIO. — 281026816472. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

DORADO RAMIREZ FRANCISCO JOSE. — 281105376570. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

DORIN GRUNZU. — 281175090369. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

DOUKAS FILIPPAS. — 281174364283. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

DRAGOI CONSTANTIN. — 281292508869. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

DULAL SAFA MD. — 281132686013. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

DUMITRU CRISTIAN. — 281303825739. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

DURAND ROJAS JOSE RAMON. — 281002092384. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

EBAKO YEMIS FIDELA. — 281034482405. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

EGUILUZ ZEVALLOS RONALD JOSE. — 280458622559. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ELGUE CAVADAS JEAN MARIE. — 380051951356. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ENTRENAS TALAVERA JUAN CARLOS. — 280441004026. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ESPINOSA ORTIZ MANUEL LUIS. — 280425344485. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

FAINIS NICOLAE. — 281308815680. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

FELIPE RODRIGUEZ EMILIO DE. — 280440850543. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

FERNANDEZ ALVAREZ FELISA. — 130025883557. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

FERNANDEZ CORONADO EDUARDO. — 280444640819. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

FERNANDEZ ESCABIAS LUIS ANGEL. — 281079723811. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

FERNANDEZ FERNANDEZ FRANCISCO JAVIER. — 280361250020. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

FERNANDEZ GARCIA FRANCISCO. — 280298272162. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

FERNANDEZ MARTIN EMILIO. — 280368358605. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

FERNANDEZ MARTINEZ MARIA EUGENIA. — 281068554360. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

FERNANDEZ MARTINEZ ROMUALDO. — 280392329628. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

FERNANDEZ MINGO EUGENIO. — 280334163576. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

FERNANDEZ MONTERO JESUS ANGEL. — 280370670336. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

FERNANDEZ MOURIZ ARMANDO. — 240042578735. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

FERNANDEZ ORTIZ AARON. — 281043711549. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

FERNANDEZ PEREZ SILVERIO. — 280166041358. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

FERNANDEZ SASTRON JOSE MIGUEL. — 280431700110. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

FERREIRO PEREZ RAMON. — 280204719302. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

FERRER SERRANO JOSE MARIANO. — 280322885308. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

FERRETTI ROSSANO. — 281103722520. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

FILIP IONEL. — 281179690896. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

FINATI RICARDO GIACOMI. — 281241273267. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

FLORES MENENDEZ FRANCISCO. — 280235545494. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

FLOREZ ARIAS CARLOS ARTURO. — 281162178457. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

FRIAS RODRIGUEZ FERNANDO. — 280324098919. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

FUENTE EBRO PEDRO. — 280422141465. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GAITAN ION. — 281037687041. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GALVAN ROMERO JUAN PEDRO. — 280461558124. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GARCIA CALDERITA ALFONSO. — 281022449553. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GARCIA GONZALEZ ANA. — 281106273721. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GARCIA LIMON MARIA PILAR. — 280391165022. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GARCA MENDEZ OSCAR. — 271004341891. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GARCIA NOTARIO FERNANDO. — 280083340875. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GARCIA NOVAL JOSE ALONSO. — 280216369406. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GARCIA ROBLES JOAQUIN. — 280200150295. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GARCIA ROJAS PENELOPE. — 281205635366. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GARCIA TORNERO LUIS RICARDO. — 280442247343. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GARROS MARTIN LUIS MIGUEL. — 280381531003. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GAVRILA NARCIS CLAUDIU. — 281188028553. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GHERGHE STELIAN. — 281313445513. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GHIBUSI FLAVIUS ILIE. — 281279871587. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GINEL ALBICHI CATALIN. — 281271064694. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GIRALDO LUZ MARIA. — 281106482370. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GIURGIU GHIRASIN. — 281258289390. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GOMES DA SILVA JULIO. — 281254106165. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GOMES SILVA NIVALDETE. — 281088802506. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GOMEZ GOMEZ GABRIEL PAULINO. — 280427005916. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GOMEZ RODRIGUEZ BENJAMIN. — 280197578280. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GONZALEZ FUENTE RAFAEL. — 280370550502. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GONZALEZ MUÑOZ ANTONIO FRANCIS. — 281141891919. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GONZALEZ SANCHEZ GADEO JESUS. — 280396078070. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GONZALEZ SANTOS DANIEL. — 450040328783. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GONZALEZ ULLA CASIMIRO. — 320043815008. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GONZALEZ ZAHINOS ANDRES. — 281031506323. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GONZALEZ VICO ELADIO JAVIER. — 141017472473. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GOSPODINOV IVANOV STOYAN. — 281283358638. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GRACIA SAUNAL PHILIPPE. — 080498075626. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GRANADO PAVON VICENTE. — 280188604568. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GROSU GEU REMUS. — 281300585737. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GUIRAO CASTRO J ANTONIO. — 280237555317. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

GUTIERREZ PALOMARES MARIA JOSE. — 281033598994. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

HERAS TOLEDANO ANGEL. — 280339590526. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

HERNANDEZ PANIAGUA EUSEBIO. — 281042859060. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

HERNANDEZ SILA MIGUEL. — 280412440455. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

HONDOR ANDREI. — 281261125531. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

HUANG SHAO HUA. — 281045128658. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

HUTANU NICOLAE. — 281287864387. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

IBANISTEANU GHEORGHE. — 28144756274. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

IGNAT VASILE. — 281292938400. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

IONICIANU MARCEL FLORIN MAD. — 281301853912. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

IORDACHITA IULIAN. — 281133577504. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ISABEL PEREA TOMAS. — 280235421216. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

JEREZ CASTILLO LUIS MIGUEL. — 280385271664. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

JEREZ SANTOS JOSE ANGEL. — 281080912665. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

JIMENEZ GONZALEZ JESUS. — 280380671541. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

JIMENEZ MARTINEZ MANUEL. — 281031595441. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

JIMENEZ PLAZA ANGEL. — 280409525001. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

JIMENEZ RAMOS ANTONIO JOSE. — 290061437850. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

JITARIUC FLORIN. — 281287223480. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

KERESTELY ROBERT AUGUSTIN. — 281165430280. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

KUCZEWSKI JACEK. — 281122505255. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

KRASIMIROV ATANASOV ANATOLI. — 281256487012. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

LABAIG MENENDEZ PIDAL EDUARDO. — 280244617018. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

LARRIVA JAUREGUI CARLOS. — 281166844258. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

LAURENTI LUSTIG STEFAN. — 281244772846. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

LAZA MARIN. — 281126861262. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

LEON MAYOLAS DAMIAN. — 281087417224. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

LINARES ALVAREZ LUIS. — 280174069322. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

LLIVICHUZHCA SANCHEZ JOSE ROSENDO. — 281140181584. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

LOMBARDO CRUZ MIGUEL ANGEL. — 390030388841. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

LOPEZ FERNANDEZ ALBERTO. — 280211633378. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

LOPEZ FERNANDEZ JAVIER. — 281250081877. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

LOPEZ MANZANO MIGUEL. — 280420896330. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

LOPEZ MORALES FERNANDO. — 280409325139. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

LOPEZ PANADERO JESUS. — 281078304375. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

LOPEZ SANCHEZ JOSE MANUEL. — 280393555262. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

LOPEZ VALDEZ ERIK ALBERTO. — 281237471271. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

LONDOÑO CANO MELBA. — 281111871934. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

LOPEZ ORTEGA JULIO. — 281080259432. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

LOPEZ QUESADA PACHECO CARLOS. — 281073281593. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

LOREDANA FLOREA ELENA. — 281281977093. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

LOZANO HEMMER RAFAEL. — 281057090778. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

LUCANO DIAZ SEGUNDO ALCIDES. — 280463188936. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

LUCIAN IRIMIEA VASILE. — 281276928144. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

