Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 75

Fecha del Boletín 
29-03-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100329-117

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

117
Demanda 1.557 de 2009

Doña Beatriz Sainz-Rozas García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 Bis de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.557 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alfonso Cabrero Mateo y don Juan Antonio García García, contra la empresa “Dualtec, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente sentencia:

Que estimando la demanda formulada por don Alfonso Cabrera Mateo y don Juan Antonio García García, contra “Dualtec, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido de dichos trabajadores, condenando a la demandada a estar y pasar por esta declaración, con todas las consecuencias inherentes a la misma.

Y declarando al tiempo la extinción de la relación laboral que vinculaba a los litigantes, condeno a la demandada a que en el plazo de cinco días, computados desde la fecha de notificación de la presente resolución, indemnice a don Alfonso Cabrera Mateo en la cantidad de 30.397,35 euros, y a don Juan Antonio García García en 10.188,33 euros, así como al pago de los salarios de trámite dejados de percibir, a razón de un salario diario respectivo de 74,36 y 57,80 euros.

Debiendo estarse respecto del Fondo de Garantía Salarial, en el supuesto de insolvencia de la demandada, a lo expresado en el cuarto fundamento jurídico de la presente resolución, al que nos remitimos en aras a la brevedad, dándolo por reproducido.

Asimismo, habrá de estarse a ello en orden al no abono de los salarios de trámite en el período de duración de la incapacidad laboral temporal, para don Alfonso, y para don Juan Antonio desde la fecha de acceso a nuevo empleo, a salvo las diferencias salariales, si procediere a efectos de su descuento.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, siendo indispensable que el recurrente, si fuera la empresa demandada, consigne la cantidad de la condena en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid, código entidad 0030, código oficina 1143, código de cuenta 2508, bajo el título de “Juzgado de lo social número 10”, número de procedimiento 1557/09, debiendo presentar, junto con el escrito de anuncio el recurso, el resguardo de dicha consignación o aval bancario en el que conste la responsabilidad solidaria del avalista. Asimismo, deberá depositar 150,25 euros al tiempo de la formalización del recurso en la cuenta corriente número 0030/1143/2508 del mismo banco, con el título de “Recurso de suplicación”, debiendo presentar dicho resguardo en este Juzgado con el escrito de formalización.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Dualtec, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de febrero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.242/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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