Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69

Fecha del Boletín 
22-03-2010

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100322-84

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLLADO MEDIANO

RÉGIMEN ECONÓMICO

84
Modificar ordenanza fiscal complementaria

El Pleno del Ayuntamiento de Collado Mediano, en sesión extraordinaria celebrada el día 18 de junio de 2009, acordó modificar provisionalmente la ordenanza fiscal complementaria reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles.

El nuevo contenido del artículo 6 de dicha ordenanza queda redactado de la siguiente forma:

1. El tipo de gravamen del impuesto sobre bienes inmuebles aplicable a los bienes de naturaleza urbana queda fijado en el 0,58 por 100.

2. El tipo de gravamen del impuesto sobre bienes inmuebles aplicable a los bienes de naturaleza rústica queda fijado en el 0,55 por 100.

3. Aumentar el coeficiente de ordenanza (corrector) aplicable a los bienes inmuebles de naturaleza rústica del 0,50 actualmente en vigor a la unidad.

Se incorpora al artículo 7 de la ordenanza el siguiente cuadro de bonificaciones:

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En cumplimiento del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, se expondrán al público los acuerdos provisionales adoptados durante treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si no se presentaran reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004.

Collado Mediano, a 17 de marzo de 2010.—La alcaldesa-presidenta, María Rubio Sadia.

(03/11.291/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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