LUDISCOVICI VASILE STEFAN. — 281229961855. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MACOVEI FLORIN. — 281303981040. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MAIZ CASTILLO CARLOS IGNACIO. — 281036719566. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MAKOWSKI ROBERT ANTONI. — 281192956355. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MALDONADO HIDALGO JIMMY CARLOS. — 281105004940. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MANEA VICTOR. — 281248484108. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MANICA DUMITRU. — 281236846330. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MANZANERA LISTON IVAN. — 281070620056. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MARA DOREL. — 281257585536. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MARCELLO LACCHINI STEFANO. — 281214985964. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MARIAN TYLUTKI ANDRZEJ. — 281105679900. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MARIN ION. — 281221427269. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MARIN PEREZ NURIA. — 281180613915. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MARINAS SOLIS ANTONIO. — 280276085838. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MARRERO RODRIGUEZ CRISTINA. — 351036482307. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MARTIN BRETIN GONZALO. — 280385324713. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MARTIN GALLEGO MARIA DOLORES. — 281064408723. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MARTIN GONZALEZ MIGUEL ANGEL. — 281062513381. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MARTIN MARIN LAURA. — 281009327473. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MARTIN MARTIN JUAN MANUEL. — 270042658793. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MARTIN RABINOVICH RICARDO. — 281240301045. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MARTINEZ ALVARO RAFAEL. — 280379600501. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MARTINEZ CORDERO MARIA COVADONGA. — 281026492938. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MARTINEZ GADEO JORGE. — 280408825385. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MARTINEZ ROMAN FAUSTO. — 281248562920. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MATEO MARTINEZ DE SALINAS MARIA LUISA. — 281142669434. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MEJIAS COLLADO FELIX. — 450028799931. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MEHMOOD ASSAD. — 281267789532. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MELWANI SUBASH. — 410160403757. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MENA PLA CARLOS ALBERTO. — 280375876610. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MENDES RUFINO ANTONIO NUNES. — 281282378231. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MENDIETA CAVERO ALEX JOSY. — 281109121780. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MENDOZA GARCIA CARLOS. — 280327163816. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MENOR BARAHONA GEMA. — 280394075729. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MENOR ROMERO EDUARDO. — 280387927545. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MERCE GANDIA JOSE. — 280445483507. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MESTARI ABDELJALIL. — 281152341243. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MIGUEL LUENGO OMAR. — 281089309027. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MIHAI ROTH MARUS. — 071047475703. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MILLER LEZAMA ROSA MARIA. — 281023382874. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MINACH ALESSANDRO. — 281034109054. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MIRANDETTI AGUSTIN. — 281165121904. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MITROI CORNEL. — 281273670560. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MOCANU CRISTAN CONSTANT. — 281295458275. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MOLANO ANGULO ERIKA JOHANNA. — 281263993394. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MOLDOVAN NICOLAE. — 281304839185. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MONTES GARCIA SERGIO. — 331028196317. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MONTOYA LIZARRAGA JESUS. — 280434779151. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MORATALLA MANRIQUE JOSE. — 280213935110. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MORCILLO POVE FRANCISCO. — 280298094734. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MOREIRA MOREANO MARGARITA. — 281113491127. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MORENO MUÑOZ ANGELES. — 280347935051. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MORENO SEPULVEDA CAROLINA. — 280389802978. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MORA NAVAEZ MARGARITA. — 280365776280. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MORAR ANA MARIA. — 281295406038. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MORO MENACHO JUAN CARLOS. — 281173365789. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MOROCHO CHERREZ JOSE HUMBERTO. — 281117265639. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MORTOL MORENO JUAN ANTONIO. — 280408888639. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MOSOIU PETRE. — 281302032047. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MOTIÑO PLAZA ANTONIO. — 280413835942. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MUJICA MENENDEZ GONZALO. — 420011222786. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MUÑOZ SANCHEZ FRANCISCO JA. — 280294524023. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MUÑOZ MUÑOZ MOISES. — 281282057424. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

MZARYAHI AHARRAM ISHAL. — 281179283904. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

NARANJO CARDONA LUIS FELIPE. — 281150568668. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

NARANJO JIMENEZ MIGUEL. — 280400239067. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

NASTASE MANOLE MARIAN. — 281324456629. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

NAVARRO ALVA DE QUEVEDO RAFAEL. — 280466199875. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

NAVARRO GENEROSO RAMON. — 280382687424. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

NEAGU IULIAN. — 281288378588. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

NECHITA MIHAI. — 281288620179. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

NICA ION. — 281292525744. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

NICULA FLORICEL ADRIAN. — 281300343136. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

NIETO CANALEJAS C MARTA. — 280398846311. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

NIETO MOLLA MARIA ISABEL. — 280242081072. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

NOYA BUENO JOSE MANUEL. — 280251063979. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

NUÑEZ BLANCO JUAN JOSE. — 280442149636. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

NUÑO ATENZA PALOMA. — 280274693684. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

OBREGON JIMENEZ JOSE EFRAIN. — 301032753547. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

STEFANOVA ANA OGNIANOVA. — 281117150350. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

OJANGUREN DIEZ JAVIER. — 280349583041. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

OJEDA SOCORRO BENJAMIN. — 280437555876. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

OLARIU ALINA. — 281278219961. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

OLARU MIHAI CLAUDIU. — 281279468029. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ONYEBUCHI OBI GABRIEL. — 281287402225. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

OPREA PAUL NICOLAE. — 281300346267. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ORDOÑEZ GONZALEZ ALFONSO. — 280193570968. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PAEZ NIÑO PABLO ANDRES. — 281221780513. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PALACIOS CHICHARRO JOSE RAMON. — 280347296972. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PALL GYULA. — 281256610179. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PARAIPAN ILIE ADRIAN. — 281302033057. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PARASCHIVU GRIGORAS FLORIN. — 281295221738. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PARDO LOPEZ ENRIQUE. — 280394838692. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PAREDES FERNANDEZ RUBEN. — 28113600480. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PARIS GUTIERREZ LAURA. — 281098776732. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PARRO BENDALA JAVIER. — 281026612368. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PARYS PIOTR. — 281294176562. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PASCUAL MATEO JOSE MARIA. — 280426834649. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PASTOR SANCHEZ VICENTE. — 280377390012. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PEÑAFIEL MIRANDA ANTONIO. — 281062839646. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PELAYO CARRASCO DAVID. — 281243684325. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PEREIRA AFONSO FILOMENA CELEST. — 281234529646. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PEREZ GONZALEZ JUAN MANUEL. — 280356451247. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PEREZ MOLINA JOSE. — 280374396550. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PEREZ MORA CARLOS ALEJANDRO. — 281165779581. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PEREZ PIÑEYRO JOSEFINA. — 281062756184. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PEREZ SACHEZ NICANOR. — 280190457773. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PEREZ SOLA ENCARNACION. — 231028374418. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PEREZ VEGA MIGUEL ANGEL. — 281090379461. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PETKOV NINOV NIKOLAY. — 281194009514. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PETRE STEFAN GEORGE. — 281279667483. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PIETRARU LEONARD EMIL. — 281295920845. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PINO MONTERO JUAN DEL. — 280374220233. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PINTILIE LITA. — 281253072915. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PITIGOI CONSTANTIN LIVIU. — 431026293838. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

POLO HURTADO ANTONIO. — 280351065222. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PONS TRENOR MOLINA MARIA LOURDES. — 030086261730. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

POP IOAN. — 281232390188. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

POPA ANTON AURICA. — 281293375304. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

POPA IONEL. — 281293787350. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

POPA TUDOREL. — 281281376303. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

POPESCU PETRE EMANUEL. — 281326101686. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

POPONET LARISA ANDREEA. — 281279217142. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PORCEANU DANIEL. — 281174774818. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

POSYNIAK STANISLAW. — 281230916802. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

POSTIGO CASTRO JOSE. — 280383162926. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PRIETO SETIEN JUAN MANUEL. — 300090848229. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PUIU SAVA. — 281302622636. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

QSSABTAI MOHAMMED. — 280464498941. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

QUIÑONES PEREZ JUAN CARLOS. — 281151718726. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

RAMIREZ BERMUDEZ RODRIGO. — 281105958873. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

RAMOS BAÑON MIGUEL. — 280340725931. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

RANCHAL BELLO MARIA LUISA. — 280364403328. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

REINALDO KUHMICHEL MARCELO. — 281112931961. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

REZMUVES SEBASTIAN VASILICA. — 281296185977. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

RINCON GARCIA ESTRELLA. — 281051341712. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

