Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69

Fecha del Boletín 
22-03-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100322-147

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 42

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

147
Procedimiento ordinario 294 de 2008-CJ

En el procedimiento ordinario número 294 de 2008-CJ, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 16 de febrero de 2010.—El ilustrísimo señor don Eduardo Delgado Hernández, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 42 de Madrid, habiendo visto y oído los presentes autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado bajo el número 294 de 2008-CJ, a instancias de la procuradora doña Isabel Covadonga Juliá Corujo, en nombre y representación de “Unión Financiera Asturiana, Sociedad Anónima”, establecimiento financiero de crédito, que actuó bajo la dirección del letrado don Alfredo Prieto Valiente, contra don Tomás Amorós Bravo, declarado en rebeldía, sobre reclamación de cantidad y resolución de contrato, procede.

Fallo

Que estimando la demanda inicial de estas actuaciones interpuesta por la procuradora doña Isabel Covadonga Juliá Corujo, en nombre y representación de “Unión Financiera Asturiana, Sociedad Anónima”, establecimiento financiero de crédito, contra don Tomás Amorós Bravo, debo declarar y declaro resuelto anticipadamente el contrato de préstamo suscrito por las partes el 16 de noviembre de 2006, y debo condenar y condeno al demandado a que abone a la sociedad actora la suma de 8.623,08 euros de principal, más los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de interposición de la demanda, y al pago de las costas causadas en el presente procedimiento.

Contra la presente resolución cabe preparar recurso de apelación en el plazo de cinco días en este Juzgado y para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, y conforme a la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, para la interposición de dicho recurso se deberá depositar en la cuenta de este Juzgado la cantidad de 50 euros.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos de que dimana, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado apradero de don Tomás Amorós Bravo se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 22 de febrero de 2010.—El secretario (firmado).

(02/2.365/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100322-147