Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69

Fecha del Boletín 
22-03-2010

Sección 5.70.1: V. OTROS ANUNCIOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100322-282

Páginas: 1


V. OTROS ANUNCIOS

CONSORCIO URBANÍSTICO VALDELACASA

282
Contrato enajenación parcelas de uso industrial del sector Valdelacasa

Por el Consejo de Dirección del Consorcio Urbanístico “Valdelacasa”, en su sesión de 2 de marzo de 2010, se ha adoptado, entre otros, el siguiente acuerdo:

Este Consejo de Dirección, en su sesión de 2 de febrero, adoptó el acuerdo relativo a la adjudicación provisional del contrato de enajenación de las parcelas de uso industrial del sector “Valdelacasa”, en los términos del pliego de condiciones rector de aquel procedimiento, y de lo dispuesto, en carácter general, en los artículos 135 y concordantes de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.

Pues bien, una vez transcurridos los plazos previstos en aquellas disposiciones y aportada por todos los adjudicatarios la documentación exigida al respecto, es por lo que este órgano consorcial, acuerda:

1. Elevar a definitivo el acuerdo de adjudicación del contrato de enajenación citado en la motivación anterior; quedando la misma, a favor de cada uno de los licitadores que concurrieron a este procedimiento, en los términos siguientes

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2. Las puntuaciones definitivas obtenidas por las ofertas presentadas, conforme los criterios de la cláusula octava del pliego rector, son las siguientes:

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3. Conceder a las mercantiles citadas un plazo de treinta días, a contar desde la notificación de este acuerdo, para que concurran al acto de formalización de la diligencia de aceptación y de suscripción del contrato privado de compraventa; momento este último en el que las adjudicatarios deberán cubrir el pago del 10 por 100 del precio de adjudicación de cada lote más el IVA aplicable a dicha cantidad, entregando cheque nominativo por ese importe (cláusula novena del mismo pliego de cláusulas administrativas).

4. Publicar la adjudicación de estos contratos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con notificación individual a las sociedades interesadas.

5. Contra el presente acuerdo podrán los interesados interponer, en vía gubernativa, el recurso potestativo de reposición, o bien, directamente, el recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción competente, en los términos de los artículos 20 y 21 Ley de Contratos del Sector Público, y cláusulas decimoquinta y decimosexta del pliego repetido.

Alcobendas, a 3 de marzo de 2010.—El secretario del Consejo, Rafael Reñones Navarro.

(02/2.363/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 5.70.1: V. OTROS ANUNCIOS

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