RITEA IOAN FLORIN. — 281238725201. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

RIVADENEYRA AURIS JUANA LUZ. — 281023706311. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

RIVEROS LEYTON MARCELO JUVENAL. — 281242168091. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ROBLES GARCIA JOAQUIN. — 281012469465. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

RODI JORGE EDGARDO. — 281126748094. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

RODRIGUEZ GONZALEZ JOSE MANUEL. — 280384468988. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

RODRIGUEZ SALAZAR ALEJANDRO. — 281118702754. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ROMANO MARTINEZ GABRIEL. — 281081047354. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ROMARIZ GOMEZ JOSE RAMON. — 200049326282. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ROTSCHILD TAMAS. — 281294737142. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

RUSU STELUTA. — 281303407427. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

RUSU VIOREL CALIN. — 131018317201. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SAAVEDRA DAZA JOSE MAURICIO. — 281244723841. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SABANDO MENDOZA JAINE NARCISA. — 281046026718. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SAENZ MARTINEZ FELIPE. — 280406964201. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SAFI SULEMAN PATEL MOHAMMED. — 281284815860. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SANCHEZ LOPEZ JOSE LUIS. — 280362344100. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SANCHEZ MARTINEZ FELIX. — 281014605586. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SANCHEZ OLMO AVELINO. — 280236622602. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SANCHEZ ROMAN IGNACIO. — 281059496075. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SANDU DUMITRU. — 281281210389. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SANDHU PERVEZ MEHMOOD. — 081042171201. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SANJUAN SANZ FERNANDO. — 280351518391. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SANTAMARIA SUERO LUIS M. — 280244851030. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SANTANA MARIA CARMEN. — 281297158405. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SANTOS MARLEIDE DOS. — 281186248100. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SANTOS GAMBOA RODRIGO DOS. — 281291419742. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SANZ COBO DIEGO. — 280245203664. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SANZ SANCHEZ DANIEL. — 281058073310. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SAOU FARID. — 280458749265. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SEGOVIA MARTIN ANGEL. — 090026813229. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SEKKAT ADIL. — 281300958579. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SEPULVEDA GOMEZ DERIAN ANTONIO. — 281121485543. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SERRANO OSINAGA RONALD. — 281220960659. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SERRANO VARONA DANUT MIHAI. — 281153201210. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SERRANO VICTORIANO ALBERTO. — 281072117290. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SEPIOL BARTOLOMIEJ. — 281265392117. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SICA IONUT DARIUS. — 281298101022. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SILA WILLIAMS ESTER ABI. — 281075004759. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SILVA POSADA ANA POLONIA. — 281169427589. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SILVEIRA HERNANDEZ JAVIER. — 281045276683. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SILVEIRA LILIAN DA. — 28156745878. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SOFRONE VIOREL. — 281278067084. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SOLDAT ANA ELENA. — 281291216547. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SOPTELEA ALEXANDRU LIVIU. — 281292169066. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SOTILLO CURIL JUAN ANTONIO. — 280379547048. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SOTO MARIN OSCAR AMANCIO. — 280409562787. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SPANCIOC SEBASTIAN AUGUSTI. — 281284493437. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

STANCIU NICOLAE ADRIAN. — 281295216886. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

STANCIU NICUSOR. — 281292426118. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

STEFANESCU EMIL. — 281266472150. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

STRATONE VASILE ROMICA. — 281296578930. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

SYPIEN JAN ANDRZEJ. — 281165967521. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

TABLADO GONZALEZ AITOR. — 071015951915. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

TARCO STEFAN IOAN. — 281215812686. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

TEJEDOR TORRES JOSE LUIS. — 280242151501. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

TICALA MARIA. — 281239643566. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

TITA ION. — 281283648729. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

TODERITA ANDREI. — 281305383294. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

TOMA MIRCEA. — 281121172820. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

TOPOR PETRICA CRISTIAN. — 281300726183. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

TORO SANTA ANDRES FELIPE. — 281167455661. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

TORRE ECIJA MARIA ANGELES DE LA. — 280196454292. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

TORRIJOS MORENO JUAN ENRIQUE. — 080382048569. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

TOTO LOU ATCHOK LYDIE CARINE. — 281117161363. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

TOUILET MOHAMED. — 280465671530. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

TREN CARLOS EMILIO. — 281273768469. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

TRIPSA HORIA PETRU. — 281277595020. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

TUBIO GUILLENEA MAURICIO MANUEL. — 281236482275. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

TUGUI MIHAI CEZAR. — 281260305879. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

UBEDA BAIZAN JESUS. — 360080886704. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

URDIALES EXTREMERA ROSA MARIA. — 280384532444. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

UREÑA VALERO ALFONSO. — 280356084970. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

URS PETRE. — 281282249606. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

UTRILLA FERNANDEZ MARCO VENANCIO. — 280450753637. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

VALENTI GHINA MIHAITA. — 281268300905. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

VALLEJO RIVERA ANGEL. — 280279955936. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

VAN LEEUWEN ERWIN. — 281282423394. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

VARGA GAVRILA. — 461060323107. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

VARGAS SANCHEZ JHONIER JEAN. — 281091975214. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

VASILUTA VICA. — 281315367527. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

VASS ERNEST. — 281307190730. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

VAZQUEZ LLORENTE MIRIAMHELENA. — 280375139006. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

VAZQUEZ TEJERO CARLOS. — 280388917955. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

VELASCO JIMENEZ JORGE. — 280464413863. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

VELASQUEZ NIÑO RICARDO. — 281019535008. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

VERGARA PACHECO MARIA PILAR. — 281050927339. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

VERGARA PRESA LUIS ANGEL. — 280347367094. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

VICIRIUC MARIA CATALINA. — 281263137067. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

VILLALBA TORRES ALEXANDER. — 281226982743. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

VILLAMEDIANA GARCIMA MARIA ISABEL. — 280262487650. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

VILLAR MONTERRUBIO FERNANDO. — 330111556046. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

VIÑUALES LOPEZ JUAN ANTONIO. — 281211067669. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

VITA EMANUELA. — 281271970232. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

VIZAN CASADO ANTONIO. — 280345248151. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

WALEGA MARCIN. — 281237062457. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

WU JUNLI. — 281075097820. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

WZRCHALOWSKI BARTOSZ. — 281144096849. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

XHAFAJ ADRIAN. — 281276097681. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

XU YUEMEI. — 281220095945. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

YAZIDI ABDERRAHMAN. — 280443064769. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

YE GUOCHEN. — 280461200537. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ZADIC VASILE. — 281266125071. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ZETTEL ROBERT CONSTANTIN. — 281287221662. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

ZIDARU LEONARD. — 281262464636. — 28/02/2009. — 28/02/2009.

PROVINCIAS.

PROVINCIA 33 ASTURIAS.

Edicto sobre notificación a deudores.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. Del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E., del 14) que modifica la anterior, y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (B.O.E., del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto mediante el presente Edicto, que se encuentra pendiente de notificar embargo preventivo de bienes inmuebles cuya diligencia se adjunta a este edicto.

Mediante este edicto, se notifica, el mismo acto, a las cotitulares SONIA SANTOS MARTIN Y Mº JOSEFA SANTOS MARTIN, conforme establece el R.D. 1415/2004 de ll de junio (BOE del día 25), que aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos indicados, obligados con la Seguridad Social, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial, en el plazo de DIEZ DIAS, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el “BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD AUTONOMA, para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancias de tal conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos de la localidad. La unidad asignada a dichos actos administrativos es la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social nº 33/06, con domicilio en la calle Arguelles, nº 39. — 1º Izda., en Oviedo. Tlfono: 985213179, Fax: 985224266.

Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS.

DEUDOR: SANTOS MARTIN MANUEL.

FINCA NÚMERO: 01.

DATOS FINCA URBANA.

DESCRIPCION FINCA: 5,56% PLENO DOMINIO Y 2, 7 8%.

NUDA PROPIEDAD TIT HERENCIA.

TIPO VIA: CL NOMBRE VIA: PROLONG DR FLEMING.

Nº VIA: 2 BIS. — Nº VIA: ESCALERA: PISO: 1 PUERTA:

COD- POST: 33930 COD-MUNI:

DATOS REGISTRO.

