Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
26-03-2010

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100326-107

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

RÉGIMEN ECONÓMICO

107
Modificación precios públicos

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 1 de febrero de 2010, ha aprobado el expediente de modificación de precios públicos de la Concejalía de Deportes de este Ayuntamiento para el ejercicio 2010-2011 y que se detallan a continuación:

Precios públicos Concejalía de Deportes curso 2010-2011

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La duración de las sesiones de natación dirigida será de treinta minutos, excepto la Escuela de Iniciación a la Competición (duración en función del nivel) y mantenimiento deportivo (sesenta minutos).

(1) Abono: este servicio se ofrece a mayores de quince años. Pensado para realizar un uso frecuente y flexible del Centro de Natación. El titular del abono de natación tiene acceso libre de lunes a viernes, de ocho y treinta a diecisiete horas, y los fines de semana de doce a catorce y treinta horas.

(2) Los precios de las colonias de verano se aplicarán a los empadronados en Majadahonda y a aquellos menores cuyos padres trabajen en Majadahonda.

(3) Los vecinos empadronados en las localidades de Boadilla del Monte y Pozuelo de Alarcón tendrán la consideración de vecinos empadronados en Majadahonda a efectos del pago del precio.

(4) Los niños menores de tres años están exentos del pago. Se considerarán infantiles aquellos niños que no hayan cumplido los catorce años de edad.

(5) Tendrán la condición de equipo local los que estén compuestos por, al menos, el 80 por 100 de jugadores empadronados en Majadahonda, o pertenezcan a un centro educativo de la localidad.

Bonificaciones: previa solicitud del interesado se aplicarán las siguientes sobre los precios vigentes. Las bonificaciones no podrán acumularse, aplicándose la de mayor cuantía.

— Familias numerosas: previa acreditación de su condición mediante el carné de familia numerosa:

l Familia numerosa de categoría general: 25 por 100.

l Familia numerosa de categoría especial: 40 por 100.

— Discapacitados poseedores del carné de plata del Ayuntamiento de Majadahonda: 50 por 100.

Majadahonda, a 16 de febrero de 2010.—El tesorero, Ignacio Pulido Pulido.

(03/7.371/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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