Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 62

Fecha del Boletín 
15-03-2010

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100315-110

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE LA CALZADA

OTROS ANUNCIOS

110
Caducidad inscripción padronal

“Decreto 144/2010. Caducidad de la inscripción padronal de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente.

Don José María Naranjo Navarro, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Torrejón de la Calzada (Madrid), en virtud de las atribuciones que le son conferidas, y considerando:

Primero.—Lo dispuesto en la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, de Reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, modificada por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre; de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal, ha introducido una modificación en el artículo 16 de la Ley 7/1985, que establece la renovación periódica, cada dos años, de las inscripciones en el padrón de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente y la caducidad de dichas inscripciones en caso de no llevarse a cabo tal renovación.

Segundo.—Las instrucciones séptima y octava de la Resolución de 28 de abril de 2005, de la presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovadas cada dos años.

Dispongo:

Primero.—Declarar la caducidad de la inscripción padronal de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que se incluyen en el listado siguiente por falta de renovación de dicha inscripción en el padrón municipal de habitantes al transcurrir dos años desde su fecha de alta en el citado padrón.

Ver en documento PDF

Segundo.—Dar de baja a los extranjeros incluidos en el listado anterior con fecha de efectos de la publicación de la presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero.—Notificar esta resolución a los interesados, con ofrecimiento de los recursos que contra él se pueden interponer.

Cuarto.—Dar cuenta de la misma al Pleno en la primera sesión ordinaria que se celebre.

Torrejón de la Calzada, a 5 de febrero de 2010.—Firmado y rubricado por el alcalde-presidente: ante mí, la secretaria general”.

Contra la anterior resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición previo al contencioso-administrativo ante el Pleno de la Corporación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación del mismo. Se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo competente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Torrejón de la Calzada, a 9 de febrero de 2010.—El alcalde-presidente, José María Naranjo Navarro.

(02/1.403/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100315-110