Nº REG: Nª TOMO: 1363 Nº LIBRO: 654 Nª FOLIO: 25.

Nº FINCA: 53301.

DESCRIPCION AMPLIADA.

URBANA, VIVIENDA TIPO C SITA EN LA PLANTA PRIMERA A LA IZQUIERDA EN EL PORTAL 2 SITO EN LA FELGUERA CONCEJO DE LANGREO.

SUP. ÚTIL 88,51 M2. SE COMPONE DE VESTIBULO, PASILLO DE ACCESO, ESTAR-COMEDOR, TRES DORMITORIOS, COCINA, CUARTO DE BAÑO, CUARTO DE ASEO Y DESPENSA,

CUOTA: TRES ENTEROS SESENTA Y OCHO CENTESIMAS.

REFERENCIA CATASTRAL: 1590007TN8918N00030L.

FINCA NUMERO: 02.

DATOS FINCA URBANA.

DESCRIPCION FINCA: 5,56% PLENO DOMINIO Y 2, 7 8%.

NUDA PROPIEDAD TITULO HERENC.

TIPO VIA: CL NOMBRE VIA: TT CORONEL TEJEIRO.

BIS-Nº VIA: ESCALERA: PISO BJ PUERTA:

COD-POSTAL: 33930 COD-MUNI:

DATOS REGISTRO.

Nº REG: Nº TOMO: 1156 Nº LIBRO: 547 Nº FOLIO: 108.

Nº FINCA: 47111.

DESCRIPCION AMPLIADA.

URBANA CASA DE PLANTA BAJA SITA EN LA FELGUERA CUYA SUPERFICIE ES DE CINCUENTA METROS CUADRADOS Y UN PATIO EN LA PARTE TRASERA DE DIECINUEVE METROS CUADRADOS REFERENCIA CATASTRAL: 2091817TN8919S0001XL.

Oviedo a 25 de febrero de 2.008. EL/LA RECAUDADOR/A EJECUTIVO/A, Fdo: Pedro Becerril Vallejo.

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, no habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (B:O:E: del día 25), DECLARO EMBARGADO/S el/los inmueble/s pertenecientes al deudor que se describen en la relación adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente.

Notifiquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudacion, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción, por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince dias, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existiese discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociados profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoraciónen plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoraci´çon, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los limites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesoreria General de la Seguridad Social. Se solicitará Certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la Remisión en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa. EL RECAUDADOR EJECUTIVO, FDO.: PEDRO BECERRIL VALLEJO.

Edicto de notificación.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. Del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E., del 14) que modifica la anterior, y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (B.O.E., del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto mediante el presente Edicto, que se encuentra pendiente de notificar al cotitular Arcadio Luis Martínez Garcia el embargo de los bienes inmuebles cuya diligencia se adjunta a este edicto.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos indicados, obligados con la Seguridad Social, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial, en el plazo de DIEZ DIAS, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el “Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid, para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancias de tal conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos de la localidad. La unidad asignada a dichos actos administrativos es la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social nº 33/06, con domicilio en la calle Arguelles, nº 39. — 1º Izda., en Oviedo. Tlfono: 985213179, Fax: 985224266.

Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS.

DEUDOR: MARTINEZ GARCIA TOMÁS.

FINCA NÚMERO: 01.

DATOS FINCA URBANA.

DESCRIPCION FINCA: CASA HABITACIÓN DE 65 M2.

TIPO VIA: AV NOMBRE VIA: DE LA CONSTITUCIÓN.

Nº VIA: 17 2 BIS. — Nº VIA: ESCALERA: PISO: PUERTA:

COD- POST: 33670 COD-MUNI:

DATOS REGISTRO.

TOMO: 921 LIBRO: 338 FOLIO: 054.

Nº FINCA: 21571.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE POLA DE LENA.

EL RECAUDADOR EJECUTIVO. Fdo: Pedro Becerril Vallejo.

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, no habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (B:O:E: del día 25), DECLARO EMBARGADO/S el/los inmueble/s pertenecientes al deudor que se describen en la relación adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente.

Notifiquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudacion, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción, por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince dias, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existiese discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociados profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los limites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesoreria General de la Seguridad Social. Se solicitará Certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la Remisión en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

EL RECAUDADOR EJECUTIVO, FDO.: PEDRO BECERRIL VALLEJO.

Edicto de notificación.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. Del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E., del 14) que modifica la anterior, y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (B.O.E., del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto mediante el presente Edicto, que se encuentra pendiente de notificar al cotitular Arcadio Luis Martínez Garcia el embargo de los bienes inmuebles cuya diligencia se adjunta a este edicto.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos indicados, obligados con la Seguridad Social, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial, en el plazo de DIEZ DIAS, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el “Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid, para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancias de tal conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos de la localidad. La unidad asignada a dichos actos administrativos es la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social nº 33/06, con domicilio en la calle Arguelles, nº 39. — 1º Izda., en Oviedo. Tlfono: 985213179, Fax: 985224266.

Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

DILIGENCIA DE AMPLIACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES (TVA. — 504).

DILIGENCIA: De las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor de referencia, resulta lo siguiente.

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de la finca que se detalla en RELACIÓN adjunta, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de POLA DE LAVIANA, con la letra que se indica:

LIBRO. — TOMO. — FOLIO. — FINCA NÚM ANOTACION. — LETRAS.

338. — 921. — 54 21571 N.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro.

Por lo que se ACUERDA ampliar el embargo sobre la finca indicada y expedir el mandamiento de ampliación de embargo al Registro de la Propiedad. EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Fdo.: Pedro Becerril Vallejo.

ANUNCIO DE SUBASTA PÚBLICA DE BIENES INMUEBLES.

En el expediente administrativo de apremio número 28 29 07 00040345 que se instruye en esta Dirección Provincial se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente:

PROVIDENCIA: Con esta fecha se autoriza la subasta de bienes INMUEBLES, propiedad de AIRE Y CALEFACCION CONFORT, S.L., que fueron embargados en el procedimiento administrativo de apremio seguido en la Unidad de Recaudación Ejecutiva 33/06 por deudas a la Seguridad Social; y se decreta la celebración el día 4 de mayo de 2010 a las 10:00 horas, en la calle Pérez de la Sala 9 de Oviedo. En su trámite habrán de observarse las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. de 25), modificado en el Real Decreto 1041/2005, de 5 de septiembre (B.O.E. de 16), admitiéndose la presentación de ofertas hasta el día hábil inmediatamente anterior a la celebración.

Los bienes sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de la subasta, son los indicados a continuación:

LOTE 1.

DATOS FINCA.

FINCA RUSTICA DE 3 ÁREAS LLAMADA “HUERTO DEL RIO DE MEDIO” EN COLLADO. — 33518 SIERO (ASTURIAS).

DATOS REGISTRO.

Registro de la Propiedad: POLA DE SIERO.

Tomo: 1218 Libro: 1032 Folio: 142 N° Finca: 37572.

Descripción Registral:

RÚSTICA. — A prado llamada “Huerto del Río del Medio”, sita en Río Abajo, parroquia de Collado, concejo de Siero, de 3 áreas. Linda; Norte, parcela catastral 167 del Polígono 195 de María Dolores Vega Díaz y camino público; Este, dicho camino público; Sur, resto de la parcela catastral 164 del Polígono 195 de la que forma parte esta finca y Oeste, parcela catastral 166 del citado polígono 195 de Arcadio Parajón Vigil.

- 100 % del Pleno dominio, por título de compra.

CARGAS.

- Afecta al pago del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

TIPO DE SUBASTA: 13.464,00euros.

LOTE 2.

DATOS FINCA.

FINCA RUSTICA DE 1 ÁREA LLAMADA “EL HUERTO” EN COLLADO. — 33518 SIERO (ASTURIAS).

DATOS REGISTRO.

Registro de la Propiedad: POLA DE SIERO.

Tomo: 1218 Libro: 1032 Folio: 127 N° Finca: 23215 Descripción Registral:

RÚSTICA. — Porción de terreno a labor conocido por “El Huerto”, sito en Río Abajo, parroquia de Collado, concejo de Siero, de un área. Linda: Este, de Manuel Pacho; y por los demás puntos cardinales, caminos.

