Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
08-03-2010

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100308-121

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 4

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

121
Procedimiento 442 de 2008-L

En el procedimiento de modificación de medidas con relación a hijos número 442 de 2008-L se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Leganés, a 24 de septiembre de 2009.—Vistos por mí, doña Cristina Requejo García, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 4 de Leganés, los presentes autos de juicio verbal seguidos con el número 442 de 2008, a instancias de doña Andrada Talida Varna, representada por la procuradora señora Benito Cabezuelo, contra don Adil Farahi, en virtud de las facultades que me han sido conferidas por la Constitución y las Leyes, en nombre de Su Majestad el Rey, dicto el siguiente

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña Andrada Talida Varna, contra don Adil Farahi, debo acordar y acuerdo las siguientes medidas:

1.o Atribuir la guarda y custodia de las hijas menores de edad de las partes a la madre, compartiendo ambos progenitores la patria potestad.

2.o Establecer un régimen de visitas a favor del padre, conforme al cual este podrá estar en compañía de sus hijas fines de semana alternos, desde las dieciséis horas a las veinte horas del domingo.

3.o Fijar una pensión de alimentos a favor de las menores de 150 euros para cada una de las hijas, que don Adil Farahi deberá abonar mensualmente, por meses anticipados, dentro de los cinco primeros días del mes, mediante su ingreso en la cuenta corriente que determine la actora y que se actualizará anualmente conforme al índice de precios al consumo.

No se hace expresa condena en costas.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, que se preparará ante este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Adil Farahi, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación de la anterior sentencia de fecha 24 de septiembre de 2009.

Leganés, a 2 de febrero de 2010.—El secretario (firmado).

(03/5.968/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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