Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
03-04-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100403-107

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

107
Ejecución 49 de 2010

Don Ángel Juan Zuil Gómez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 49 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Susana Margarita López Zarco, contra la empresa “Cerámica Construcciones Corona de los Villares, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 9 de febrero de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

En Madrid, a 9 de febrero de 2010.

Parte dispositiva:

En atención a todo lo expuesto, decido:

a) Despachar la ejecución solicitada por doña Susana Margarita López Zarco, contra “Cerámica Construcciones Corona de los Villares, Sociedad Limitada”, por un importe de 1.652,03 euros de principal, más 165,20 euros y 99,12 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.

b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten.

c) Trabar embargo de los bienes propiedad de la parte ejecutada que se detallan, y a tal fin líbrese testimonio de la presente resolución al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución, más intereses y costas calculados provisionalmente, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende.

Procédase a consultar las bases de datos de los organismos Dirección General de Tráfico, Agencia Estatal de la Administración Tributaria, Tesorería General de la Seguridad Social y Catastro, y ofíciese al Registro de Índices del Registro de la Propiedad a fin de determinar la relación de bienes y derechos propiedad de la deudora. En caso positivo se acuerda el embargo de los mismos en los términos antes expresados, así como de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada.

Líbrense los oficios que procedan a las entidades bancarias “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”, “Banco de Santander”, “Caixa Geral”, “Banco de Castilla” y “Caja de Ahorros y Monte de Piedad”, interesando la remisión de las cantidades que existieran en las cuentas o depósitos de la ejecutada a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en la entidad “Banesto”, con el número 2524, sito en la calle Orense, número 19, de esta capital.

d) Dar traslado del escrito presentado y de la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal).

Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así lo manda y firma la ilustrísima señora magistrada-juez de lo social. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Cerámica Construcciones Corona de los Villares, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de febrero de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/10.477/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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