- 100 % del Pleno dominio, por título de compra.

CARGAS.

- Afecta al pago del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

TIPO DE SUBASTA: 2.941,00euros.

LOTE 3.

DATOS FINCA.

FINCA RUSTICA DE 13 ÁREAS LLAMADA “FUENTE DEL GATO” EN COLLADO. — 33518 SIERO (ASTURIAS).

DATOS REGISTRO.

Registro de la Propiedad: POLA DE SIERO.

Tomo: 1218 Libro: 1032 Folio: 143 N° Finca: 37575.

Descripción Registral:

RÚSTICA. — A monte bajo, llamada “Fuente del Gato”, sita en Villanueva, parroquia de Collado, concejo de Siero, de 13 áreas. Linda: Norte, Celsa Fernández; Sur, Benigno Martino; Este, Belarmino Menéndez; y Oeste, Adelino Díaz.

- 100 % del Pleno dominio, por título de compra.

CARGAS.

- Afecta al pago del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

TIPO DE SUBASTA: 2.886,00euros.

OBSERVACIONES:

Notifíquese esta providencia al deudor y, en su caso, al depositario de los bienes embargados, al cónyuge, a los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social.

Se hace constar expresamente que:

Primero. En cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, estos podrán liberarse pagando la totalidad de la deuda perseguida, incluidos principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes.

Segundo. El deudor tiene derecho a presentar un tercero que mejore la postura más alta realizada en el acto de la subasta, en los términos dispuestos en el apartado 5 del artículo 120 del Reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir del siguiente al de su celebración.

En cumplimiento de la providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en la subasta convocada lo siguiente:

1. Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta son los indicados en la providencia de su basta.

2. Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, el certificado de adjudicación o, en su caso, la escritura pública de venta son títulos mediante los cuales puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley.

3. Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción.

4. Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, en el plazo establecido para la presentación de las mismas. Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado, que deberá estar fechado en el mismo día o, a lo sumo, en los dos anteriores a aquel en que seuros efectúe su entrega, extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por ciento del tipo de subasta, que debe reunir las condiciones establecidas en el artículo 118 del Reglamento General de Recaudación.

5. Se podrán formular posturas verbales iguales o superiores al 75 por ciento del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, durante el cual, se abrirá un plazo de tiempo previo, destinado a la consignación del depósito que no podrá ser inferior al 30 por ciento del tipo fijado para la subasta, hecho éste, por el que se entenderá ofrecida la postura mínima del 75 por ciento del tipo de subasta. Finalizado este plazo, la mesa advertirá si se han formulado ofertas previas en sobre cerrado, momento a partir del cual no se admitirán mas licitadores, Quienes hubieran presentado previamente posturas en sobre cerrado, no precisarán nuevo depósito para participar en las pujas verbales.

6. Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por ciento del tipo de subasta.

7. El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades en que pudiese incurrir por los mayores perjuicios que del incumplimiento de tal obligación se deriven.

8. El adjudicatario exonera expresamente a la Tesorería General de la Seguridad Social, al amparo del artículo 9 de la Ley 49/1960, de 21 de junio, de Propiedad Horizontal, modificado por Ley 8/1999, de 6 de abril, de la obligación de aportar certificación sobre el estado de las deudas de la comunidad, siendo a cargo del mismo los gastos que queden pendientes de pago.

9. La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieran formalizado para la constitución del depósito.

10. La Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo en los términos establecidos en el artículo 121 del Reglamento.

11. Mediante el presente anuncio se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido.

12. Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo del adjudicatario.

13. En el caso de resultar desierto el procedimiento de subasta, el Director Provincial podrá autorizar la Venta por Gestión Directa conforme establece el art. 120.7 del Reglamento General de Recaudación.

14. En lo no dispuesto expresamente en el presente anuncio de subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación citado yen su modificación.

En Oviedo, a 22 de marzo de 2010. EL SUBDIRECTOR PROVINCIAL DE RECAUDACIÓN EJECUTIVA. Vicente Paredes Hurtado.

PROVINCIA 05 AVILA.

UNIDAD DE RECAUDACIÓN EJECUTIVA 05/01.

CITACIONES PARA SER NOTIFICADOS POR COMPARECENCIA.

Intentadas las notificaciones que se indican sin que haya sido posible realizarlas, se cita a los interesados o sus representantes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (RGRSS) y 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14) y Ley 24/2001, de 27 de diciembre (BOE del 31), para ser notificados por comparecencia.

LOCALIDAD. — INTERESADO. — ASUNTO. — DOCUMENTO. — EXPEDIENTE.

CIEMPO- ZUELOS. — GARCÍA DOMAO, Pedro. — EMBARGO INMUEBLES. — 05 01 501 10 000339052. — 05 01 09 00231167.

LEGANÉS. — PIMENTEL VIEJO, José-Ángel. — EMBARGO INMUEBLES. — 05 01 501 10 000370071. — 05 01 08 00156267.

MADRID. — ALCÁZAR GIL CASARES, José. — EMBARGO INMUEBLES. — 05 01 501 10 000312881. — 05 01 09 00383236.

MADRID. — ALCÁZAR NARVÁEZ, Concepción. — EMBARGO INMUEBLES. — 05 01 501 10 000312881. — 05 01 09 00383236.

MADRID. — ALCÁZAR SILVELA, César. — EMBARGO INMUEBLES. — 05 01 501 10 000312881. — 05 01 09 00383236.

MADRID. — ALCÁZAR SILVELA, Jaime. — EMBARGO INMUEBLES. — 05 01 501 10 000312881. — 05 01 09 00383236.

MADRID. — BARBA TRAVESEDO, María-Paloma. — EMBARGO INMUEBLES. — 05 01 501 10 000312881. — 05 01 09 00383236.

MADRID. — BLÁZQUEZ JIMÉNEZ, José-Alberto. — EMBARGO INMUEBLES. — 05 01 501 10 000103727. — 05 01 08 00048052.

MADRID. — CRESPI VALDAURA TRAVESEDO TRAVESEDO RUIZ ARANA, Manuel. — EMBARGO INMUEBLES. — 05 01 501 10 000312881. — 05 01 09 00383236.

MADRID. — CRESPI VALDAURA TRAVESEDO, Manuel. — EMBARGO INMUEBLES. — 05 01 501 10 000312881. — 05 01 09 00383236.

MADRID. — CRESPI VALDAURA TRAVESEDO, Santiago. — EMBARGO INMUEBLES. — 05 01 501 10 000312881. — 05 01 09 00383236.

MADRID. — GARCÍA HARO, Rubén-Guillermo. — EMBARGO INMUEBLES. — 05 01 501 10 000060176. — 05 01 07 00163213.

MADRID. — HUAMAN AURICH, Víctor-Raul. — EMBARGO INMUEBLES. — 05 01 501 10 000060176. — 05 01 07 00163213.

MADRID. — PLAZA VILLARREAL, Rosa-Celmira. — EMBARGO INMUEBLES. — 05 01 501 10 000060176. — 05 01 07 00163213.

MADRID. — VELASQUEZ PLAZA, Rocío del Pilar. — EMBARGO INMUEBLES. — 05 01 501 10 000060176. — 05 01 07 00163213.

SAN MARTÍN DE VALDEIGLE- SIAS. — NÚÑEZ BRAVO, Francisco-Javier. — EMBARGO INMUEBLES. — 05 01 501 10 000315915. — 05 01 10 00018202.

ÓRGANO ANTE EL QUE SE HA DE COMPARECER: Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social. — Unidad de Recaudación Ejecutiva 05/01. — Av. de Portugal, 4. — 05071 ÁVILA.

PLAZO PARA COMPARECER: DIEZ (10) DÍAS desde la publicación en el boletín oficial de la provincia.

ADVERTENCIA: En caso de no comparecer en el plazo señalado, la notificación se entenderá realizada a todos los efectos legales desde el vencimiento de dicho plazo.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en que se encuadre el órgano indicado para comparecer, en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado (o desde el transcurso de los diez días antes mencionados) conforme lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por R.D.Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el art. 46.1 del RGRSS, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el art. 42.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre (B.O.E. Del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ávila, 18 de marzo de 2010. EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Fdo: Elena Sánchez Bardera.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN.

