Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 78

Fecha del Boletín 
01-04-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100401-64

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

64
Ejecución 154 de 2009

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 154 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Natalia Álvarez Borja, contra la empresa “Export Áridos y Excavaciones, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 19 de noviembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Se acuerda estimar el recurso de reposición formulado por la parte actora contra la resolución de fecha 30 de septiembre de 2009, dejándola sin efecto y en su lugar se acuerda rectificar el auto de extinción de fecha 19 de septiembre de 2009, en el sentido de fijar la indemnización por despido hasta la fecha de la extinción en la cantidad de 4.975,20 euros, permaneciendo inalterable el resto del auto.

Requiérase a las empresas “Export Áridos y Excavaciones, Sociedad Limitada”, y “Estudios, Promociones y Movimientos, Sociedad Limitada”, a fin de que en el plazo de diez días ingresen en la cuenta de este Juzgado abierta en “Banesto”, sucursal sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, al número de cuenta 2510/0000/00/0154/09, la citada cantidad de 4.975,20 euros, así como la de 9.660,18 euros que se establece en el auto de 17 de septiembre de 2009, total 14.634,38 euros, bajo apercibimiento de que en caso de no realizarlo se procederá a su exacción por la vía de apremio.

Remítase copia de esta auto al Servicio Público de Empleo Estatal a los efectos legales procedentes.

Modo de impugnación: cabe interponer recurso de suplicación que deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a su notificación, para lo que bastará la mera manifestación de parte, de su abogado o de su representante al hacerle la notificación, por comparecencia o por escrito de cualquiera de ellos. Siendo requisito necesario que en dicho plazo se nombre el letrado que ha de interponerlo.

Igualmente será requisito necesario que el recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita, presente en la Secretaría de este Juzgado, al tiempo de interponer el recurso, el resguardo acreditativo de haber depositado 150,25 euros en el cuenta corriente número 2510/0000/00/0154/09 que este Juzgado tiene abierta en “Banesto”.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Export Áridos y Excavaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de marzo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.027/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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