Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
03-03-2010

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100303-92

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección Duodécima

EDICTO

92
Recurso de apelación 719 de 2007

Doña Carmen Pérez Rodríguez, secretaria de la Administración de Justicia con destino en la Sección Duodécima de la Audiencia Provincial de Madrid.

Doy fe: Que en el rollo de apelación número 719 de 2007 de esta Sección se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 385

Ilustrísimos señores magistrados: don José Vicente Zapater Ferrer, don Fernando ­Herrero de Egaña y Octavio de Toledo y doña Margarita Orejas Valdés.—En Madrid, a 2 de junio de 2009.

Visto en grado de apelación ante esta Sección Duodécima de la Audiencia Provincial de Madrid, los autos de procedimiento ordinario número 1 de 2004, procedentes del Juzgado de primera instancia número 47 de Madrid a los que ha correspondido el rollo número 719 de 2007, en los que aparece como demandante-apelada la sociedad “Tolegres Toledo, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora doña Paloma Ortiz-Cañavate Levenfeld; como demandado-apelante don Pablo Gómez Zurro, representado por el procurador don Luis García Berrenechea, y como demandados-apelados no comparecidos “Tecco Obras y Proyectos” y don Aurelio Sánchez de la Hoz, sobre reclamación de cantidad. Siendo magistrada ponente la ilustrísima señora doña Margarita Orejas Valdés,

Fallamos

Estimamos parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de don Pablo Gómez Zurro, contra la sentencia dictada el 23 de mayo de 2006 por el Juzgado de primera instancia número 47 de Madrid, en los autos de juicio ordinario número 1 de 2004, en los autos al que el presente rollo se contrae, y, en su consecuencia, revocamos la citada resolución, en el sentido de absolver a don Pablo Gómez Zurro de la condena a pagar a la demandada la cantidad de 16.216,01 euros, sin hacer especial condena ni en las costas de la instancia de don Pablo Gómez Zurro ni las de esta alzada.

Devuélvanse los autos originales al Juzgado de procedencia, acompañados de certificación de esta resolución para su cumplimiento y ejecución.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al rollo de Sala y se notificará conforme al artículo 208.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Lo testimoniado concuerda bien y fielmente con su original, a que me remito. Y para que conste y sirva de notificación a la demandada-apelada incomparecida “Tecco Obras y Proyectos, Sociedad Limitada”, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de febrero de 2010.—La secretaria (firmado).

(03/6.416/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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