Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 59

Fecha del Boletín 
11-03-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100311-211

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

211
Demanda 993 de 2008

Doña María del Rosario de Andrés Herrero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 993 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alejandro Muñoz Rojo, contra la empresa “Construcciones Meridionales del Estrecho, Sociedad Limitada”, “Fremap”, “Construcciones Meridionales Tres H 1998, Sociedad Limitada”, “Ibermutuamur”, sobre seguridad social, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es la siguiente:

Providencia

Ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social, don Jesús González Velasco.—En Guadalajara, a 17 de febrero de 2010.

Dada cuenta; el anterior escrito únase a los autos de su razón, se tiene por ampliada la demanda contra “Mapfre Seguros Centrales” y cítese a la misma para el día 18 de marzo de 2010, a las nueve cuarenta y cinco horas de su mañana, dándole traslado de demanda inicial. Asimismo, se acuerda dar traslado a las partes del anterior escrito.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Para la interposición del mismo, excepto si se trata de trabajador o beneficiario del derecho a asistencia jurídica gratuita, será precisa la consignación como depósito de 25 euros, que deberán ser ingresados en la cuenta de este Juzgado en la entidad Banesto, calle Mayor número 12, de Guadalajara, cuenta expediente número 1808 0000 00 (clave del procedimiento) 0000 (número de procedimiento) 00 (año) por la parte recurrente, en su caso, deberá aportarse resguardo acreditativo de dicho ingreso, en cuyo documento en el campo concepto figure que se trata de recurso de reposición seguido con el código número 30 (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre).

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—El magistrado-juez de lo social (firmado).—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones Meridionales del Estrecho, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Guadalajara, a 17 de febrero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/8.194/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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