Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
08-03-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100308-138

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

138
Ejecución 231 de 2009

Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 231 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Mónica Asencios Livias, doña Yarelis León Moreda y doña Paloma González Aycar, contra la empresa “Zamar Estética, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 15 de enero de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Despachar la ejecución solicitada por doña Paloma González Aycar, contra “Zamar Estética, Sociedad Limitada”, por un importe de 2.896,58 euros de principal, más 173,79 euros de intereses provisionales y 289,65 euros de costas provisionales.

b) Acumular la presente ejecución a la número 231 de 2009, seguida en este mismo Juzgado, contra la misma ejecutada, ascendiendo el principal de todas las ejecuciones acumuladas a un total de 8.445,61 euros de principal, más 506,73 euros de intereses provisionales y 844,56 euros de costas provisionales.

c) Trabar embargo sobre los bienes de la demandada. A tal fin, líbrese exhorto al Juzgado de igual clase de Segovia, con testimonio de la presente resolución, al efecto de que se proceda al embargo de bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las cuales se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiéndose solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios materiales y personales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende; asimismo, líbrese oficio a la Delegación de Hacienda de Madrid.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Isidro M. Saiz de Marco.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Zamar Estética, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de febrero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/6.036/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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