Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 72

Fecha del Boletín 
25-03-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100325-198

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 26

EDICTO

198
Ejecución títulos judiciales 834 de 2001

Don Fernando Javier Navalón Romero, secretario del Juzgado de primera instancia número 26 de Madrid.

Hace saber: Que en virtud de lo acordado en resolución del día de la fecha dictado en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 834 de 2001 que se sigue en este Juzgado a instancias de “Ulma, Sociedad Coperativa Industrial”, representada por don José Ramón Rego Rodríguez, contra don Vicente Nieto Barreda, en reclamación de 5.346,66 euros de principal, más otros 48,14 euros de intereses vencidos, más 1.603,99 euros fijados prudentemente para intereses y costas de ejecución, por el presente se anuncia a venta en pública subasta, con antelación de veinte días, cuando menos de la siguiente finca propiedad actualmente de “Disfi, Sociedad Limitada”:

Nave y solar sita en la calle Ferrocarril, números 58 y 62 de Alcázar de San Juan, inscrita al tomo 2.438, folio 51, finca número 47.586 del Registro de la Propiedad de Alcázar de San Juan.

La subasta se celebrará el día 23 de marzo, a las diez y treinta horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en la calle Capitán Haya, número 66, conforme con las siguientes:

Condiciones

Primera.—La finca embargada ha sido valorada en 929.093 euros y una vez practicada la liquidación de cargas, su valoración a efecto de subasta es de 929.093 euros.

Segunda.—La certificación registral y, en su caso, la titulación del inmueble o inmuebles que se subastan estará de manifiesto en la Secretaría de este Juzgado.

Tercera.—Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente o que no existan títulos.

Cuarta.—Las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor, continuarán subsistentes, entendiéndose por el solo hecho de participar en la subasta que el licitador los admite y queda subrogado en la responsabilidad derivada de aquellos, si el remate se adjudicare a su favor.

Quinta.—Para tomar parte en la subasta los postores deberán depositar previamente en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, entidad número 0030, oficina número 1846, dígito control 42 y cuenta número 0005001274, haciendo constar en observaciones número de cuenta-expediente 24540000/05/0834/01, el 30 por 100 del valor de la finca a efecto de subasta, devolviéndose las cantidades, una vez aprobado el remate, a aquellos que participen en la misma, excepto al mejor postor, salvo que soliciten en mantenimiento a disposición del Juzgado para el caso en que el rematante no consignare el resto del precio, debiendo consignar, asimismo, en dicho resguardo si, en su caso, las cantidades ingresadas pertenecen en todo o en parte a un tercero, identificándolo adecuadamente.

Sexta.—Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado, al que se deberá acompañar el resguardo de haber realizado la consignación a que se refiere la condición anterior, los cuales serán abiertos al inicio de la subasta, surtiendo los mismos efectos que las que se realicen oralmente.

Séptima.—Solo el ejecutante podrá hacer posturas con la facultad de ceder el remate a un tercero, pudiendo tomar parte en la subasta solo cuanto existan licitadores, pudiendo mejorar las posturas que hicieren.

Octava.—Para el caso de que se hagan posturas que no superen al menos el 50 por 100 del valor de tasación, o aun siendo inferior cubran, al menos, la cantidad por la que se ha despachado ejecución, incluyendo la previsión para intereses y costas, no se aprobará el remete, salvo que el tribunal acuerde otra cosa a la vista de las circunstancias concurrentes en el procedimiento.

Novena.—No se puede hacer constar la situación posesoria del inmueble.

Décima.—El presente edicto estará expuesto en el tablón de anuncios de este Juzgado y en los lugares públicos de costumbre hasta la fecha de celebración de a subasta.

Decimoprimera.—Para el caso de que la notificación del señalamiento al ejecutado resultante infructuoso por encontrarse en ignorado paradero, sirva la presente de notificación edictal para el mismo.

Decimosegunda.— En el supuesto que por causa de fuerza mayor no pudiere llevarse a cabo la subasta en el día y hora señalados, se celebrará el día siguiente hábil.

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente en Madrid, a 25 de enero de 2010.—El secretario (firmado).

(02/2.589/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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