La Subdirección Provincial de Gestión Recaudatoria de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Ávila, en virtud de lo establecido en el artículo 18 de la Ley General de la Seguridad Social, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del 29), sobre competencia en materia de gestión recaudatoria y artículos 15 y 104, sobre responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar; así como en lo dispuesto en el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (BOE del 25) en sus artículos 2, sobre competencia y atribución de funciones; 12, 13, 14 y 15, reguladores de las normas comunes sobre los responsables de pago así como de los responsables solidarios, subsidiarios y de los sucesores "mortis causa", ha acordado iniciar de oficio el expediente de derivación para la determinación de la responsabilidad solidaria, subsidiaria o de los sucesores mortis causa a nombre del interesado que se identifica al pie del presente edicto.

Habiendo resultado infructuosos los intentos de notificación de dicho acuerdo en el domicilio del interesado que consta en esta Entidad, por ausencia del mismo o por ignorar su actual paradero, de conformidad con lo previsto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 27/11/92), se procede a su notificación mediante publicación, en extracto, en el tablón de edictos del Ayuntamiento correspondiente a su último domicilio conocido y en el correspondiente Boletín Oficial.

Para conocimiento de su contenido íntegro, el interesado podrá comparecer, si lo estima oportuno, en las dependencias de esta Dirección Provincial, en la Avenida de Portugal, número 4 de Ávila (05001).

En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.4 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social antes citado, se procede a notificar al interesado la iniciación del expediente, abriéndose un trámite de audiencia, donde en el plazo de QUINCE DIAS podrá alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes.

Por último, a los efectos previstos en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en relación con lo dispuesto en el artículo 13.4 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, citado en el párrafo anterior, se ponen en su conocimiento los siguientes extremos relacionados con la tramitación del presente procedimiento:

1) A partir de 15/01/2010, fecha de iniciación del procedimiento, el plazo máximo para dictar resolución y notificarla es de seis meses.

2) Transcurrido dicho plazo máximo sin que haya recibido la correspondiente notificación de la resolución, se producirá la caducidad del procedimiento con archivo de las actuaciones (artículos 42 y 44 Ley 30/1992). Tal caducidad, sin embargo, no producirá por si sola la prescripción de las acciones de la Administración, pero no interrumpirá el plazo de prescripción (artículo 92.3 Ley 30/1992).

3) No obstante lo anterior, el plazo máximo indicado en el apartado 1) podrá ser suspendido por los motivos legalmente establecidos.

Núm. Expediente: DI20100027/DR20100045.

Nombre y apellidos o razón social del interesado: FRANCISCO JAVIER PASCUAL PÉREZ.

DNI: 54.409.668E.

Tipo derivación: 4.5 Solidaria (Administradores).

Importe deuda: 12.779,55 euros.

Identificación deudor inicial: JBP 2000 CONSTRUCCIONES, S.L.

EL SUBDIRECTOR PROVINCIAL DE GESTION RECAUDATORIA. Fdo. — Juan Carlos Herráez Mancebo.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN.

La Subdirección Provincial de Gestión Recaudatoria de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Ávila, en virtud de lo establecido en el artículo 18 de la Ley General de la Seguridad Social, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del 29), sobre competencia en materia de gestión recaudatoria y artículos 15 y 104, sobre responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar; así como en lo dispuesto en el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Socia, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (BOE del 25) en sus artículos 2, sobre competencia y atribución de funciones; 12, 13, 14 y 15, reguladores de las normas comunes sobre los responsables de pago así como de los responsables solidarios, subsidiarios y de los sucesores “mortis causa” y 62.2 sobre reclamaciones de deuda, ha dictado el acuerdo que se identifica al pie.

Habiendo resultado infructuosos los intentos de notificación de dicho acuerdo en el domicilio del interesado que consta en esta Entidad, por ausencia del mismo o por ignorar su actual paradero, de conformidad con lo previsto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 27/11/92), se procede a su notificación mediante publicación, en extracto, en el tablón de edictos del Ayuntamiento correspondiente a su último domicilio conocido y en el correspondiente Boletín Oficial.

Para conocimiento de su contenido íntegro, el interesado podrá comparecer, si lo estima oportuno, en las dependencias de esta Dirección Provincial, en la Avenida de Portugal, 4 de Ávila (05001).

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 del citado Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social en relación con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, según redacción dada por la Ley 4/1999 (BOE de 14-I-1999). El plazo para la interposición de dicho recurso será el de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente Resolución.

Transcurrido el plazo de tres meses computados desde la fecha de interposición de dicho recurso sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, antes citada, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley.

La interposición de recurso no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que se garantice con aval suficiente, o se consigne el importe de la deuda, conforme a lo previsto en el artículo 30.5 de la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, según redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social. Dictada resolución desestimatoria, una vez transcurrido el plazo de 15 días desde su notificación sin que se haya efectuado el pago de la deuda, se iniciará el procedimiento de apremio mediante la expedición de la providencia de apremio.

Si finalizado el indicado plazo de ingreso en periodo voluntario, no se hubiera efectuado el mismo, ni interpuesto recurso de alzada, el plazo y con la prestación de garantía antes señalado, una vez que adquiera firmeza en vía administrativa la presente resolución junto con las reclamaciones que la acompañan, se iniciará el procedimiento de apremio mediante la emisión de la/s correspondiente/s providencia/s de apremio, en la/s que se identificará la deuda pendiente de pago con el recargo correspondiente. Será exigible el interés de demora por las deudas con la Seguridad Social que no se hubiesen abonado una vez transcurridos los quince días desde la notificación de la respectiva providencia de apremio.

Para asegurar el cobro de las deudas con la Seguridad Social y antes del inicio del procedimiento de apremio, los órganos de recaudación ejecutiva de la Tesorería General de la Seguridad Social podrán adoptar medidas cautelares de carácter provisional, que se convertirán en definitivas ya en el marco del procedimiento de apremio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 33 de la citada Ley General de la Seguridad Social, según redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, y en el artículo 54 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio.”.

Núm. Expediente: DI20090042/DR20090056.

Nombre y apellidos o razón social: GESTIÓN SOLAR MARSOL, S.L.

CIF: B84535731.

Tipo derivación: 4.4 Solidaria (Contratas y Subcontratas).

Importe deuda: 6.338,38 euros.

Identificación deudor inicial: SOLAROI ENGINEERING, S.L.

EL SUBDIRECTOR PROVINCIAL DE GESTION RECAUDATORIA. Fdo. — Juan Carlos Herráez Mancebo.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN.

La Subdirección Provincial de Gestión Recaudatoria de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Ávila, en virtud de lo establecido en el artículo 18 de la Ley General de la Seguridad Social, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del 29), sobre competencia en materia de gestión recaudatoria y artículos 15 y 104, sobre responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar; así como en lo dispuesto en el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Socia, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (BOE del 25) en sus artículos 2, sobre competencia y atribución de funciones; 12, 13, 14 y 15, reguladores de las normas comunes sobre los responsables de pago así como de los responsables solidarios, subsidiarios y de los sucesores “mortis causa” y 62.2 sobre reclamaciones de deuda, ha dictado el acuerdo que se identifica al pie.

Habiendo resultado infructuosos los intentos de notificación de dicho acuerdo en el domicilio del interesado que consta en esta Entidad, por ausencia del mismo o por ignorar su actual paradero, de conformidad con lo previsto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 27/11/92), se procede a su notificación mediante publicación, en extracto, en el tablón de edictos del Ayuntamiento correspondiente a su último domicilio conocido y en el correspondiente Boletín Oficial.

Para conocimiento de su contenido íntegro, el interesado podrá comparecer, si lo estima oportuno, en las dependencias de esta Dirección Provincial, en la Avenida de Portugal, 4 de Ávila (05001).

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 del citado Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social en relación con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, según redacción dada por la Ley 4/1999 (BOE de 14-I-1999). El plazo para la interposición de dicho recurso será el de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente Resolución.

Transcurrido el plazo de tres meses computados desde la fecha de interposición de dicho recurso sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, antes citada, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley.

