Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
03-04-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100403-108

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

108
Ejecución 85 de 2009

Don Ángel Juan Zuil Gómez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 85 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Vasyl Podilnyk, contra la empresa “Transportes Aldamade, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de fecha 24 de febrero de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

En Madrid, a 1 de marzo de 2010.

Parte dispositiva:

En atención a todo lo expuesto, acuerdo: Adjudicar a favor de la mercantil “Comercial Yegor, Sociedad Limitada”, con domicilio en el paseo de los Jesuitas, número 42-A, tercero-A, de Madrid, los vehículos matrículas 9549FMM y 1471FCY por la cantidad de 10.300 euros.

Hágase entrega al demandante don Vasil Podilnyk de la cantidad de 7.940,58 euros en concepto de principal, expidiéndose el correspondiente mandamiento de devolución, una vez firme la presente resolución, haciéndole saber que deberá confirmar su expedición en el teléfono 914 936 432/433 y que el mismo caduca a los tres meses desde su expedición.

Y significándole, asimismo, que transcurrido un año desde la primera puesta a disposición del mandamiento, se procederá a ingresar su importe en la “Cuenta de fondos provisionalmente abandonados”.

Estando consignada en la cuenta del Juzgado la cantidad de 2.359,42 euros, requiérase a la parte actora para que en un plazo de cinco días inste lo que a su derecho convenga. Transcurrido dicho plazo se procederá a la liquidación de intereses y tasación de costas, si existieran en el procedimiento en dicho momento, advirtiendo a la parte que, transcurrido dicho plazo no se admitirá inclusión ni adición de partida alguna, reservando al interesado el derecho a reclamarlo de quién y cómo proceda.

Líbrese testimonio de este auto, una vez firme la presente resolución, que servirá de título bastante para su inscripción en el Registro de Bienes Muebles, advirtiendo a la adjudicataria de la obligación de satisfacer los impuestos relativos a la transmisión efectuada.

Habiendo sido entregado el vehículo matrícula 9549FMM a “Comercial Yegor” en calidad de depositaria interina, por acta de entrega de fecha 28 de enero de 2010, líbrese oficio a la Comisaría de Torrejón de Ardoz a fin de que deje sin efecto la orden de precinto y depósito sobre los vehículos matrículas 1471FCY y 9549FMM y proceda a la entrega a la adjudicataria “Comercial Yegor” del vehículo matrícula 1471FCY.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado de lo social, en el plazo de cinco días a contar del siguiente al de la notificación de la presente.

Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Así lo manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Transportes Aldamade, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de marzo de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/10.532/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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