Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
26-03-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100326-145

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 29

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

145
Divorcio contencioso 1.352 de 2008

En el procedimiento de divorcio contencioso número 1.352 de 2008, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 593 de 2009

En Madrid, a 26 de noviembre de 2009.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Teresa Martín Nájera, magistrada-juez de primera instancia del número 29 de los de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 1.352 de 2008, a instancias de doña María Cruz Lavado Ampuero, representada por el procurador don Ángel Francisco Codosero Rodríguez, contra don Ricardo López Izquierdo, en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por la representación de doña María Cruz Lavado Ampuero, contra don Ricardo López Izquierdo, debo declarar y declaro la disolución, por divorcio, del matrimonio contraído por las partes el 14 de febrero de 1987, con todos los efectos legales y, en especial, las siguientes medidas:

1. Se atribuye el uso de la vivienda familiar a la madre, doña María Cruz Lavado Ampuero, así como todos los derechos que puedan corresponderle en relación con el IVIMA.

2. No se hace expreso pronunciamiento en costas.

Comuníquese esta sentencia, una vez sea firme, a las oficinas de Registro Civil en que conste la inscripción de matrimonio de los sujetos al pleito.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Ricardo López Izquierdo se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 24 de febrero de 2010.—El secretario (firmado).

(03/9.186/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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