Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 78

Fecha del Boletín 
01-04-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100401-65

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

65
Ejecución 39 de 2010

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 39 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fadil Berkani, contra la empresa “Codecón Obras Civiles, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despido, se ha dictado el día 5 de marzo de 2010 la siguiente resolución:

Providencia

Ilustrísima magistrada-juez de lo social, doña Francisca Arce Gómez.—En Madrid, a 5 de marzo de 2010.

Dada cuenta; el anterior escrito de la parte actora únase a los autos de su razón, y dese traslado de copia a las otras partes afectadas.

Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta por sentencia de fecha 14 de diciembre de 2009 a la empresa “Codecón Obras Civiles, Sociedad Limitada Unipersonal”, a favor del demandante don Fadil Berkani, y previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en calle Hernani, número 59, tercero, el día 13 de abril de 2010, a las nueve y venticinco horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse en orden a esa cuestión. Cítese en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado) el acto se celebrará sin su presencia.

Cítese al Fondo de Garantía Salarial a los efectos oportunos.

Notifíquese a las partes esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la efectividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento ­Laboral).

Si la parte recurrente no tiene la condición trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite.

El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en al “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado con el número 2510, código 30, indicando el número de procedimiento y el año, en la sucursal del “Banco Español de Crédito, calle Orense, número 19, de Madrid.

b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los obligatorios 0030/1143/50/ 0000000000, indicando el número de cuenta 2510, el número de procedimiento y la persona o empresa que hace el ingreso.

Así lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La ­magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Codecón Obras Civiles, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de marzo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.995/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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