Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69

Fecha del Boletín 
22-03-2010

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100322-162

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 13

EDICTO

162
Juicio de faltas 655 de 2009-A

Don Daniel Alejandro Ignacio Campos, secretario del Juzgado de instrucción número 13 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 655 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su parte dispositiva dice:

Condeno a don Miguel Ángel de la Cuerda Teresa, como auto de dos faltas contra las personas del artículo 617.1 de Código Penal, a la pena de un mes de multa, con una cuota diaria de 6 euros, por cada una de ellas, de conformidad con lo establecido en el fundamento seguido de esta resolución.

Asimismo, deberá indemnizar en concepto de responsabilidad civil a don Francisco Javier Ariza Indave en la cantidad de 700 euros y a don Javier Rosón Camino en 500 euros, por las lesiones, y en la cantidad que se acredite en ejecución de sentencia por la rotura de la camiseta. El condenado deberá abonar las costas de este juicio.

Procede la absolución de don Francisco Javier Ariza Indave, don Javier Rosón Camino y don Beltrán de Gonzaga Vanden-Bergue Gutiérrez.

Notifíquese la presente sentencia al ministerio fiscal y a las partes, instruyéndoles de su derecho a recurrirla en apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial, en el término de cinco días a contar desde su notificación, recurso que se formalizará por escrito, ante este Juzgado, haciendo constar en el mismo los motivos de la apelación, todo ello de conformidad con el artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Miguel Ángel de la Cuerda Teresa, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 20 de enero de 2010.—El secretario (firmado).

(03/8.358/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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