La interposición de recurso no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que se garantice con aval suficiente, o se consigne el importe de la deuda, conforme a lo previsto en el artículo 30.5 de la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, según redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social. Dictada resolución desestimatoria, una vez transcurrido el plazo de 15 días desde su notificación sin que se haya efectuado el pago de la deuda, se iniciará el procedimiento de apremio mediante la expedición de la providencia de apremio.

Si finalizado el indicado plazo de ingreso en periodo voluntario, no se hubiera efectuado el mismo, ni interpuesto recurso de alzada, el plazo y con la prestación de garantía antes señalado, una vez que adquiera firmeza en vía administrativa la presente resolución junto con las reclamaciones que la acompañan, se iniciará el procedimiento de apremio mediante la emisión de la/s correspondiente/s providencia/s de apremio, en la/s que se identificará la deuda pendiente de pago con el recargo correspondiente. Será exigible el interés de demora por las deudas con la Seguridad Social que no se hubiesen abonado una vez transcurridos los quince días desde la notificación de la respectiva providencia de apremio.

Para asegurar el cobro de las deudas con la Seguridad Social y antes del inicio del procedimiento de apremio, los órganos de recaudación ejecutiva de la Tesorería General de la Seguridad Social podrán adoptar medidas cautelares de carácter provisional, que se convertirán en definitivas ya en el marco del procedimiento de apremio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 33 de la citada Ley General de la Seguridad Social, según redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, y en el artículo 54 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio.”.

Núm. Expediente: DI20090078/DR20090108.

Nombre y apellidos o razón social: GESTIÓN SOLAR MARSOL, S.L.

CIF: B84535731.

Tipo derivación: 4.4 Solidaria (Contratas y Subcontratas).

Importe deuda: 1.856,32 euros.

Identificación deudor inicial: SOLAROI INFRAESTRUCTURAS, S.L.

EL SUBDIRECTOR PROVINCIAL DE GESTION RECAUDATORIA. Fdo. — Juan Carlos Herráez Mancebo.

PROVINCIA 07 BALEARES.

Edicto de la URE 07/04 Ministerio de Trabajo e Inmigración sobre notificación a (deudores).

EDICTO.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones.

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E del 14) que.

modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (B.O.E. del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante esta Unidad de Recaudación Ejecutiva 07/04 sita en la calle Gabriel Buades 13-15 de Inca, teléfono 971 505312 fax 971 881189, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el “Boletín Oficial” de la provincia, para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad.

Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Inca 24 Marzo 2010. EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Pedro N.Ballesteros Patón.

MUNICIPIO MADRID.

EXPEDIENTE: 07 04 09 00212225.

NOMBRE/RAZON SOCIAL: COM.B L.F. WEISSERG, N.F.MACHIAVELLI.

D.N.I./C.I.F./N.I.F.: 0E57505976.

NOTIFICACION AL COMUNERO: NICOLAS F.MACHIAVELLI.

DOMICILIO: Biosca, 2-1º izq.

PROCEDIMIENTO: Notificación de débitos.

PROVINCIA 19 GUADALAJARA.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN.

El Jefe de la Unidad de Impugnaciones de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Guadalajara,

HACE SABER, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26-11-92 (BOE 27-11-1992), a Dª RAMONA AURELIA FANFURI en el expte. administrativo nº 19/101/2010/126, y ante la imposibilidad de practicar la notificación a través del servicio de correos, el oficio de comunicación como parte interesada del recurso de alzada, presentado por RESTAURACION ALCARREÑA S.L., para que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, si lo estima procedente y en un plazo de quince días, efectúe las alegaciones y aporte los documentos que considere oportunos para la defensa de sus intereses.

Guadalajara, 23 de marzo de 2010. Fdo.: Andrés Asenjo Martínez.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN.

El Jefe de la Unidad de Impugnaciones de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Guadalajara,

HACE SABER, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26-11-92 (BOE 27-11-1992), a Dª JUANA MIRQUELLA SANCHEZ SANTANA en el expte. administrativo nº 19/101/2010/00109/0, y ante la imposibilidad de practicar la notificación a través del servicio de correos, el oficio de comunicación como parte interesada del recurso de alzada, presentado por HOSTAL ALTRI 78, S.L. para que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, si lo estima procedente y en un plazo de quince días, efectúe las alegaciones y aporte los documentos que considere oportunos para la defensa de sus intereses.

Guadalajara, 23 de marzo de 2010. Fdo.: Andrés Asenjo Martínez.

PROVINCIA 40 SEGOVIA.

UNIDAD DE RECAUDACIÓN EJECUTIVA 40/01.

NOTIFICACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES A TRAVÉS DE ANUNCIO (TVA-502).

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 01, de SEGOVIA.

En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor GESTION DE OBRAS MATERIALES Y MAQUINARIA por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en CL. HUERTAS (LOCAL 7A), 4 se procedió con fecha 04/02/2010 al embargo de bienes inmuebles, de cuya diligencia se acompaña COPIA adjunta al presente edicto.

Contra el acto notificado que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Segovia en el plazo de un MES, contado a partir del día siguiente al de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en relación con el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en relación con el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (BOE del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992.

Segovia, a 16 de marzo de 2010. EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Fdo. — Avelino Redondo Sanz.

Tipo/Identificador: 1040101384332.

Régimen: 0111.

Núm. expte.: 40 01 09 00362286.

Deuda pendiente: 10.381,28 euros.

Nombre: GESTION DE OBRAS MATERIALES Y MAQUINARIA.

Domicilio: CL. HUERTA (LOCAL 7 A) 4.

Localidad: 28220 MAJADAHONDA.

DNI/CIF/NIF: 0B83712695.

Nº. Documento: 40 01 501 10 000246425.

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES (TVA-501).

DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia con DNI/NIF/CIF número 0B83712695, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica:

NÚM. PROV. APREMIO. — PERIODO. — RÉGIMEN.

40 09 011066188. — 01/2009 01/2009. — 0111.

40 09 011066895. — 01/2009 01/2009. — 0111.

40 09 011276659. — 02/2009 02/2009. — 0111.

40 09 011277265. — 02/2009 02/2009. — 0111.

40 09 011323139. — 03/2009 03/2009. — 0111.

40 09 011323947. — 03/2009 03/2009. — 0111.

IMPORTE DE LA DEUDA:

Principal: 8.326,42.

Recargo: 1.665,28.

Intereses: 368,66.

Costas Devengadas: 20,92.

Costas e intereses presupuestados: 999,17.

TOTAL: 11.380,45.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1.451/2004, de 11 de junio (BOE del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la RELACIÓN adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Segovia, a 04 de febrero de 2010. EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Fdo. — Avelino Redondo Sanz.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS.

DEUDOR: GESTION DE OBRAS MATERIALES Y MAQUINARIA S.L.

FINCA NÚMERO: 01.

DATOS DE LA FINCA URBANA.

DESCRIPCIÓN FINCA: PARCELA DE TERRENO.

NOMBRE VÍA: RAMON Y CAJAL.

Nº VIA:

ESCALERA PISO:

PUERTA:

CÓDIGO MUNICIPAL: 28178.

CÓDIGO POSTAL: 28609.

LOCALIDAD: MADRID.

PROVINCIA: MADRID.

DATOS DEL REGISTRO.

Nº. REG.: 28144 Nº. TOMO: 1500 Nª. LIBRO: 34. Nº. FOLIO: 159 Nº. FINCA: 2315.

DESCRIPCIÓN AMPLIADA.

100% DEL PLENO DOMINIO ADQUIRIDA POR COMPRAVENTA DE UNA PARCELA EN VILLANUEVA DE PERALES (MADRID), EN CALLE RAMON Y CAJAL. TIENE UNA SUPERFICIE DE TERRENO DE DOS MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS. LINDA: FRENTE, CALLE RAMON Y CAJAL; DERECHA ENTRANDO CON LA PARCELA 3-2, DE LA MANZANA 2; IZQUIERDA: CON LA PARCELA 3-4, DE LA MANZANA 2 Y FONDO CON LIMITE DE LA FINCA MATRIZ EN SU LINDERO NORTE, CON D. NICOMEDES CALVO TORICES. ES LA PARCELA 3-3 DE LA MANZANA 2, QUE FORMA PARTE DEL SECTOR INDUSTRIAL DEL SAU-1.

Segovia, a 4 DE FEBREROS DE 2010. EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Fdo. — Avelino Redondo Sanz.

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES (TVA-501).

DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia con DNI/NIF/CIF número 0B83712695, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica:

NÚM. PROV. APREMIO. — PERIODO. — RÉGIMEN.

40 09 011066188. — 01/2009 01/2009. — 0111.

40 09 011066895. — 01/2009 01/2009. — 0111.

40 09 011276659. — 02/2009 02/2009. — 0111.

40 09 011277265. — 02/2009 02/2009. — 0111.

40 09 011323139. — 03/2009 03/2009. — 0111.

40 09 011323947. — 03/2009 03/2009. — 0111.

IMPORTE DE LA DEUDA:

Principal: 8.326,42.

Recargo: 1.665,28.

Intereses: 368,66.

Costas Devengadas: 20,92.

Costas e intereses presupuestados: 999,17.

TOTAL: 11.380,45.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1.451/2004, de 11 de junio (BOE del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la RELACIÓN adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Segovia, a 04 de febrero de 2010. EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Fdo. — Avelino Redondo Sanz.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS.

DEUDOR: GESTION DE OBRAS MATERIALES Y MAQUINARIA S.L.

FINCA NÚMERO: 02.

DATOS DE LA FINCA URBANA.

DESCRIPCIÓN FINCA: VIVIENDA.

NOMBRE VÍA: LICINIO DE LA FUENTE.

Nº VIA: 11.

ESCALERA PISO: 1.

PUERTA: 8.

CÓDIGO MUNICIPAL: 45145.

CÓDIGO POSTAL: 45211.

LOCALIDAD: MADRID.

PROVINCIA: MADRID.

DATOS DEL REGISTRO.

Nº. REG.: 45022 Nº. TOMO: 2289 Nª. LIBRO: 96. Nº. FOLIO: 162 Nº. FINCA: 10115.

DESCRIPCIÓN AMPLIADA.

VIVIENDA TERMINADA, PRIMERO OCHO, DEL EDIFICIO SITO EN TERMINO DE RECAS (TOLEDO), CALLE LICINIO DE LA FUENTE NUMERO 11, SE DISTRIBUYE EN VESTIBULO DE ENTRADA, COCINA CON TENDEDERO, SALON COMEDOR CON UN BALCON A LATV. DE LA OLIVA, TRES DORMITORIOS, UNO DE ELLOS CON BAÑO INCORPORADO, Y UN BAÑO MAS. TIENE UNA SUPERFICIE CONSTRUIDA DE SETENTA Y OCHO METROS Y CINCUENTA Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS Y UNA SUPERFICIE UTIL DE SESENTA Y OCHO METROS, CUARENTA Y NUEVE DECIMETROS CUADRADOS. PERTENECE COMO ANEJO INSEPARABLE A ESTA VIVIENDA LA PLAZA DE APARCAMIENTO SEÑALADA CON EL NUMERO 8, SITA EN LA PLANTA SOTANO DEL EDIFICIO, Y TIENE UNA SUPERFICIE UTIL DE 9 METROS Y NOVENTA DECIMETROS CUADRADOS.

Segovia, a 4 DE FEBREROS DE 2010. EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Fdo. — Avelino Redondo Sanz.

EDICTO.

NOTIFICACIÓN de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Segovia por la que se comunica la apertura de TRAMITE DE AUDIENCIA PREVIO en la instrucción del expediente administrativo incoado por Derivación de Responsabilidad Solidaria, que se indica más abajo, correspondiente al periodo noviembre 2006 a enero 2008.

Habiendo resultado infructuosas las gestiones realizadas para notificar a los interesados, que luego se relacionan, por desconocer su domicilio, se procede, de conformidad con los artículos 59.4 y 61 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27-11), a notificar a los mismos las resoluciones adoptadas en los expedientes de referencia, mediante inserción de este anuncio en el “Boletín Oficial de la Provincia” y exposición del mismo en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido, cuyo texto íntegro obra a su disposición en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Segovia, sita en la plaza Reina Dña. Juana, 1, de Segovia.

NÚM EXPTE: 40/10/10.

DEUDORES SOLIDARIOS: ANGEL GUILLERMO GARCIA LOPEZ.

DEUDOR INICIAL: GALOCON 2006 S.L.

Se comunica a los interesados que antes de la expedición de las correspondientes reclamaciones de deuda, y en aplicación del artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27-11), disponen de un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, desde la fecha de publicación de este anuncio, durante el cual podrán examinar el expediente, formular alegaciones y aportar los documentos y justificantes que estimen pertinentes y que serán tenidos en cuenta por el órgano que haya de efectuar, si procediere, las reclamaciones de deuda mencionadas.

Segovia, a 29 de March de 2010. EL SUBDIRECTOR PROVINCIAL DE GESTIÓN RECAUDATORIA, Fdo. — José Luís Pérez Herranz.

UNIDAD DE RECAUDACIÓN EJECUTIVA 40/01.

EDICTO DEL MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN SOBRE NOTIFICACIÓN A DEUDORES.

EDICTO.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14) que modifica la anterior ley y, la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (BOE del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado y número de expediente se especifican en relación adjunta.

Procedimiento: Expediente de Apremio.

Órgano responsable de la tramitación:

Unidad de Recaudación Ejecutiva 40/01.

Plaza Reina Dña. Juana, 1, 4001- Segovia.

Teléfono: 921 41 44 26 FAX: 921 41 44 41.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el BOP de esa provincia, para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad.

Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

CIF: 404357V.

Nombre/Razón Social: M. BEGOÑA MARTINEZ PANTOJA.

Domicilio: CL. SAGASTA, 23.

CP Localidad: 28004 MADRID.

Acto a notificar: S. CC. 01/10.

Segovia, a 23 de marzo de 2010. EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Fdo. — Avelino Redondo Sanz.

PROVINCIA 45 TOLEDO.

TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

DIRECCION PROVINCIAL DE TOLEDO.

D. Mariano Pérez López, Subdirector Provincial de Recaudación Ejecutiva de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en Toledo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común (BOE de 27 de noviembre de 1992), a los sujetos interesados en los expedientes de declaración de responsabilidad solidaria comprendidos en la relación que se acompaña, ante la imposibilidad, por ausencia, paradero ignorado o rehusado, de comunicarles de forma personal y en su condición de interesados, la incoación de expediente administrativo para establecer la responsabilidad solidaria en el pago de las deudas contraídas con la Seguridad Social por empresas con las que han mantenido una relación de socios y/o administradores, todo ello en base a lo dispuesto en los artículos 15 del Real decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (BOE de 29 de junio) y 2, 12 y 13 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (BOE de 25 de junio), se les hace saber que, atendiendo al contenido del artículo 13.4 del Reglamento General de Recaudación anteriormente indicado, se les pone de manifiesto el expediente relativo a la declaración de responsabilidad a la que antes se ha aludido, como interesados en dicho expediente, para que, si así conviene a su derecho, presente las alegaciones que estime convenientes en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, en los términos señalados en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reseñada con anterioridad.

Toledo, 25 de marzo de 2010. EL SUBDIRECTOR DE RECAUDACION EJECUTIVA, Fdo.: Mariano Pérez López.

ANEXO.

Nº Expediente. — Sujeto deudor. — Código c. cotización. — Sujeto interesado. — Condición. — Domicilio. — Localidad. — DR 2010. — 133.

AURELIO GALLEGO GARCIA. — 280445025482. — AGUMAD MANTENIMIENTOS Y SERVICIOS SL. — DEPOSITARIO EMBARGO SALARIOS. — AVDA. GENERAL ERON, 8-2º A. — MADRID. — DR 2010. — 169.

MARIA PILAR MARTIN GALVEZ. — 450041586652. — ORELOM OBRA CIVIL SL. — DEPOSITARIO EMBARGO SALARIOS. — CL FERROCARRIL, 35. — GETAFE.

(01/1.286/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.110.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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